
16ª REUNION - CONTINUACION DE LA 8ª SESION ORDINARIA
Junio 3 de 1998
Presidencia de los señores diputados Alberto Reinaldo Pierri y Marcelo Eduardo López Arias
Secretarios: doctores Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo, Enrique Horacio Picado y Ariel Puebla
Prosecretarios: doctor Juan Estrada y señor Juan Carlos Stavale
SUMARIO
- En Buenos Aires, a los tres días del mes de junio de 1998, a la hora 17 y 58:
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Continúa la sesión.
La Presidencia informa a los señores diputados que en la reunión celebrada con los presidentes de bloque hace unos instantes se resolvió que la Honorable Cámara se aparte de las prescripciones del reglamento para incluir el tratamiento sobre tablas de los dictámenes sin disidencias ni observaciones y de término vencido y, a continuación, el proyecto de resolución por el cual se modifican los artículos 61 y 106 del Reglamento de la Honorable Cámara en lo atinente al número de secretarías de las comisiones (expediente 3.555-D.-98). En consecuencia, la Presidencia deja formulada la pertinente moción de orden en tal sentido.
Por último, proseguiríamos con el tratamiento en particular del dictamen de la Cámara constituida en comisión sobre régimen legal de las tarjetas de crédito.
A efectos de ordenar la discusión durante el tratamiento en particular del régimen de tarjetas de crédito, la Presidencia sugiere que aquellos señores diputados que deseen hacer uso de la palabra se anoten por Secretaría.
Sr. BECERRA.- Pido la palabra para una aclaración.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Para una aclaración tiene la palabra el señor diputado por Córdoba.
Sr. BECERRA.- Señor presidente: en la reunión con los presidentes de bloque acordamos que la Unión Cívica Radical manifestaría su posición respecto del asunto aludido, por intermedio de los señores diputados Dumón, Fayad, Pernasetti y Vicchi. De manera que nuestro bloque da por descontado que estos legisladores ya están anotados para hacer uso de la palabra en todos los artículos.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se tendrá en cuenta su aclaración, señor diputado. En cuanto a los demás legisladores de los otros bloques, sugiero que quienes deseen hacer uso de la palabra hagan llegar su solicitud a la Secretaría con la indicación de los artículos en cuya discusión van a participar, de modo tal de seguir una mecánica que nos permita llegar ordenadamente a la votación.
Tiene la palabra el señor diputado por Santa Cruz.
Sr. FLORES.- Señor presidente: el bloque del Frepaso desea -no sé si consta nuestra inquietud- que, además de los legisladores que en su nombre se anoten para participar en el debate de los distintos artículos, se incluya a los señores diputados Fadel, Vensentini y Cardesa, que son quienes informarán sobre nuestra postura en torno de esta iniciativa.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- No es necesario hacer esta aclaración; basta con que se registren por Secretaría.
Deseo aclarar que, conforme a lo acordado en la reunión previa de los presidentes de bloque, no se autorizarán mociones de orden de apartamiento de las prescripciones del reglamento hasta tanto termine el tratamiento de esta iniciativa sobre tarjetas de crédito.
Por Secretaría se dará lectura de los dictámenes sin disidencias ni observaciones y de término vencido.
Sra. SECRETARIA (PEREZ PARDO).- Son los siguientes:
Dictámenes, sin disidencias ni observaciones, en el los siguientes proyectos de ley:
Declaración de utilidad pública y sujetos a expropiación, con destino al Poder Judicial, de inmuebles ubicados en el partido de San Isidro, provincia de Buenos Aires (Orden del Día N° 216; expediente 5.706-D.-97).
Modificación del decreto ley 20.266/73, sobre régimen legal de martilleros y corredores (Orden del Día N° 219; expediente 696-D.-98).
Modificación de la ley 13.633, por la que se reconoce al fundador y maestro de padagogos, San José de Calasanz, como protector de las escuelas primarias y secundarias del Estado y establecimientos de enseñanza incorporados (Orden del Día N° 232; expediente 109-S.-97).
Declaración de interés nacional del Congreso Internacional Especial "La Educación Especial de Cara al 2000" (Orden del Día N° 233; expediente 194-S.-97).
Aprobación del Acuerdo de Cooperación entre el Reino Unido de Marruecos y la República Argentina en Materia de Usos Pacíficos de Energía Atómica (Orden del Día N° 250; expediente 101-S.-97).
Aprobación del Acuerdo de Cooperación entre la República Argentina y la República de Costa Rica para el Desarrollo y la Aplicación de los Usos Pacíficos de la Energía Nuclear (Orden del Día N° 251; expediente 119-S.-97).
Aprobación del Acuerdo General de Sede entre la República Argentina y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura –UNESCO- y del Acuerdo Referido al Establecimiento de una Oficina de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura –UNESCO- en la ciudad de Buenos Aires (Orden del Día N° 252; expediente 191-S.-97).
Aprobación del Acuerdo entre la República Argentina y la República Checa sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (Orden del Día N° 253; expediente 241-S.-97).
Aprobación del Acuerdo entre la República Argentina y la República de Lituania sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (Orden del Día N° 254; expediente 242-S.-97).
Aprobación del Acuerdo de Cooperación en Materia de Turismo entre la República Argentina y la República de Panamá (Orden del Día N° 255; expediente 247-S.-97).
Prórroga de la vigencia de la ley 24.443, de creación del fondo de emergencia social para el conurbano de las ciudades de Rosario y Santa Fe, provincia de Santa Fe (Orden del Día N° 271; expediente 220-S.-97).
Aprobación del Acuerdo en Materia Fitosanitaria entre la República Argentina y la República de Trinidad y Tobago (Orden del Día N° 291; expediente 187-S.-97).
Aprobación del Acuerdo sobre Sanidad Animal entre la República Argentina y la República de Trinidad y Tobago (Orden del Día N° 292; expediente 188-S.-97).
Dictámenes, sin disidencias ni observaciones, en los proyectos de resolución y de declaración contenidos en los Ordenes del Día 196, 197, 198, 199, 201, 202, 203, 204, 205, 206, 208, 209, 210, 211, 212, 213, 214, 222, 223, 225, 226, 227, 228, 229, 230, 234, 235, 236, 237, 240, 242, 243, 244, 245, 246, 247, 248, 249, 256, 257, 259, 260, 261, 262, 263, 264, 265, 266, 267, 268, 269, 270, 272, 273, 274, 275, 276, 277, 278, 279, 280, 281, 282, 283, 284, 285, 286, 287, 288, 290, 293, 294, 295, 296, 297, 298, 299, 300, 301, 302 y 303.
"Vease el detalle de los dictámenes precedentemente enunciados en el Sumario"
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se va a votar la moción de apartamiento del reglamento para considerar los asuntos que acaban de ser enunciados por Secretaría. Se requieren las tres cuartas partes de los votos que se emitan.
- Resulta afirmativa.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Queda aprobada la moción.
En consideración la moción de tratamiento sobre tablas de los asuntos que acaban de ser leídos por Secretaría.
Se va a votar. Se requieren las dos terceras partes de los votos que se emitan.
- Resulta afirmativa.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Quedan incorporados los mencionados asuntos al orden del día de la presente sesión.
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Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Conforme a lo resuelto por la Honorable Cámara, corresponde que a continuación el cuerpo se pronuncie sobre los dictámenes sin disidencias ni observaciones y de término vencido por los que se aconseja la sanción de proyectos de ley, de resolución y de declaración contenidos en los Ordenes del Día enunciados por Secretaría.
Hago presente que la Honorable Cámara se deberá expedir mediante una sola votación respecto de esos dictámenes, en el entendimiento de que el pronunciamiento favorable importará la aprobación en general y en particular -cuando correspondiere- de cada uno de los proyectos cuya sanción aconsejan las respectivas comisiones, quedando por consiguiente facultada la Presidencia para efectuar las comunicaciones pertinentes.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se va a votar si se aprueban -en general y en particular- los proyectos cuya consideración conjunta ha dispuesto la Honorable Cámara.
- Resulta afirmativa.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Quedan sancionados los respectivos proyectos de ley, de resolución y de declaración.
"Véase el detalle de los proyectos sancionados precedentemente en el Sumario"
En razón de que respecto del dictamen en el proyecto de ley sobre seguimiento de la política educativa (Orden del Día N° 231; expediente 97-S.-96) debe consignarse el resultado de la votación en cumplimiento del artículo 81 de la Constitución Nacional, la Presidencia deja constancia de que la votación ha sido por unanimidad.
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Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia pone a consideración de la Honorable Cámara el tratamiento sobre tablas del proyecto de resolución contenido en el expediente 3555-D.-98, por el cual se modifican los artículos 61 y 106 del reglamento.
Se va a votar. Se requieren los dos tercios de los votos que se emitan.
- Resulta afirmativa.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Queda aprobada la moción.
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MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 61 Y 106 DEL REGLAMENTO DE LA HONORABLE CAMARA
(Expediente 3.555-D.-88)
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En consideración.
Se va a votar.
- Resulta afirmativa.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Queda sancionado el proyecto de resolución.
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Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Continúa la consideración en particular del dictamen de la Cámara constituida en comisión en el proyecto de ley del señor diputado Das Neves y otros sobre régimen legal del sistema de tarjetas de crédito (expediente 6.787-D.-97).
Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. FAYAD.- Señor presidente: oportunamente indicamos, en la discusión de los artículos aprobados en la reunión pasada, las incorrecciones que contenían en el sentido de que no respondían a la hermenéutica jurídica. Por esta razón el bloque de la Unión Cívica Radical, conjuntamente con el resto de los legisladores de la Alianza, propone la reconsideración de los artículos que se han votado hasta el momento.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En consideración la moción de reconsideración formulada por el señor diputado por Mendoza.
Se va a votar. Se requieren los dos tercios de los votos que se emitan.
- Resulta negativa.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Queda rechazada la moción.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- A continuación correspondería que el cuerpo pase a votar el artículo 5°, previo a lo cual solicitaría al señor diputado Arias que informe si existen algunas sugerencias sobre el tema.
Sr. ARIAS.- Señor presidente: le aclaro que este artículo 5° había sido consensuado, tras la serie de observaciones que se habían formulado en el recinto. Y cabe recordar que había sido unificado con el texto del artículo 6°.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Es decir que el texto que va a ser sometido a votación es el que surge de la propuesta, que unifica los artículos 5° y 6°.
Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. DUMON.- Señor presidente: entre los elementos de identificación es indispensable agregar el número de documento, porque es muy común el fraude, y una forma de evitarlo es incorporar más detalles en la identificación de las tarjetas.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Catamarca.
Sr. FADEL.- Señor presidente: a los efectos de saber qué estamos considerando, sería interesante que se dé lectura de la propuesta en cuestión, es decir, cómo quedaría redactado el artículo que unifica los artículos 5° y 6°. No olvidemos que la sesión anterior terminó en forma desordenada, y este pedido sirve para dar luz a la cuestión.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia solicita al señor diputado por Buenos Aires que nos refresque la memoria y dé lectura del texto unificado de los artículos 5° y 6°.
Sr. ARIAS.- Señor presidente: dicho texto dice así: "Identificación. El usuario, poseedor de la tarjeta, estará identificado en la misma con: a) su nombre; b) número interno de inscripción; c) su firma ológrafa; d) la fecha de emisión de la misma; e) la fecha de vencimiento; f) los medios que aseguren la inviolabilidad de la misma; g) la identificación del emisor y de la entidad bancaria emisora."
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Continúa en el uso de la palabra el señor diputado por Catamarca.
Sr. FADEL.- Señor presidente: en el inciso a) debería decirse "su nombre y apellido".
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. FAYAD.- Señor presidente: entiendo la inquietud del señor diputado Fadel, pero en realidad cuando el Código Civil habla de nombre se refiere al nombre y al apellido, por lo que no sería necesaria la aclaración.
En el artículo en que se habla de la identificación del emisor y de la entidad bancaria emisora consideramos innecesario que diga "y de la entidad bancaria emisora", porque puede haber tarjetas de crédito que se contraten directamente con las firmas que extienden las tarjetas de crédito. Tengo entendido que esto había sido aceptado por la comisión; en consecuencia, sólo restaría lo atinente al último inciso, referido a la identificación del emisor.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Corrientes.
Sr. ADAIME.- Señor presidente: me parece bien que la comisión haya aceptado la sugerencia que realicé en la última reunión en el sentido de que era necesario agregar el apellido –el nombre en forma genérica y el apellido marcando la individualidad- a la tarjeta de crédito.
Si se quisiera abundar en mayores detalles también se podría considerar la inclusión de una fotografía.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. ARIAS.- Señor presidente: la comisión no acepta el agregado del número de documento de identidad porque en la estructuración de este régimen estamos respetando usos de vigencia internacional.
Por supuesto que aceptamos el agregado del apellido pues ese era el sentido del texto original.
Asimismo aceptamos la eliminación en el último párrafo de la palabra "emisora" luego de la expresión "entidad bancaria", reemplazándola por "interviniente".
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se va a votar el artículo 5°, que unifica los artículos 5° y 6° del dictamen, con las modificaciones propuestas y aceptadas.
- Resulta afirmativa.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Si hubiere asentimiento la Presidencia quedará facultada para reordenar la numeración del articulado del proyecto.
- Asentimiento.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Con el objeto de trabajar en orden se proseguirá utilizando la numeración original del dictamen en el entendimiento de que ella será reformulada a posteriori.
En consideración el artículo 7° del dictamen.
Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. FAYAD.- Señor presidente: he solicitado hacer uso de la palabra previo al informe del miembro informante de la comisión a fin de plantear una cuestión que a mi juicio no es menor, porque el Capítulo IV se refiere al contrato de emisión de tarjeta de crédito.
Tanto en el debate de la comisión que preside el señor diputado Dómina como en el que se desarrolló en otras, se planteó qué tipo de contrato...
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia solicita una vez más colaboración a los señores diputados con el objeto de que la sesión se pueda desarrollar en forma ordenada. El rumor y las conversaciones permanentes no permiten escuchar a quien está haciendo uso de la palabra y dificulta la tarea de atender y responder las observaciones y propuestas que se formulan.
Continúa en el uso de la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. FAYAD.- Muchas gracias, señor presidente.
Como decía, uno de los aspectos en discusión era qué tipo de contrato es éste, cuándo se formaliza y cuál es en definitiva el rol de la tarjeta. En ese sentido, como el Capítulo IV se refiere al contrato de emisión de tarjeta de crédito, a nuestro juicio sería conveniente introducir antes un capítulo sobre la solicitud y la calificación financiera previa. Esto es así porque en la actualidad el sistema funciona de la siguiente manera: se envía la tarjeta de crédito, el titular firma un recibo, con lo cual no le queda ninguna constancia ya que no le dejan copia del contrato que firmó, y se crea una situación de inseguridad jurídica tanto para el usuario como para el emisor.
En virtud de ello, y teniendo en cuenta que el contrato referido a la tarjeta de crédito por su definición es un típico contrato consensual, es decir, que se perfecciona con su firma y no con la entrega de la tarjeta de crédito, entendemos que debe incluirse un capítulo previo referido a la característica que debe tener el contrato de emisión. Este capítulo en el que hablamos de la solicitud de tarjeta de crédito consta de dos artículos en los que se establece un mecanismo a través del cual el solicitante presenta a la entidad emisora una solicitud firmada con los datos que le sean requeridos a los efectos de que si está en condiciones, de acuerdo con la evaluación del emisor, procederá a suscribir el contrato definitivo de crédito e inmediatamente, junto con la firma del contrato, recibirá la respectiva tarjeta de crédito.
Proponemos que se incluya un nuevo capítulo, que sería el IV, denominado "De la solicitud y calificación financiera", compuesto de dos artículos. El primero de ellos, cuya numeración quedará a cargo de la Presidencia, tal como se acaba de autorizar, dice: "Quien pretenda obtener la emisión de una tarjeta de crédito deberá llenar una solicitud al emisor respectivo para posibilitar su calificación financiera, debiendo poner a disposición del mismo toda la documentación que se le requiere." El segundo artículo dice así: "Presentada la solicitud prevista en el artículo anterior el emisor contará con un plazo de treinta días como máximo para aprobar o no la misma. En caso afirmativo se citará al solicitante a efectos de proceder a la firma del contrato, acto en el cual se le emitirá y entregará la o las tarjetas de crédito correspondientes."
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por la Capital.
Sr. VENSENTINI.- Señor presidente: aclaro que me había anotado para hacer referencia al artículo 7°, pero el señor diputado preopinante ha formulado una propuesta que debería ser considerada antes de pronunciarnos sobre el artículo que está en consideración.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia advierte al señor diputado que está en consideración de la Honorable Cámara el artículo 7° y que lo que propuso el señor diputado Fayad es una modificación.
Sr. VENSENTINI.- Señor presidente: la propuesta del señor diputado Fayad no se refiere al artículo 7° sino que plantea incluir un nuevo capítulo antes del que lleva por título "Del contrato de emisión de tarjeta de crédito."
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. ARIAS.- Señor presidente: entendemos que es innecesaria la regulación legal de la etapa anterior a los trámites concretos de la concertación del contrato de crédito.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En consecuencia, no se acepta la modificación propuesta.
Tiene la palabra el señor diputado por la Capital.
Sr. VENSENTINI.- Señor presidente: el artículo 7°, que se vincula con el contenido del contrato, me parece que tiene cuestiones que no son formales ni menores.
Por ejemplo, se dice que las comisiones fijas o variables que se cobren al titular por cada compra o locación deberán estar incluidas en el contrato de emisión -aclaro que hoy el régimen de tarjetas de crédito no posee comisiones fijas ni variables-, con lo que se está habilitando una nueva vía que hoy no utiliza el sistema y que aquí no inocentemente aparece en la redacción del dictamen.
El inciso l) debería ser eliminado por lo que significa para el contenido del contrato de emisión de tarjetas de crédito.
De la misma forma debería ser eliminado de este dictamen contradictorio y poco prolijo el segundo párrafo que se refiere al "incremento de los cargos administrativos". Sería poco serio que en el artículo 15 digamos que serán nulas las cláusulas que faculten al emisor a modificar unilateralmente las condiciones del contrato cuando al hablar de éstas facultamos al emisor a hacerlo.
Si no suprimimos este segundo párrafo no podemos venir a hablar de que la futura norma va a ser para defender al usuario.
Además, el tercer párrafo del artículo 7° dice lo siguiente: "Está prohibido al emisor facturar o convenir cargos por el servicio de cobranza de los saldos totales o parciales de la cuenta corriente de la tarjeta en tanto no haya mora." Pero las condiciones para el cobro en el caso de mora están previstas en el contrato original. Por eso me parece que incluir adicionales para el cobro en caso de mora es una forma de introducir de contrabando una cláusula en este párrafo.
En consecuencia, proponemos eliminar el inciso l) del artículo 7°, al igual que el segundo párrafo y la parte final del tercer párrafo del mismo artículo que dice: "...en tanto no haya mora."
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Corrientes.
Sr. ADAIME.- Señor presidente: con respecto al artículo 7° es importante eliminar las cláusulas e) y f), en las que se habla de tasas compensatorias o financieras y punitorias.
El Código Civil clasifica las tasas en tres tipos: compensatorias, moratorias y punitorias. Por eso nuestro proyecto se refiere en el inciso d) del artículo 6° al tipo y monto de intereses, con lo que es suficiente.
Con respecto a lo que ha dicho el señor diputado preopinante, coincido totalmente con él.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. FAYAD.- Señor presidente: cuando hace un instante pedí la inclusión de un capítulo que hablara de la solicitud lo hice a fin de que respetáramos una técnica legislativa adecuada por la importancia de la norma que vamos a sancionar.
El Capítulo IV del dictamen del oficialismo se refiere al contrato de emisión de tarjeta de crédito, y como no se tomó en cuenta lo que argumenté en derecho, insisto en que el contrato no es de emisión de tarjetas de crédito, sino de tarjeta de crédito. O sea que queda perfeccionada la relación con la firma del contrato y no con la entrega de la tarjeta de crédito.
Si vamos a continuar perseverando en el error, a pesar de las advertencias, me atrevo a indicar que en el artículo 7° habría que eliminar la parte que alude al contrato de emisión, porque éste no es un contrato de emisión. La obligación principal no está dada por laemisión de la tarjeta de crédito, que es una consecuencia del contrato consensual que en general se firma previamente a la entrega de la tarjeta.
Además, en el inciso h) se mencionan el tipo y el monto de cargos administrativos o de permanencia en el sistema, discriminándose el costo de financiación y aclarándose que éste se debería percibir desde la fecha de cada operación o del vencimiento del resumen mensual actual.
