SESIONES ORDINARIAS

 

1999

 

ORDEN DEL DIA N° 2995

 

 

COMISIONES DE LEGISLACION GENERAL, DE TRANSPORTES Y DE EDUCACION

 

Impreso el día 26 de noviembre de 1999

 

Término del artículo 113: 7 de diciembre de 1999

 

SUMARIO: Inmueble propiedad del Estado, afectado al Ente Nacional de Administración de Bienes Ferroviarios. Transferencia a título gratuito a la Universidad Nacional de Lanús. Mondino y otros. (5920-D-1999)

 

Dictamen de las comisiones

 

Honorable Cámara:

 

Las comisiones de Legislación General, de Transportes y de Educación han considerado el proyecto de ley del señor diputado Mondino y otros señores diputados sobre transferir a la Universidad Nacional de Lanús un inmueble ubicado en jurisdicción de la estación Remedios de Escalada, provincia de Buenos Aires; y, por las razones expuestas en el informe que se acompaña y las que dará el miembro informante aconsejan la sanción del siguiente

 

PROYECTO DE LEY

 

El Senado y Cámara de Diputados,...

 

Artículo 1°- Transfiérese a la Universidad Nacional de Lanús, en forma gratuita, la propiedad del inmueble de 82.294,77 m2 actualmente afectado al Ente Nacional de Administración de Bienes Ferroviarios bajo el número 36232150011, jurisdicción estación Remedios de Escalada, línea ex Roca, ramal R 1 (A), con la ubicación y medidas que surgen del anexo 1* que es parte integrante de la presente ley, y que está integrado por la fracción remanente de la cesión efectuada en los términos del artículo 1° de la ley 24.750 de la parcela 35; y parte de las parcelas 34, 40, 41 y 42, todas de la circunscripción II, sección N, fracción 1, partido de Lanús, provincia de Buenos Aires, con inscripción de dominio 1983, serie A (30-1-1897), transferido al Estado nacional por ley nacional 13.490, planilla serie B 1, número 201 del legajo 1, año 1951.

Art. 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

* El anexo puede consultarse en el expediente 5920-D-1999

 

Sala de las comisiones, 18 de noviembre de 1999

 

José G. Dumón - Jorge T. Pérez - Eduardo R. Mondino - Miguel A. Alterach - Mario A. Nieva – Edmundo del Valle Soria - Catalina Méndez de Medina Lareu - Ernesto A. Löffler - Gustavo E. Gutiérrez – Leticia Bianculli - Enrique G. Cardesa - María L. González - Ricardo N. Vago - Mabel Gómez de Marelli - Angel L. Abasto - Orlando R. Aguirre – Manuel J. Baladrón - Marcela A. Bordenave - Alfredo P. Bravo - Juan P. Cafiero - Marta E. Cardoso - Elisa M. A. Carrió – Fani A. Ceballos de Marín - María L. Chaya - Aurelia A. Colucigno - María R. D'Errico - Mario F. Ferreyra – Carlos D. Funes - Carlos G. Haquim – Liliana Lissi - Fernando R. Montoya - Mabel H. Müller - Norberto R. Nicotra - Irma F. Parentella - Lorenzo A. Pepe - Horacio F. Pernasetti - Delia N. Pinchetti de Sierra Morales - Celia I. Piñón Avila - Juan C. Piriz – Adriana V. Puiggrós - José A. Recio – Oscar Sat - Alfredo A. Speratti – Margarita R. Stolbizer - Marcelo E. Vensentini - Alfredo H. Villalba

 

INFORME

 

Honorable Cámara:

 

Las comisiones de Legislación General, de Transportes y de Educación al considerar el proyecto de ley del señor diputado Mondino y otros señores diputados sobre transferir a la Universidad Nacional de Lanús un inmueble ubicado en jurisdicción de la estación Remedios de Escalada, provincia de Buenos Aires, han estimado conveniente modificarlo por razones de técnica legislativa, asimismo, creen innecesario abundar en más detalles que los expuestos en los fundamentos que lo acompañan por lo que los hace suyos y así lo expresan.

               

Miguel A. Alterach

 

FUNDAMENTOS

 

Señor presidente:

El Poder Legislativo nacional creó hace ya cuatro años la Universidad Nacional de Lanús. Dicha creación surgía de la necesidad de generar nuevas casas de altos estudios con un criterio acorde a las necesidades de la región y de modificar los estilos de gestión institucional universitaria que atendieran principalmente la demanda social, regional y nacional en materia de formación de recursos humanos.

Sabemos que, como sostienen los expertos en materia de educación superior, el 50 % de las carreras necesarias para los próximos años aún no fueron creadas.

Las nuevas universidades no sólo brindan una oferta educativa diferente, sino que su propuesta institucional se relaciona permanentemente con el desarrollo local y regional.

En la actualidad la información se genera, acumula y distribuye cada vez más por el ciberespacio. La economía supersimbólica y la tecnología superespecial derrumban día a día no sólo las paredes áulicas de los centros de enseñanza sino de las fronteras nacionales.

