DECRETOS  -

BOLETIN OFICIAL 27-01-2005

 

SESIONES EXTRAORDINARIAS

Decreto 50/2005

 

Convócase al Honorable Congreso de la Nación a Sesiones Extraordinarias, del 1° al 28 de febrero de 2005. Asuntos comprendidos en la convocatoria.

Bs. As., 26/1/2005

En uso de las facultades conferidas por los artícul­os 63 y 99 Inciso 9) de la Constitución Nacional.

 

EL PRESIDENTE

DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

 

Artículo 1° — Convócase al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN a Sesiones Extraor­dinarias del 1° al 28 de febrero de 2005.

 

Art. 2° — Decláranse asuntos comprendidos en la convocatoria los detallados en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto.

 

Art. 3°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve­se. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.

 

TEMAS PARA LAS SESIONES
EXTRAORDINARIAS DEL
HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN

 

Consideración de Acuerdos para el nombramiento de Funcionarios del Servicio Exterior, promoción de Personal Superior de las Fuerzas Ar­madas y designación de funcionarios del Poder Judicial.

 

Proyecto de Ley por el cual se solicita autoriza­ción para que el señor Presidente de la Nación pueda ausentarse del país cuando razones de gobierno lo requieran.

 

Proyecto de Ley por el que se establece, en todo el territorio de la Nación, un impuesto sobre la transferencia a título oneroso o gratuito, o impor­tación, de gasoil o de cualquier otro combustible líquido que lo sustituya en el futuro, que regirá hasta el 31 de diciembre de 2010, con afectación específica al desarrollo de los proyectos de infraestructura y/o a la eliminación o reducción de los peajes existentes.

 

Proyecto de Ley por el cual se establece el marco regulatorio para la industria y comerciali­zación de Gas Licuado de Petróleo (GLP).

 

Proyecto de Ley por el que se propicia la crea­ción de cargos específicos para la ejecución de obras de expansión del sistema de transporte y distribución de los servicios de gas y electricidad, destinados a nutrir los correspondientes fondos de los fideicomisos que se constituirán para su desarrollo.

 

Proyecto de Ley tendiente a modificar el artícu­lo 11 de la Ley N° 23.898 de Tasas Judiciales es­tableciendo que el domicilio fiscal registrado por el responsable ante la AFIP a los fines del cumpli­miento de sus obligaciones tributarias, tendrá ca­rácter de domicilio constituido en el juicio de eje­cución fiscal de las sumas adeudadas, siendo vá­lidas y eficaces todas las notificaciones y diligen­cias que allí se practiquen.

 

Proyecto de Ley por el cual se propone la susti­tución de los artículos 18 y 19, de la Ley N° 24.769 por la cual se aprobó un nuevo Régimen Penal Tributario y Previsional, a fin de optimizar los recursos materiales y humanos de los Tribunales de Justicia y de la AFIP.

 

Proyecto de Ley tendiente a establecer nuevas herramientas para disminuir la morosidad y la eva­sión en materia de Seguridad Social, otorgando nuevas facultades a la AFIP para que, juntamente con las otorgadas por el Dto. N° 507/93 ratificado por la Ley N° 24.447, conduzca a profundizar las verificaciones y controles necesarios para com­batir la evasión previsional.

 

Proyecto de Ley mediante el cual se introduce diversas modificaciones a la Ley de Procedimien­to Tributario N° 11.683, t.o. 1998 y sus modifica­ciones, tendientes a dotar de mayor capacidad operativa a la AFIP - Administración Federal de Ingresos Públicos - entidad autárquica en el ám­bito del Ministerio de Economía y Producción, con el fin de combatir la evasión y perfeccionar las normas tributarias y con el objeto de optimizar la recaudación de los gravámenes a cargo del Or­ganismo Recaudador.

 

Proyecto de Ley por el que se establecen las bases normativas para la efectiva organización y puesta en vigencia del Registro Nacional de So­ciedades por Acciones creado por el artículo 8° de la Ley N° 19.550 de Sociedades Comerciales, que habrán de regir también a los Registros de Sociedades Extranjeras y de Asociaciones Civi­les y Fundaciones creados por el Articulo 4° de la Ley N° 22.315.

 

Proyecto de Ley mediante el cual se propicia la modificación del Capítulo IV, Título VII del Libro Segundo del Código Penal de la Nación Argentina, "Delitos contra la salud pública. Envenenar o adulterar aguas potables o alimentos o medicinas".

 

Proyecto de Ley por el cual el Estado garantizará la asistencia legal a las familias de las víctimas de la tragedia acaecida en la disco República de Cromagnon.

 

Proyecto de Ley por el cual se introducen modificaciones a la Ley Nº 15.414