No es correcto que a los efectos de la mora se considere el momento de realización de la operación, salvo en las tarjetas que se pueden utilizar para retirar dinero. Este inciso, incluso, es contradictorio con otras normas del mismo proyecto del oficialismo.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. ARIAS.- Señor presidente: quisiera que el señor diputado Fayad precisara su propuesta de modificaciones.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. FAYAD.- Señor presidente: sostengo que debemos utilizar la terminología adecuada. El Capítulo IV lleva como título: "Del contrato de emisión de Tarjeta de Crédito". No quiero ser tedioso, pero insisto en que se trata del contrato de tarjeta de crédito, y no del contrato de emisión.
El artículo 7° señala los requisitos que debe contener el contrato de emisión de tarjeta de crédito, indicando el inciso h) el tipo y monto de cargos administrativos o de permanencia en el sistema, discriminados por tipo, emisión, renovación, envío y confección de resúmenes, cargos por tarjetas adicionales para usuarios autorizados, costo de financiación desde la fecha de cada operación o del vencimiento del resumen mensual actual, etcétera.
Propongo que se elimine la frase "desde la fecha de cada operación" o que se distinga desde cuándo se debe el monto correspondiente. Hemos sostenido que en el caso de tarjetas de crédito que posibilitan el retiro de dinero, para calcular la mora debería tomarse en cuenta la fecha en que efectivamente se produce el retiro de fondos, pero en el caso de la compra de bienes o la prestación de servicios, el cómputo debería efectuarse desde la fecha de vencimiento establecida en el resumen de cuenta. Se trata de dos circunstancias importantes, y una de ellas es contradictoria con otra parte del articulado del proyecto del oficialismo.
En resumen, proponemos eliminar las palabras "de emisión". Asimismo, propiciamos suprimir la frase "desde la fecha de cada operación" o aclarar que el término corresponde exclusivamente a las tarjetas de crédito que permiten el retiro de dinero.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Jujuy.
Sr. SNOPEK.- Señor presidente: tengo una legítima preocupación en relación con el domicilio de celebración del contrato.
Señalo esto porque el contrato de emisión de tarjetas de crédito podría verse desnaturalizado en su esencia por ambas partes si por la existencia de contratos de mutuo tipo que a veces vienen impresos la entidad emisora estableciera un lugar de celebración del contrato distinto del domicilio del titular de la tarjeta de crédito.
Por esta razón voy a formular dos propuestas concretas. La primera de ellas consiste en que en el epígrafe del artículo 7°, donde dice "El contrato de emisión de Tarjeta de Crédito ...", la frase continúe diciendo: "...deberá celebrarse exclusivamente en el lugar del domicilio del titular de la tarjeta, y contener los siguientes requisitos...", continuando el artículo con la redacción que ya posee.
La segunda propuesta, siguiendo este mismo orden de ideas, consiste en agregar un inciso nuevo a este artículo que claramente deje sentada la renuncia expresa de la entidad emisora a prorrogar la jurisdicción o competencia territorial de los jueces.
Este nuevo inciso que llevaría la letra "c)" sugiero que sea redactado en los siguientes términos: "Renuncia expresa por la entidad emisora a la prórroga de la competencia territorial."
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. FAYAD.- Señor presidente: en el capítulo que sigue al del contrato de emisión de tarjeta de crédito nosotros establecíamos como mecánica una serie de nulidades de carácter absoluto que no podían contener los contratos, entre las cuales indicábamos las que importan prórroga de la jurisdicción establecida en la ley.
Cuando fijamos las jurisdicciones y domicilios a tomar en cuenta determinamos que por fórmula contractual la relación entre el emisor y el titular se debe regir por el domicilio del titular.
Por lo tanto, propongo que o bien adoptamos la orientación que se indicó recién -aunque estimo que vamos a sobreabundar en la redacción de esta norma- o bien cuando consideremos el tema de las nulidades y de los domicilios y jurisdicciones que se fijarán en el contrato se cree un capítulo especial al respecto, circunstancia que responde a una mejor técnica legislativa.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. DUMON.- Señor presidente: a pesar del accidentado comienzo que tuvo el tratamiento de esta iniciativa, creo que los señores diputados nos hemos visto impresionados por el estado de abuso que padecen los consumidores en relación con las emisoras de las tarjetas de crédito.
Una de los aspectos que facilita esos abusos radica en el carácter de adhesión de los contratos que se celebran, es decir que el usuario tiene que adaptarse en su totalidad a lo que dice la emisora, a cualquier modificación que se opere con posterioridad e incluso a las aceptaciones tácitas.
Ahora estamos tratando este proyecto de ley sobre tarjetas de crédito que supone darle derechos al consumidor, por lo cual es muy importante que rescatemos el interés jurídico que éste tiene, que solamente va a encontrar espacio llevando esto a la categoría de un contrato más consensual y menos de aceptación.
Le pido a la bancada mayoritaria que reflexione, toda vez que desde allí se han hecho manifestaciones en defensa del consumidor.
El señor diputado Fayad ha formulado una propuesta que no fue aceptada, de incluir en esta ley normas sobre la solicitud. Esto permitiría al consumidor conocer exactamente las reglas de juego. Pero ahora la Alianza propone eliminar la última parte del artículo 7º, por ser característica de un contrato de adhesión unilateral. Esto es, el emisor modifica las cláusulas a su antojo sin que se realice un nuevo contrato.
En consecuencia, si a esto le sumamos las autorizaciones conferidas en este artículo para el cobro de comisiones, veremos cómo se está agravando la situación del consumidor frente al emisor.
Por lo tanto, quisiera que la bancada mayoritaria reconsidere la propuesta del señor diputado Fayad y que la comisión apoye nuestra propuesta de eliminar la última parte del artículo 7º, así como la facultad de fijar comisiones.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Catamarca.
Sr. FADEL.- Sin perjuicio de las propuestas realizadas por los diputados de la Alianza, y para el caso de que no se acepte su solicitud, quisiera que el señor miembro informante nos explique el inciso l), cuya eliminación propuso el señor diputado Vensentini, referido a las comisiones, porque nosotros entendemos que ya en los incisos e), f) y g) están contemplados los intereses compensatorios, los punitorios y todas las cargas administrativas. Entonces, no entendemos a qué se refiere con esto de comisiones fijas o variables.
En caso de que no se acepte la eliminación de este inciso, sería conveniente que el miembro informante aclarara las cosas para evitar una mala interpretación, por cuanto así se dejaría una puerta abierta para que se siga abusando de los usuarios de tarjetas de crédito.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Jujuy.
Sr. SNOPEK.- Señor presidente: no puedo compartir las expresiones que se acaban de verter en cuanto a que la redacción de este artículo no estaría contemplando aquello que todos queremos evitar: los abusos que se han venido sucediendo en forma ininterrumpida en la temática que estamos tratando.
Tampoco podemos aceptar que el hecho de que el contrato deba celebrarse exclusivamente en el lugar del domicilio del titular de la tarjeta pase a formar parte de un capítulo de nulidades. Este es un requisito esencial que forma parte de una correcta hermenéutica jurídica.
Insisto en que entre los requisitos establecidos en el artículo 7º debe estar la obligatoriedad de que el contrato se celebre exclusivamente en el lugar del domicilio del titular de la tarjeta. Tampoco podrá haber prórroga de la competencia territorial, conforme lo he dejado propuesto y señalado.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. ARIAS.- Señor presidente: como estamos hablando de un instituto jurídico de carácter complejo, entendemos que es parcialmente válido...
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Teniendo en cuenta que estamos considerando temas muy importantes, la Presidencia sugiere a los señores diputados que guarden el orden a fin de poder entender a los oradores. De lo contrario, el murmullo reinante hará imposible que muchos legisladores sepan lo que se está por votar.
Continúa en el uso de la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. ARIAS.- Decía, señor presidente, que...
Sr. DUMON.- ¿Me permite una interrupción, señor diputado, con el permiso de la Presidencia?
Sr. ARIAS.- Sí, señor diputado.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Para una interrupción tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. DUMON.- Señor presidente: es necesario que precisemos de qué estamos hablando cuando nos referimos al domicilio. Para ello vamos a dar un ejemplo práctico. Yo puedo residir en Mar del Plata, fijar allí mi domicilio y contratar una tarjeta en Buenos Aires. Lo que no se puede aceptar es la prórroga de jurisdicción natural establecida legalmente en la formulación de los contratos cuando dicha prórroga es unilateral. No debemos dictar normas que entorpezcan el negocio jurídico que estamos tratando de regular. Esta es la razón por la cual planteamos la nulidad de la prórroga de jurisdicción, pero no hacemos ninguna aclaración en este artículo respecto del domicilio.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Continúa en el uso de la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. ARIAS.- Señor presidente: con respecto a la observación que formulara el señor diputado Fayad en torno de la denominación que contiene el Capítulo IV, entendemos que es necesario mantener el texto pero modificando el título, habida cuenta de que se trata de un contrato "para la emisión de la tarjeta de crédito" y no de un "contrato de tarjeta de crédito". La tarjeta de crédito constituye un sistema complejo en el que se involucra un conjunto de contrataciones. En este caso estamos hablando de la relación contractual u obligacional entre el emisor y el titular de la tarjeta. Por lo tanto, aceptamos la sugerencia de modificar la denominación del capítulo, pero en el sentido referido.
Por otra parte, estamos de acuerdo con la sugerencia de eliminar el inciso l) del artículo 7°, por las razones expuestas por el señor diputado Vensentini.
Asimismo, aceptamos la inclusión en el inciso h) de los términos "del cierre contable de las operaciones", como uno de los límites a considerar.
En cuanto a la sugerencia que acaba de plantear el señor diputado Dumón en torno de la prórroga de jurisdicción, adelanto que en su momento el señor diputado Snopek va a formular una propuesta de incorporación equivalente a la señalada.
Por último, solicito al señor diputado Dumón que dé lectura del párrafo cuya supresión solicita.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Escucharemos la lectura del texto pero no reproduciremos el debate.
Sr. DUMON.- Señor presidente: hace muchos años que venimos trabajando estos textos con el diputado Arias, y supongo que toda la Cámara los conoce.
Cuando reparen en la redacción verán que la modificación se produce unilateralmente por el emisor -el titular sólo puede aceptarla o no- con un proceso de notificación que hasta puede ser dudoso y dar lugar a la aceptación tácita.