Frente a semejante vértigo, la Universidad de Lanús se encuentra reformulando la concepción tradicional acerca de las formas de generar y transmitir conocimientos así como su mecanismo de articulación en y con la comunidad. Ello implica no sólo construir una universidad abierta, sino construir la ciudad del conocimiento que refleje y sintetice la dinámica de la sociedad. Una universidad que sea realmente servicio público.

Este desafío implica la necesidad de articular con inversiones no sólo del Estado sino privadas y no gubernamentales, reconociendo la necesidad de un nuevo tipo de gestión universitaria que genere recursos extrapresupuestarios a través de la prestación de servicios, de asistencia técnica y de cooperación que haga sustentable en el tiempo un proyecto institucional y académico a fin de dar respuesta a la demanda educativa que será continua, siempre creciente y cada vez más compleja y diversificada, tanto en su contenido como en su tecnología.

Es así como la Universidad Nacional de Lanús se identifica como una universidad urbana comprometida transformando la universidad-claustro en universidad-ciudad con la participación de todos los miembros de la sociedad y en función de ello, se encuentra abocada a la construcción de la ciudad del conocimiento. En ella, su función es fundamentalmente la de articular el conjunto de los conocimientos y saberes que la sociedad toda produce.

Las universidades tienen, a partir de ahora, una función fundamentalmente articuladora de dichos saberes, hermenéutica, en función de interpretar, priorizar y jerarquizar los mismos en una sociedad que se enfrente con la saturación de la información. Asimismo, y con la misma importancia las universidades deben formar profesionales y ciudadanos con sentido crítico y con respeto a las instituciones de la República.

El Poder Legislativo, después de haber creado la Universidad Nacional de Lanús ha transferido dos predios para comenzar su construcción. La Universidad a su vez, ya ha reciclado un edificio de 3.500 m2 y se encuentra haciendo lo mismo en dos construcciones de menor dimensión, para generar su biblioteca central y para utilizar otro como "aula-juzgado donde se capacitan a partir de ahora las fuerzas de seguridad así como miembros del Poder Judicial en una forma inédita en nuestro país.

El Concejo Deliberante del municipio de Lanús ya ha declarado toda la zona como "parque educativo y de recreación" por la importancia que la casa de altos estudios ha adquirido para la comunidad así como por ser uno de los pocos espacios verdes posibles en dicha zona. La universidad a su vez abre sus puertas en forma permanente a la comunidad a la que se debe y está transformando en espacios verdes lugares que antes constituían un depósito de chatarra y foco permanente de contaminación y riesgo social.                      

Sin embargo, el terreno colindante, motivo de la presente ley, se encuentra totalmente libre de viviendas y constituye otro espacio anteriormente destinado a usos ferroviarios y en la actualidad en desuso y colmado de chatarra, desechos ferroviarios y materiales contaminantes, riesgosos para la comunidad y los estudiantes universitarios. No es casual que en dicha zona se producen esporádicamente incendios.

Dicho predio es innecesario para el cumplimiento de los fines o gestión de la administración pública nacional, sus empresas y entes descentralizados ya que en su momento fue llamado para una concesión a través de la licitación pública de inmuebles NGCI 33/98, luego suspendida. Tampoco es un inmueble que represente una, importante recaudación para el Estado nacional dado que su canon base, en el cual se incluían otros inmuebles con construcciones era de pesos catorce mil quinientos veinte ($ 14.520). Cabe resaltar que la biblioteca y el aula-juzgado de la Universidad Nacional de Lanús ya se encuentran instaladas en dicho predio a través de un convenio entre el Enabief y la Universidad.

Por las razones antes mencionadas, se comprende que dicho predio podría cumplir con su función pública, transfiriendo el mismo a la Universidad Nacional de Lanús para ser destinado a su crecimiento áulico así como para continuar el campos que la misma requiere, mejorando la calidad de vida de la comunidad y promoviendo el desarrollo humano ambiental de la zona.

Por lo expuesto solicito a mis pares la aprobación de este proyecto de ley.

 

Eduardo R. Mondino – José G. Dumón – Irma F. Parentella

 

 

ANTECEDENTE                          

 

PROYECTO DE LEY

 

El Senado y Cámara de Diputados,..

 

Artículo 1°- Transfiérese a la Universidad Nacional de Lanús en forma gratuita la propiedad del inmueble con sus accesorios número  36232150011, situados en jurisdicción estación Remedios de Escalada, del partido de Lanús, provincia de Buenos Aires, con una superficie de 82.294,77 m2 libres, cuya ubicación y superficie surgen de los datos consignados en el anexo 1, afectados al Ente Nacional de Administración de Bienes Ferroviarios en virtud de lo dispuesto por el decreto del Poder Ejecutivo nacional 1.383 del 29 de noviembre de 1996.

Art. 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

   

Eduardo R. Mondino – José G. Dumón - Irma F. Parentella