Ahora sí paso a leerlo: "El incremento de los cargos administrativos del inciso h), los importes por seguro del inciso j) y las modificaciones sobre los montos y plazos previstos en los incisos b), c), e), f) y l), solamente pueden ser informados mediante comunicación fehaciente cursada al titular con no menos de cuarenta (40) días de anticipación a su aplicación efectiva. La negativa del titular implicará la rescisión o resolución contractual, aplicándosele a todos los saldos impagos las condiciones contractuales originales. Está prohibido al emisor facturar o convenir cargos por el servicio de cobranza de los saldos totales o parciales de la cuenta corriente de la tarjeta en tanto no haya mora."
Lo que sostenemos es que el emisor no puede tener esta facultad unilateral porque estaríamos en presencia de un nuevo contrato. Si quiere, que concrete la rescisión del contrato.
No queremos otorgar esa facultad porque muchas veces los usuarios están pagando créditos, no pueden interrumpir el contrato, sufren cambios en las condiciones y no tienen ninguna defensa para anteponerse y ejercer la negativa.
Lo que solicitamos -sé que el señor diputado Arias me está comprendiendo porque conozco su pensamiento sobre el particular- es que no otorguemos esta facultad unilateral.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. FAYAD.- Señor presidente: me permitiré insistir en nuestra postura porque creo advertir en el espíritu del señor diputado Arias una mayor permeabilidad a nuestra sugerencia.
Cuando en el artículo 9° se hace referencia al perfeccionamiento de la relación contractual, se establece que el contrato se perfecciona cuando se firma el mismo, se emiten las respectivas tarjetas y el titular las recibe de conformidad.
Esto es contradictorio y no es algo que diga el diputado Fayad. Se trata de un contrato consensual que se perfecciona con la firma. Así lo sostienen Mosset Iturraspe, Moisés Depané, Bielsa y la jurisprudencia argentina actual. No es una actitud caprichosa, señor diputado Arias; está fundada en derecho, tal como lo dije desde un principio.
Si confundimos la relación contractual y su perfeccionamiento y lo mezclamos con la entrega de la tarjeta de crédito vamos a seguir incurriendo en un error jurídico tremendo.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. ARIAS.- Señor presidente: lamento muchísimo que estas sugerencias de modificación se hagan llegar en el curso del debate.
Habíamos establecido que para la mejor consideración de las propuestas y poder establecer puntos de coincidencia era indispensable su conocimiento previo. Acordamos que no íbamos a improvisar en el recinto.
Lamento muchísimo que recién en este momento se formulen estas sugerencias.
Le había solicitado particularmente al diputado Fayad que en el curso de la mañana me hiciese conocer sus inquietudes y, si era posible, que me las hiciese llegar en determinados horarios a mi despacho, aunque no me encontrara en él.
No se trata de decisiones de carácter individual. Las sugerencias deben ser sometidas a consideración de los demás legisladores que participan en la redacción de los textos que estamos analizando.
Sr. VICCHI.- Pido la palabra para una aclaración.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Para una aclaración tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. VICCHI.- Señor presidente: me parece que aquí se está mal interpretando una serie de cuestiones previas a esta sesión, que hemos tratado de reproducir seriamente para que fructifiquen en una mejor ley, aunque quizás no sea la mejor de todas.
Nosotros hemos hablado con gente de los distintos bloques y también nos comunicamos con la bancada oficialista para referirnos a estos temas. Pero ocurre que el oficialismo incurre en un error de concepto al creer que el consenso es generado nada más que por su gente. Están equivocados: trabajar en consenso es trabajar con el resto de los sectores, es escuchar las ideas, analizarlas y mejorarlas. Tengamos en cuenta que aquí no hay un problema de ideología sino un problema jurídico que resolver, problemas de la gente, de todos los días...
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Señor diputado: se está votando el proyecto y no los procedimientos previos.
Sr. VICCHI.- No quiero que haya malas interpretaciones ni que se digan en el recinto cosas que no son...
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se va a votar el artículo 7° con las modificaciones aceptadas.
- Resulta afirmativa.
- Varios señores diputados hablan a la vez.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. DUMON.- Señor presidente: solicito rectificación de la votación en forma mecánica porque entiendo que este artículo no fue votado por todos los legisladores.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia no tiene dudas acerca del resultado de la votación; no obstante, someterá a votación la moción planteada.
Se va a votar la moción de rectificación formulada por el señor diputado por Buenos Aires.
- Resulta afirmativa de 78 votos; votan 150 señores diputados sobre 163 presentes.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se va a votar nuevamente porque las abstenciones varían el resultado de la votación.
- Varios señores diputados hablan a la vez.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Reitero que se va a votar nuevamente el pedido formulado por el señor diputado Dumón.
- Resulta afirmativa de 78 votos; votan 148 señores diputados sobre 163 presentes.
- Varios señores diputados hablan a la vez.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Vamos a efectuar la votación de nuevo. La Presidencia recuerda a los señores diputados que las abstenciones deben ser autorizadas por ella. Se va a votar.
- Resulta negativa de 78 votos; votan 154 señores diputados sobre 165 presentes.
- Varios señores diputados hablan a la vez.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Nuevamente las abstenciones modifican el resultado de la votación. Solicito a los señores diputados que voten en forma afirmativa o negativa, pero que no se abstengan.
Se va a votar, una vez más.
- Resulta negativa de 82 votos; votan 161 señores diputados sobre 166 presentes.
- Varios señores diputados hablan a la vez.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia no quiere que queden dudas y, a los efectos de avanzar en el desarrollo de la sesión, va a someter nuevamente a votación el artículo 7°, aclarando que no se trata de la moción de rectificación planteada por el señor diputado Dumón.
- Varios señores diputados hablan a la vez y se levantan de sus bancas.
Sr. NEGRI.- Hay un senador sentado en una de las bancas.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia solicita a los señores diputados que consideren que en este momento estamos votando el artículo 7°, puesto que el señor diputado Dumón planteó una duda acerca del resultado de la votación. Se trató de llevar adelante la moción de rectificación planteada, pero en todas las votaciones se han registrado abstenciones en un número capaz de alterar el resultado.
- Varios señores diputados hablan a la vez.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Señores diputados: con toda la buena fe estoy tratando de conducir el debate. Intenté hacer votar la moción de rectificación planteada por el señor diputado Dumón, pero en sucesivas votaciones las abstenciones modificaban el resultado.
Como la Presidencia desea facilitar el trámite de la sesión directamente planteo una nueva votación del artículo, que es en última instancia lo que proponía el señor diputado Dumón.
- Varios señores diputados hablan a la vez.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En este entendimiento, a continuación podemos escuchar las propuestas que se deseen formular. El ánimo de la Presidencia es el de desarrollar esta sesión de modo ordenado pues se está considerando un tema importante para el conjunto de la población, motivo por el cual solicita la colaboración de los señores diputados.
Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. DUMON.- Lamento tener que plantear una cuestión de privilegio contra la Presidencia por el afecto que siento por quien la está ejerciendo en este momento; pero usted, señor presidente, ha cometido un gravísimo error: saltar sobre las prescripciones del reglamento, en las que se basa nuestra labor.
La Presidencia no puede modificar la moción que yo formulé; debe someterla a votación -como corresponde-, y en el caso de que se registren abstenciones, repetirla. En ningún caso el reglamento de la Cámara autoriza a la Presidencia a dejar de considerar una moción para tratar otra referida a un artículo cuestionado.
Todos estamos en competencia, y las competencias se van a hacer cada vez más ríspidas, de modo que con ánimo absolutamente constructivo deseo recalcar que no estamos considerando una cuestión de competencia electoral. Tal como hoy lo mencionaba con acierto el señor diputado Vicchi, se trata de una cuestión meramente jurídica. De cómo se desarrolle aquí el trabajo dependerá qué se deberá resolver después en la comunidad, salvo que exista el secreto y desde luego maligno propósito de que la sanción de este cuerpo muera en el Senado, lo que denotaría muy poca seriedad de parte de esta Cámara.
El señor diputado Arias –creo en su buena fe y honorabilidad- dijo hace unos instantes que tendríamos que haber trabajado en conjunto. Al respecto quiero decir que desde que me reincorporé, en el día de ayer y hoy estuvimos en el despacho del señor diputado Fayad y luego en el del señor diputado Vicchi esperando el llamado del bloque de la mayoría para trabajar en conjunto.
De cualquier modo reitero que estamos dispuestos a trabajar en conjunto porque esta no es una cuestión de competencia electoral, y las dudas sobre las votaciones deben quedar evacuadas con claridad por el respeto que nos debemos. Desistiría de plantear la cuestión de privilegio si la Presidencia pusiera en consideración la moción de rectificación que formulé y la sometiera a votación. Luego, a partir de allí solicito que busquemos algún mecanismo parlamentario para que de esta sesión pueda surgir algo que no sea el fruto de la improvisación ni la ligereza. El señor diputado Arias acaba de preguntar por qué no dijimos esto antes; yo le respondo que tal vez no lo hicimos porque no encontramos el ámbito propicio, y en ese sentido la responsabilidad es de todos.
Reitero que solicito que se proceda a someter a votación la moción de rectificación y luego nos aboquemos a hallar algún mecanismo que nos permita trabajar con propiedad, acierto jurídico y, fundamentalmente, sentido común.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En el entendimiento de que el objetivo era analizar si el artículo 7° estaba bien votado o no, la Presidencia reconoce que no siguió estrictamente las prescripciones del reglamento, pero es consciente de que sólo lo hizo con el ánimo de facilitar el trámite de este asunto y en definitiva someter a consideración el artículo en cuestión, pues su contenido es lo que interesa.
Si no hubiere acuerdo de la Cámara respecto de este procedimiento, se seguirán los pasos que marca el reglamento aunque ello conlleve un entorpecimiento de la labor, y en el fondo lo necesario es saber si existe o no acuerdo respecto del artículo 7°.
Tiene la palabra el señor diputado por la Capital.
Sr. ALESSANDRO.- Señor presidente: pienso que se ha cometido una irregularidad en las sucesivas votaciones que se realizaron pues no se cumplió con lo que expresamente establece el artículo 195 del reglamento, que fija que la rectificación de votación se practicará con los diputados presentes en la primera votación. Por ello solicito que la Presidencia aclare cuántos diputados se pronunciaron en la primera votación porque creo que en la segunda ese número se alteró al menos en diez diputados.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia aclara que se encuentra registrado el número de los señores diputados que votaron, no así sus nombres. Asimismo advierte que luego de que haga uso de la palabra el señor diputado Maqueda invitará al cuerpo a pasar a un breve cuarto intermedio a fin de reunirse con los señores presidentes de bloques y ordenar la continuación de la sesión.
Tiene la palabra el señor diputado por Córdoba.
Sr. MAQUEDA.- Señor presidente: debemos tener en cuenta lo manifestado por el señor diputado por Mendoza en el sentido de que no existe la posibilidad de pasar de la moción prevista en el artículo 195 del reglamento, de rectificación de votación, a otra de reconsideración.
Este último punto ha quedado perfectamente aclarado, no así el hecho de que la Presidencia haya actuado con absoluta transparencia, ya que nunca intentó empantanar la situación ni trampear el resultado. Por el contrario, intentó que todo fuese lo más claro posible; tanto es así que cuando puso en consideración la propuesta formulada por el señor diputado Dumón intentaba zanjar una diferencia que no se podía solucionar por medio de la rectificación de la votación.
Más allá de que la Presidencia invite a pasar a cuarto intermedio, debemos tener en claro que la única solución de la que podemos echar mano es seguir votando la rectificación propuesta por el señor diputado Dumón, porque es lo que reglamentariamente corresponde.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Invito al cuerpo a pasar a un breve cuarto intermedio.
- Se pasa a un breve cuarto intermedio.
- Luego de unos instantes:
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Continúa la sesión.
La Presidencia recuerda que la situación conflictiva en la que nos encontramos es producto del pedido de rectificación de la votación, porque el reglamento establece que sólo se practicará con los diputados presentes que hubiesen tomado participación en ella. Sabemos la cantidad de los diputados presentes, pero no quiénes eran. O sea que si entonces quisiéramos actuar reglamentariamente podríamos ingresar en un callejón sin salida.
En consecuencia, se va a reabrir la discusión del artículo 7°, pues se han acordado algunas modificaciones. Una vez que ellas sean expuestas se volverá a votar tal artículo.
Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. DUMON.- Señor presidente: durante el cuarto intermedio hemos mantenido una conversación muy provechosa, que si la hubiera habido antes de concurrir al recinto seguramente hubiésemos mejorado la redacción.
Me parece que debería hacer uso de la palabra un representante del oficialismo para dar una respuesta a la moción que presentamos con respecto al artículo 7°. Además creo que el señor diputado Frigeri propondría un cambio que consideramos lógico respecto del inciso que nosotros habíamos objetado.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. ARIAS.- Señor presidente: como consecuencia del diálogo que hemos tenido durante el cuarto intermedio, se avanzó en el contenido del proyecto en tratamiento.
Como resultado de tal diálogo se cambió el texto del inciso l), para que pase a tener el siguiente texto: "Las comisiones fijas o variables que se cobren al titular por el retiro del dinero en efectivo". Este texto reemplaza al que estaba impreso y luego se eliminarían los dos últimos párrafos del artículo 7°.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Jujuy.
Sr. SNOPEK.- Señor presidente: quiero saber si la sugerencia de la incorporación del domicilio ha quedado concertada en las conversaciones que recientemente se han mantenido.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. ARIAS.- Señor presidente: esa sugerencia no se ha contemplado.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia no quiere que queden dudas con respecto al procedimiento por adoptarse.
Nos encontramos en una situación en que la rectificación de la votación requiere contar con la lista de los señores diputados presentes en su momento. Como ello no es posible, existen dos vías.
En primer lugar, la Cámara podría autorizar a la Presidencia a someter a votación nuevamente el artículo 7°, entendiendo que tal votación significaría aceptar la reconsideración del artículo, y en la que no se requeriría la nómina de diputados presentes en la anterior oportunidad. En segundo lugar, la Cámara podría autorizar a votar la rectificación sin tomarse en cuenta los diputados presentes en la anterior votación.
Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. DUMON.- Señor presidente: retiro la moción de rectificación de la votación y la cuestión de privilegio formulada. (Aplausos.)
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. VICCHI.- Señor presidente: me queda sólo una duda con respecto al inciso h) del artículo 7°, donde dice: "Tipo y monto de cargos administrativos o de permanencia en el sistema (discriminados por tipo, emisión, renovación, envío y confección de resúmenes, cargos por tarjetas adicionales para usuarios autorizados, costos de financiación desde la fecha de cada operación..."
Me parece que es incorrecto que los intereses se puedan cobrar desde el momento de efectuarse la compra, en lugar de tomarse en cuenta la fecha de vencimiento del resumen de la tarjeta o la de su notificación. Considero que habría que cambiar la redacción de esta parte del inciso.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia entiende que el texto se refiere a las ventas a plazo.
Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. ARIAS.- Señor presidente: aclaramos que las alternativas que hemos agregado en relación con la propuesta son las siguientes: "desde la fecha de cada operación, o desde el vencimiento del resumen mensual o desde el cierre contable de las operaciones hasta la fecha de vencimiento del resumen mensual actual, hasta el vencimiento del pago del resumen mensual, consultas de estado de cuenta, entre otros."
Estamos considerando las características y modalidades propias de facturación de las distintas empresas emisoras de tarjetas de crédito y por ello fijamos diversas posibilidades.
Además, el inciso d) queda redactado de la siguiente manera: "Montos máximos de compras o locaciones, obras o retiros de dinero mensuales autorizados."
Se suprimen los dos últimos párrafos desde "El incremento..." hasta "...no hay mora."
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por San Juan.
Sr. MORENO RAMIREZ.- Señor presidente: cuando el señor diputado Fayad formuló una observación en relación con el inciso h) interpreté que lo que se había aceptado era que cuando la norma se refiere a "Tipo y monto de cargos administrativos o de permanencia en el sistema (discriminados por tipo, emisión, renovación, envío y confección de resúmenes, cargos por tarjetas adicionales para usuarios autorizados, costos de financiación desde la fecha de cada operación...)", significaba que aludía a los casos de extracción de dinero.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia entiende que ha quedado en claro lo que se ha aceptado.
Con las modificaciones incorporadas se va a votar nuevamente por el sistema mecánico el artículo 7° en el entendimiento de que la votación afirmativa se entenderá como una reconsideración que valida esta nueva votación.
-Resulta afirmativa de 132 votos; votan 134 señores diputados sobre 143 presentes.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En consideración el artículo 8°.
Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. FAYAD.- Señor presidente: se acaba de aprobar el contenido del contrato de emisión de la tarjeta de crédito. El artículo 8° se refiere a la redacción de dicho contrato, pero consideramos que el tema de las nulidades debería ser incluido en esta normativa inmediatamente después del artículo 7°, es decir, antes de ingresarse a la redacción del contrato de tarjeta de crédito pues esta otra parte puede acarrear algún tipo de nulidad.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia desea saber si hay acuerdo acerca de modificar el orden del articulado en el sentido que acaba de señalar el señor diputado por Mendoza.
Sr. ARIAS.- Estamos de acuerdo, señor presidente.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. FAYAD.- Señor presidente: para mayor ilustración de la Cámara voy a proceder a leer la redacción del nuevo artículo que proponemos: " Artículo 8°. Cláusulas nulas. Serán nulas de nulidad absoluta las siguientes cláusulas: a) Que importen la renuncia, por parte del titular a cualquiera de los derechos que le otorga esta ley. b) Que faculten al emisor unilateralmente a modificar las condiciones generales del contrato. c) Las que autoricen al emisor la rescisión unilateral incausada. d) Las que le impongan compulsivamente al titular un representante. e) Las que permitan la habilitación directa de la vía ejecutiva por cobros de deudas que tengan origen en el sistema de Tarjeta de Crédito. f) Las que importen prórroga a la jurisdicción establecida en esta ley..."
Deseo advertir que he cometido el error de no haber mocionado incluir entre las condiciones del contrato la obligatoriedad de una redacción clara con tipografía legible a simple vista, además de las cláusulas contempladas en el artículo 6º.
Entonces, pido perdón por la omisión involuntaria cometida y agrego en el inciso g) la adhesión.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Señores diputados: se unificaron los artículos 5º y 6º. Este podría ser perfectamente el artículo 7º. A partir del artículo 8º continuaríamos con la numeración original.
Sr. FAYAD.- No tenemos ningún inconveniente, señor presidente.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. ARIAS.- Señor presidente: hemos acordado trasladar las nulidades a continuación del artículo que acabamos de aprobar; y ahora el señor diputado Fayad realiza una propuesta en torno precisamente a la enunciación de las nulidades.
En consecuencia, solicito al señor diputado por Mendoza que nos haga llegar el texto escrito de la propuesta que formula, a fin de valorarla adecuadamente. Mientras tanto, pediría a la Presidencia pasar a votar el artículo 8º del texto en consideración.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Si hay asentimiento de la Honorable Cámara procederíamos conforme lo solicitado por el señor diputado Arias, dejando pendiente la votación del que pasaría a ser artículo 7º.
- Asentimiento.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se va a votar el artículo 8º.
- Resulta afirmativa de 138 votos; votan 141 señores diputados sobre 147 presentes.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En consideración el artículo 9º.
Se va a votar.
- Resulta afirmativa de 92 votos; votan 107 señores diputados sobre 143 presentes.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En consideración el artículo 10.
Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. FAYAD.- Señor presidente: hace instantes mencioné que en la terminología del proyecto existen aspectos contradictorios.
Acabamos de aprobar el artículo 9°, según el cual el perfeccionamiento de la relación contractual exige tres requisitos. La jurisprudencia y la opinión de diversos autores indican que un contrato consensual se perfecciona únicamente con el consentimiento expresado con la firma. Sin embargo, acá estamos requiriendo, además de la suscripción del contrato con firma, la emisión de las respectivas tarjetas y la recepción de conformidad por parte del titular. Por otro lado, es correcto que el emisor deba entregar tantas copias del contrato como partes intervengan en él, sugerencia que habíamos efectuado al señor diputado Arias y que está contemplada en el dictamen.
Es importante que reflexionemos sobre el artículo 9°, pues estamos estableciendo una forma jurídica distinta de la que contiene el Código Civil en esta materia, así como la opinión de buena parte de nuestra doctrina y jurisprudencia.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. DUMON.- Señor presidente: coincido con la observación efectuada por el señor diputado Fayad. En realidad, estamos creando un contrato de naturaleza sui generis, que casi se convierte en un contrato real, que se perfecciona con la entrega de la cosa y no con la firma. Con un espíritu constructivo, tal vez deberíamos encontrar una redacción alternativa que no haga depender de la entrega de la tarjeta el perfeccionamiento del contrato.
Por otra parte, llama la atención que el siguiente artículo se refiera a la "solicitud", cuando en su oportunidad rechazamos ese término. Si aceptamos esa expresión quizás el texto del artículo 10 podría contemplar la propuesta efectuada por el señor diputado Fayad. Deberíamos agregar un párrafo inicial al artículo 10 que estableciera que quien pretende obtener la emisión de una tarjeta de crédito debe llenar una solicitud, y luego seguiría la redacción tal como se encuentra en el proyecto en consideración. Si además elimináramos la obligación de la entrega de la tarjeta para el perfeccionamiento del contrato, estaríamos subsanando la posible equivocación que podríamos cometer.
Soy consciente de que es muy difícil reordenar artículos de tal naturaleza en el recinto. Por lo tanto, sugiero que continuemos con la consideración de otros artículos mientras dos o tres legisladores de diferentes bancadas se dedican a aquella tarea.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. ARIAS.- Señor presidente: nuestra posición es la de mantener el texto tal como ha sido presentado para dejar en claro que las tratativas contractuales en este caso no generan responsabilidad para el titular de la tarjeta.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. VICCHI.- Señor presidente: deseo aclarar que en algunos artículos votamos en contra -como por ejemplo en en el caso de los artículos 9° y 10- porque tenemos propuestas distintas. Un ejemplo es la incorporación de un capítulo específico vinculado con una serie de relaciones que derivan en un aspecto contractual que se define expresamente y cuyo concepto madre se reconoce en los términos del artículo 1.140 del Código Civil.
Por lo tanto, si votamos en contra de determinados artículos, ello se debe a que tenemos una concepción distinta de algunas definiciones sustentadas en el proyecto del oficialismo.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se va a votar el artículo 10.
-Resulta afirmativa de 79 votos; votan 132 señores diputados sobre 141 presentes.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- ¿Podemos votar ya el nuevo artículo 7°?
Sr. ARIAS.- Sugiero que en primer término se voten en forma conjunta los artículos 11,12 y 13.
Sr. FAYAD.- Pido la palabra.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. FAYAD.- Señor presidente: habíamos acordado votar artículo por artículo.
Por otra parte, el próximo artículo es el referido a la prórroga del contrato, tema sobre el que mantenemos una pequeña diferencia con la redacción proyectada.
Sobre el particular proponemos que se establezca que el emisor deberá indicar al titular en los tres últimos resúmenes anteriores al vencimiento de la relación contractual la fecha en que éste opera. Para que no se produzca la prórroga automática del contrato, el titular deberá manifestar por un medio fehaciente, con treinta días de anticipación al plazo del vencimiento del contrato, su voluntad de no continuar con la relación contractual.
Teniendo en cuenta la modalidad operativa de los entes emisores estaríamos dispuestos a aceptar el plazo más prolongado de sesenta días. Sin embargo, insistimos en que el emisor debe advertir al usuario la fecha del vencimiento del contrato en los tres últimos resúmenes que le emita.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En consideración el artículo 11.
Tiene la palabra el señor diputado por Catamarca.
Sr. FADEL.- Señor presidente: este es uno de los temas que más preocupa a la gente, que muchas veces se ve sorprendida en su buena fe.
Suele ocurrir -lo digo por experiencia propia- que quien no quiere renovar su tarjeta se encuentra con que ya le fueron debitados los costos del año siguiente y queda así "enganchado" en este sistema perverso.
Solicito al señor diputado Arias que, en representación del oficialismo, considere la propuesta a la que hizo referencia el señor diputado Fayad.
Este tema se podría solucionar sin modificarse todo el artículo, con el agregado de un último párrafo que dijera lo siguiente: "El emisor deberá notificar al titular en los tres últimos resúmenes anteriores al vencimiento de la relación contractual la fecha en que opera el mismo." Esto es a los efectos prácticos y de no acortar el plazo al usuario, que en lugar de sesenta días tendría treinta.
En efecto, si decimos que el usuario tiene que informar al emisor con sesenta días de antelación a su vencimiento y, por otro lado, el segundo párrafo establece que en los tres últimos resúmenes se informe cuándo opera el vencimiento, le estaríamos dejando al usuario un mes de margen para hacer la comunicación por medio fehaciente. Entonces, tendríamos que poner treinta días para que operen los tres resúmenes; de lo contrario, no tendría sentido hacerlos.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. ARIAS.- Señor presidente: aceptamos la incorporación propuesta por el señor diputado por Catamarca, que se ubicaría como segundo párrafo del artículo 11, manteniéndose el resto de la redacción.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se va a votar el artículo 11 con las modificaciones aceptadas.
- Resulta afirmativa de 114 votos; votan 119 señores diputados sobre 137 presentes.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. DUMON.- Señor presidente: queremos insistir sobre la incorporación de un artículo que nos parece atinada, sobre todo luego de la reforma del artículo 7°. Me refiero a un artículo por el que se prohíba toda adhesión tácita a servicios anexos al sistema. Entendemos que la oportunidad para tratar esta incorporación sería antes de considerar el artículo 12, que se refiere a la conclusión del contrato.
Es decir que, antes de votar el artículo 12, votemos un artículo donde se prohíba la aceptación tácita de servicios anexos. Esto está vinculado con una cuestión que esta Cámara ha analizado largamente: a veces se convienen una cierta cantidad de servicios que más tarde se modifican parcialmente; como las comunicaciones muchas veces no son fehacientes, ante la no respuesta de los usuarios se dan por aceptados, de tal manera que cuando llegan los resúmenes, los usuarios se encuentran con que los rubros facturados han aumentado notablemente.
Con respecto a la numeración de este nuevo artículo, en su momento la presidencia procederá a efectuar el ordenamiento correspondiente.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En primer término habría que considerar la propuesta de incorporación de un nuevo artículo, con la prohibición de la aceptación tácita de las cláusulas contractuales.
Sr. DUMON.- El artículo que propongo dice así: "Prohíbese la adhesión tácita a servicios anexos al sistema."
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- ¿El señor diputado Dumón propone que este artículo forme parte del artículo 12 o sea un artículo separado?
Sr. DUMON.- Propongo que sea un artículo separado.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. FAYAD.- Señor presidente: es correcta la apreciación del señor diputado Dumón, pero le aclaro que habíamos acordado incluir esta prohibición dentro del capítulo de las nulidades; por lo tanto, le pediría que su propuesta sea incluida como inciso en el artículo que habla de nulidad de cláusulas.
Sr. DUMON.- Estoy de acuerdo.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Catamarca.
Sr. FADEL.- Señor presidente: deseo solicitar que se reconsidere el artículo 11 y que se acepte la propuesta de modificar el plazo de sesenta a treinta días, a fin de que sea operativo el segundo párrafo, cuya incorporación aceptó la Cámara. Por lo tanto, diría: "...comunicando su decisión por medio fehaciente con treinta (30) días de antelación."
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En consideración la moción de reconsideración formulada por el señor diputado por Catamarca. Se requieren las dos terceras partes de los votos que se emitan.
- Resulta afirmativa.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Queda aprobada la moción.
La propuesta del señor diputado Fadel significa acortar el plazo de sesenta a treinta días.
Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. ARIAS.- Nuestro bloque acepta la propuesta formulada.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Con las modificaciones aceptadas se va a votar nuevamente el artículo 11.
- Resulta afirmativa.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Con la numeración acordada, corresponde considerar el artículo 7° sobre las nulidades, al que se incorporaría como inciso la propuesta formulada por el señor diputado Dumón. La Presidencia solicita al señor diputado por Buenos Aires que informe cuál es la redacción definitiva que se propone.
Tiene la palabra el señor diputado por la Capital.
Sr. POLINO.- Señor presidente: quisiera saber si el inciso c) del artículo 15 del dictamen permanece en la nueva redacción propuesta.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. ARIAS.- Señor presidente: el texto propuesto es el siguiente: "Serán nulas las siguientes cláusulas: a) Las que importen la renuncia por parte del titular a cualquiera de los derechos que otorga la presente ley. b) Las que faculten al emisor a modificar unilateralmente las condiciones del contrato. c) Las que impongan un monto fijo por atrasos en el pago del resumen. d) Las que impongan costos por informar la no validez de la tarjeta, sea por pérdida, sustracción, caducidad o rescisión contractual. e) Las adicionales no autorizadas por la autoridad de aplicación. f) Las que autoricen al emisor la rescisión unilateral incausada; g) Las que le impongan compulsivamente al titular un representante; h) Las que permitan la habilitación directa de la vía ejecutiva por cobro de deudas que tengan origen en el sistema de tarjetas de crédito; i) Las que importen prórroga a la jurisdicción establecida en esta ley; j) Las adhesiones tácitas a sistemas anexos al sistema de tarjetas de crédito.
"Podrá facultarse a debitar en cuentas corrientes bancarias los saldos de tarjetas, sin que por ello se genere la habilitación de la vía ejecutiva."
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. FAYAD.- Señor presidente: aclaro al señor diputado que estamos hablando de la nulidad de cláusulas. Por lo tanto, si se estableciera la facultad de debitar en cuentas corrientes bancarias los saldos de tarjetas y ello generara la habilitación de la vía ejecutiva, ésta sería nula y, por contrario imperio, es correcta la redacción del inciso c) del texto original del artículo 15 del dictamen.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. ARIAS.- Señor presidente: teniendo en cuenta que nuestra intención es desvincular de este proyecto todo lo relativo a las cuentas corrientes bancarias, suprimimos el último párrafo del artículo 15 del dictamen.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Jujuy.
Sr. SNOPEK.- Señor presidente: el señor miembro informante ha aceptado la inclusión del artículo propuesto por el bloque radical que determina que serán nulas las cláusulas que modifiquen la competencia territorial de los jueces establecidas en la presente ley. Pero no tengo en claro en qué instancia del proyecto se establece dicha competencia.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Catamarca.
Sr. PERNASETTI.- Señor presidente: el señor diputado Arias acaba de anunciar que se elimina la facultad de debitar de las cuentas corrientes los resúmenes de las tarjetas de crédito, pero entiendo que la inquietud que se ha suscitado al respecto queda satisfecha con la aclaración formulada por el señor diputado Fayad, ya que es normal que un cliente autorice al banco a debitar el resumen de su cuenta corriente, lo que no significa habilitar la vía ejecutiva.
Por lo expuesto y a fin de no causar perjuicios, considero que debe otorgarse la posibilidad de descontar de la cuenta corriente el resumen de la tarjeta de crédito.
En segundo lugar deseo saber si se mantiene el artículo 14 del dictamen.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia aclara al señor diputado que lo referido a las jurisdicciones se encuentra incluido en el artículo 55. Asimismo advierte que, según la propuesta formulada por el señor diputado por Buenos Aires, el artículo 14 del dictamen se incorpora como artículo 7°, y el 15 pasa a ser artículo 8°; luego continúa correlativamente, quedando la Presidencia facultada para ordenar la numeración de los artículos.
Solicito que la Cámara se expida acerca de la propuesta formulada por el señor diputado Pernasetti en el sentido de no eliminar el débito del resumen de la tarjeta de crédito de la cuenta corriente, sin que ello signifique habilitar la vía ejecutiva.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. ARIAS.- Señor presidente: debe quedar en claro que todo lo vinculado con cuentas corrientes bancarias queda excluido del articulado del proyecto. En consecuencia, se suprime el último párrafo al que hice referencia anteriormente.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se van a votar conjuntamente los artículos 14 y 15 del dictamen, con las modificaciones aceptadas.
- Resulta afirmativa de 110 votos; votan 118 señores diputados sobre 135 presentes.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia aclara que los artículos 14 y 15 votados quedan incorporados al dictamen como 7° y 8° respectivamente.
Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. VICCHI.- Señor presidente: deseo que quede todo perfectamente aclarado, por si algún día se produce un juicio y se quiere recurrir al pensamiento que tuvo el legislador.
Con respecto al inciso c) del artículo 15 original del dictamen, que no me quedó claro si se suprimió o no, debo manifestar que no deben existir dudas en cuanto a que se pueden hacer todas las operaciones de descuento en cuenta corriente. El único condicionamiento que establece la ley es que estos montos debitados en cuenta corriente, fruto de la operatoria del negocio jurídico tarjeta de crédito, no pueden ser ejecutados en sede judicial -perdóneseme la redundancia- por la vía ejecutiva.
Esto lo quería aclarar, porque podríamos estar habilitando la vía ejecutiva en forma indirecta, y hay que tener mucho cuidado.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. DUMON.- Señor presidente: lo que acaba de plantear el señor diputado Vicchi tiene una larga tradición jurídica. En algún momento los emisores de las tarjetas de crédito usaron el resumen de la cuenta corriente bancaria como título ejecutivo. Esto originó una jurisprudencia favorable en un principio, hasta que el profesor Fernando Legón redactó aquel famoso artículo que todos conocemos y que se titula "¿Una cuenta corriente sin cheque?".
En función de ello la jurisprudencia comenzó a variar y a no otorgar título ejecutivo a los resúmenes de tarjeta de crédito. Sin embargo, la costumbre indica que los saldos de los resúmenes de tarjeta de crédito se anotan como un ítem más en la cuenta corriente bancaria, pudiendo adquirir por esta vía título o viabilidad ejecutiva.
Con acierto el dictamen del oficialismo hablaba de que podrá facultarse a debitar en cuentas corrientes bancarias los saldos de tarjeta, sin que por ello se genere la habilitación de la vía ejecutiva.
Lo que nosotros planteamos junto al señor diputado Vicchi es que no se modifique el último párrafo, esto es, que no se genere la habilitación de la vía ejecutiva.
Sr. VICCHI.- Pido la palabra para una aclaración.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia informa al señor diputado que reglamentariamente se puede hablar dos veces por cada artículo, pero igualmente le va a dar la palabra para que efectúe su aclaración.
Sr. VICCHI.- Señor presidente: es muy importante este tema, que el señor diputado Arias conoce con suficiencia.
La liquidación bancaria, firmada por el tesorero y el gerente del banco, implica para las cuentas corrientes un título ejecutivo. Enviado al abogado, se ejecuta por vía de apremio en forma rápida. Existe un margen de excepciones, pero para que la gente entienda cuáles son las defensas que puede esgrimir en un juicio, aclaro que son contadas con los dedos de una mano, además de estar expresamente establecidas en el código; de lo contrario, no hay defensa.
Entonces lo que hemos querido cuidar es que todo esto no habilite la vía ejecutiva, porque con la firma de un gerente o del tesorero de un banco en el extracto de cuenta corriente se podría habilitar indirectamente esa vía ejecutiva. Por eso era correcta la cláusula tal comoestaba redactada antes. Aquí es donde es necesario tener en cuenta que no se debe legislar para las corporaciones sino para la gente. Los juicios que dejan sin defensa a la gente son terriblemente malos, porque colocan a las personas fuera de la ley.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Los artículos ya se han votado, por lo que no corresponde ninguna otra consideración.
Tiene la palabra el señor diputado por Catamarca.
Sr. PERNASETTI.- Señor presidente: éste es un tema central. Si se mantiene esta posición, voy a solicitar la reconsideración de la eliminación del inciso c) del artículo 15 original.
Si bien se cuestionó la técnica legislativa, la cláusula es correcta. Además, no afectamos en lo más mínimo la cuenta corriente bancaria, ya que no legislamos sobre ella.
Si existe una autorización para debitar en cuenta corriente los importes de los resúmenes de cuenta -lo que posiblemente sea útil-, ello no significa darle el carácter de título ejecutivo. Entonces, no tiene sentido eliminar el inciso c) del artículo 15 original, como se ha planteado.
No estamos avanzando sobre la cuenta corriente. Por eso solicito a la Cámara que recapacite sobre la cuestión. Asimismo, formulo moción de reconsideración a fin de que se mantenga el inciso c) en los términos originiariamente propuestos.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. ARIAS.- Señor presidente: quiero señalar que hemos tenido en cuenta las explicaciones que se nos han brindado para fundar la moción de reconsideración. Por eso propusimos la eliminación del inciso correspondiente.
También tuvimos en cuenta que la cuenta corriente bancaria tiene una regulación autónoma en el Código de Comercio. Por ello hemos preferido no interferir en sus mecanismos para evitar que la norma sea calificada de intervencionista y para no desvirtuar el funcionamiento de otros institutos, que son trascendentes en el funcionamiento del sistema financiero argentino.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se va a votar la moción de reconsideración planteada por el señor diputado por Catamarca. Se requieren las dos terceras partes de los votos que se emitan.
- Resulta negativa de 63 votos; votan 132 señores diputados sobre 143 presentes.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Queda rechazada la moción de reconsideración.
En consideración el artículo 12.
Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. DUMON.- Señor presidente: en virtud de la votación que se acaba de efectuar y de las explicaciones brindadas por el señor diputado Arias, y a los efectos de no mezclar distintos regímenes jurídicos, estimo que es necesario colocar una cláusula que señale que el sistema de tarjetas de crédito y sus saldos no tendrán vinculación con el sistema de cuenta corriente bancaria porque, de lo contrario, tal como está redactado este artículo se habilitaría la vía ejecutiva. La explicación brindada por el señor diputado Arias es valedera: no quiere mezclar ambos regímenes. En función de esto es imprescindible indicarlo expresamente para que nadie se valga de una confusión al respecto, que es en la que incurrió la jurisprudencia durante mucho tiempo.
Por ello propongo una redacción que diga que el régimen de tarjeta de crédito y sus saldos en ningún caso tendrán vinculación con el régimen de la cuenta corriente bancaria.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia desea saber si el señor diputado se está refiriendo al artículo 12 o está propiciando la inclusión de un nuevo artículo.
Sr. DUMON.- Señor presidente: propongo que se incluya a continuación del artículo que acaba de aprobar la Cámara una nueva disposición que diga que el régimen de tarjeta de crédito, sus efectos jurídicos, el cobro de sus saldos, no tendrá vinculación con el instituto de la cuenta corriente bancaria.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Catamarca.
Sr. PERNASETTI.- Señor presidente: apoyo la propuesta formulada por el señor diputado Dumón porque si seguimos el criterio con el que se ha votado el artículo anterior estaríamos desnaturalizando la función bancaria respecto de servicios que hoy son comunes.
¿Cuántos bancos debitan no sólo tarjetas de crédito sino facturas de servicios? De mantenerse este criterio, ni siquiera eso van a poder debitar los bancos en la cuenta corriente, lo cual es un absurdo.
Lo que corresponde aclarar es que por estos débitos la cuenta corriente no se convierte en un título ejecutivo. Será título ejecutivo por las operaciones referidas a los cheques, pero no por estos débitos. De lo contrario, estaríamos quitándole al usuario la posibilidad de una operatoria que es habitual hoy en día.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. ARIAS.- Señor presidente: mantenemos el texto del artículo 12 en los términos que han sido propuestos.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- El señor diputado Dumón ha propiciado la incorporación de un nuevo artículo. La Presidencia entiende que correspondería votar en primer término la propuesta que ha formulado para después continuar con la discusión del artículo 12.
Sr. ARIAS.- Lo que está en consideración es el artículo 12, señor presidente.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Córdoba.
Sr. MAQUEDA.- Señor presidente: solicito que nuevamente se lea el texto del nuevo artículo que se ha propuesto.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia aclara que, si bien se ha puesto en consideración el artículo 12 referido a la conclusión o resolución de la relación contractual, el señor diputado Dumón ha solicitado que previamente se incluya un nuevo artículo.
Sr. MAQUEDA.- Precisamente, señor presidente, mi intención es que el señor diputado Dumón repita el texto de su propuesta.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. DUMON.- Señor presidente: la redacción de la nueva disposición que estoy proponiendo diría lo siguiente: "El régimen de tarjeta de crédito, sus efectos jurídicos, el cobro de los resúmenes y saldos, no tendrán ninguna vinculación con el sistema de cuenta corriente bancaria que establece el Código de Comercio".
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Continúa en el uso de la palabra el señor diputado por Córdoba.
Sr. MAQUEDA.- Señor presidente: voy a hablar exclusivamente a título personal.
Cuando surge como tema nuevo en el sistema jurídico argentino el cobro de las tarjetas de crédito y se intenta apelar al título ejecutivo, aparece como primer método el contrato más los cupones, algo que es rechazado directamente por la jurisprudencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial.
Luego aparece un segundo método, que es el del resumen de las tarjetas de crédito, pero existen idénticos rechazos por parte de esa Cámara.
Finalmente, aparece en tercer lugar el caso que acaba de plantear el señor diputado Dumón. El sostiene que los bancos utilizaron como metodología la apertura de cuentas corrientes bancarias, que desde el año 1963 tenían reconocida la vía ejecutiva. Entonces, se abría una cuenta corriente bancaria y cuando se producía el no pago de la tarjeta de crédito se trasladaba la deuda a dicha cuenta y se ejecutaba el saldo deudor.
De ello se ocuparon específicamente las salas A, B, C y E de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial. Esto fue un fraude a la ley. Es decir, se utilizaba el saldo de cuenta corriente para el cobro de los débitos de las tarjetas de crédito. Por eso se han dictado los fallos jurisprudenciales en contra de este proceder, que incluso hablan de la teoría del abuso del derecho del artículo 1071 del Código Civil.
En consecuencia, creo que tenemos que apoyar el artículo propuesto por el señor diputado Dumón, para que no quede ninguna duda de que ese sistema fraudulento que se supo utilizar -y al que el Poder Judicial argentino tuvo que acotar- no puede volverse a intentar. (Aplausos)
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. VICCHI.- Señor presidente: lo que dije con anterioridad se fundamenta en muchos fallos judiciales existentes.
Sé que a los banqueros no les gusta mucho todo esto, e incluso les causa hasta odio, pero las anotaciones por descuento en cuenta corriente son contables y perfectamente determinables; y así como algunos dicen que pueden ser deudas líquidas y exigibles, también pueden ser líquidas y determinables para debitarlas del otro lado. Por eso, la sala E de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial determinó que en ningún caso esto puede habilitar la vía ejecutiva, porque no se cumple con ninguna de las formalidades de la ley, ni siquiera en materia de excepciones procesales.
Reconozco públicamente que en un principio pensaba diferente; esto es, que para dar seguridad a las tarjetas de crédito había que asignarles la vía ejecutiva. Pero es mentira. Lo que hay que generar es la preparación de la vía ejecutiva porque existe una serie de requisitos formales que deben ser cumplidos. Voy a mencionar un ejemplo concreto. Hay muchos bancos que incluían en los contratos de tarjetas de crédito una cláusula que los habilitaba a abrir una cuenta corriente a nombre del mismo usuario a efectos de poder ejecutar por vía ejecutiva en caso de que no pagara. Así nació un proceso judicial basado en un fraude a la ley. Por más que los legisladores no lo contemplemos, seguramente algún buen juez, alguna buena Cámara o alguna buena Corte lo calificarán de inconstitucional.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia desea aclarar que se encuentra en consideración el artículo 12. El señor diputado Dumón ha formulado la propuesta de un nuevo artículo que podrá ser aceptado o no, luego de lo cual la Cámara tendrá que pronunciarse sobre el referido artículo 12.
Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. ARIAS.- Señor presidente: se ha abierto el debate en torno del artículo 12. La propuesta que formuló el señor diputado Dumón, con la fundamentación brindada por el señor diputado Vicchi, se relaciona con la vía procesal a los fines del cobro de los saldos resultantes de la utilización de las tarjetas de crédito y no con la conclusión o resolución de la relación contractual. Por lo tanto, solicito que este debate se postergue hasta la consideración del Título III, referido al procedimiento ejecutivo.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. DUMON.- Señor presidente: habida cuenta de que nosotros apoyamos la eliminación, en el inciso c) del artículo 15, de la expresión: "...sin que por ello se genere la habilitación de la vía ejecutiva", podría interpretarse con esto que queda habilitada dicha vía. Es absolutamente razonable lo que señala el señor diputado Arias en el sentido de que hay un título específico en el cual seguramente coincidiremos sobre el tema de la preparación de la vía ejecutiva.
Nosotros pretendemos llamar la atención en cuanto a que tal como está redactada la norma –y como lo ha explicado magistralmente el señor diputado Maqueda- podemos dar lugar nuevamente a que se cometa ese fraude al que se ha hecho mención y que fue revocado por los fallos mencionados, que en muchos casos tuvieron como fundamento aquel famoso artículo de Fernando Legón.
Queremos dejar en claro que el ingreso del resumen de la tarjeta de crédito en la cuenta corriente de su titular no habilita la vía ejecutiva, evitando que ese fraude se produzca en nuestro derecho.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- El señor diputado Arias no acepta la propuesta, pero está dispuesto a que se trate la cuestión en otro momento. Replantee su proposición, señor diputado, y oportunamente se pondrá en consideración.
Reglamentariamente corresponde que la Cámara pase a votar el artículo 12 del dictamen.
-Resulta afirmativa de 59 votos; votan 116 señores diputados sobre 141 presentes.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Dado que las abstenciones modifican el resultado, se votará nuevamente.
-Resulta afirmativa de 76 votos; votan 134 señores diputados sobre 142 presentes.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En consideración el artículo 13 del dictamen.
Se va a votar.
-Resulta afirmativa de 80 votos; votan 114 señores diputados sobre 141 presentes.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En consideración el artículo 16 del dictamen.
Tiene la palabra el señor diputado por Catamarca.
Sr. FADEL.- Señor presidente: de acuerdo con el texto original dejaríamos habilitada la posibilidad de que los bancos sigan cobrando comisiones excesivas a los comercios y de que continúe en marcha la autoregulación a la que hicieron referencia y según la cual esas comisiones bajarían de un 10 a un 8,75 por ciento.
Nuestra propuesta consiste en poner un límite del 5 por ciento. Este no es un porcentaje caprichoso; se relaciona con la media internacional establecida para el cobro de comisiones, que fue reconocida por las propias empresas emisoras de tarjeta de crédito. El promedio internacional de las comisiones que se cobra a los comercios es del 4,86 por ciento.
Por tal motivo proponemos eliminar el primer párrafo de este artículo 16, que dice: "Las comisiones se pactarán libremente entre el emisor y el proveedor o comerciante en el respectivo contrato." De esta forma el segundo párrafo se convertiría en primero y agregaríamos un nuevo párrafo con la siguiente redacción: "Sin perjuicio de lo dispuesto en el presente artículo, el emisor no podrá en ningún caso efectuar descuentos superiores a un 5 por ciento sobre las liquidaciones presentadas por el proveedor."
Propongo que el párrafo que ahora quedaría en primer término quede redactado de la siguiente manera: "El emisor no podrá cobrar comisiones que difieran en más de tres (3) puntos..." a efectos de compatibilizarlo con el límite del 5 por ciento del que hablamos en el último párrafo.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. VICCHI.- Señor presidente: efectivamente, la Alianza en su proyecto había hecho un intento de régimen distinto, porque pensamos que al no haberse regulado la instalación de los grandes emporios de consumo -no se hizo en la República Argentina pero sí en la mayoría de los países- se genera un problema tremendamente grave para el pequeño y mediano comerciante, aunque a muchos no les guste que se diga esto.
Creíamos que era más importante fijar un tope máximo en este sentido para no generar esa gran diferencia entre los grandes supermercados, por ejemplo, y el pequeño o mediano comerciante de los centros urbanos que hoy en día está tratando de sobrevivir de una u otra manera en una competencia sumamente desleal, porque en la Argentina todavía no tenemos una ley antimonopólica importante ni algunas otras leyes complementarias. Entonces, un gran emporio puede especular con la entidad financiera y hacer las operaciones comerciales de este negocio jurídico con un descuento del 0,5 por ciento o del uno por ciento de interés. Por ejemplo, el que vende un televisor marca equis recibiría un descuento del 0,5 o uno por ciento del monto de la operación. En cambio, el pequeño y mediano comerciante que vive en el centro de la ciudad -a la que alimenta con sus impuestos-, que con su trabajo de todos los días genera a su vez nuevas fuentes de trabajo, por vender el mismo televisor marca equis más caro -porque se lo venden más caro en virtud de que tiene menos poder de compra- debe pagar por el mismo negocio jurídico de la tarjeta el 10 por ciento, o sea que no hay relación entre la situación de unos y otros.
- Ocupa la Presidencia el señor presidente de la Honorable Cámara, don Alberto Reinaldo Pierri.
Sr. VICCHI.- Por eso nos parecía importante fijar esta diferencia y decir que la tasa máxima que se le puede descontar por este tipo de negocio es del 5 por ciento y que entre los que operan en el mismo rubro no puede haber una diferencia de más de tres puntos.
En definitiva, esto no es más ni menos que tratar de hacer sobrevivir al pequeño y mediano comerciante, prestador de servicios o empresario de nuestro país que hoy en día están en una situación de bancarrota.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. DUMON.- Señor presidente: se está tratando en esta Cámara desde hace muchísimo tiempo el proyecto de ley de defensa de la competencia, que es parte de un conjunto de normas sobre la materia, la primera de las cuales fue la ley de defensa del consumidor. En la mencionada ley de defensa de la competencia quedó establecido lo que se llama la "posición dominante", que ha descripto crudamente el señor diputado Vicchi. ¿En qué consiste la posición dominante? Consiste en aquella situación que se da en el mercado por la que las empresas pueden determinarle condiciones incluso gravosas al resto del comercio. La condición, en este caso, es que los grandes centros de intermediación comercial imponen determinadas reglas a las emisoras de tarjetas de crédito.
Obsérvese que hasta ahora estuvimos hablando de una norma que trata de preservar los derechos del consumidor o del usuario de tarjetas de crédito. En este caso, lo que estamos tratando de preservar es la defensa de la competencia. Esto genera condiciones de comercio sustancialmente mejores para los grandes emprendimientos en relación con los pequeños.
Pero si estableciéramos sólo la diferencia planteada en el dictamen, que además es de cuatro puntos, podríamos encontrarnos con que para los pequeños comercios la comisión sea del 8 por ciento y para los grandes, del 4 por ciento, lo que significaría una desventaja para los comercios chicos, particularmente aquellos que venden artículos de gran valor. Pero también a posteriori significaría una ventaja muy importante respecto de quienes trabajan al menudeo.
De manera que, en defensa de la competencia, esta disposición debería estar incluida en esta norma, estableciéndose que no debería existir una diferencia de más de tres puntos en las comisiones. Si dispusiéramos una diferencia de tres puntos y no estableciéramos un tope máximo, esa diferencia se diluiría en el funcionamiento del comercio, razón por la cual insistimos en que no puede haber un tope máximo de cinco puntos, y que la diferencia en ningún caso puede ser de más de tres puntos.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. FAYAD.- Señor presidente: no voy a abundar en los acertados fundamentos que ya dieron los señores diputados Vicchi y Dumón, pero sí voy a señalar concretamente que la Alianza va a mocionar el siguiente texto para el artículo 16: "El emisor no podrá fijar aranceles que diferencien en más de los tres puntos en concepto de comisión entre comercios que pertenezcan a un mismo rubro o con relación a iguales o similares productos o servicios."
Aquí voy a tomar una parte del dictamen, con lo cual el artículo seguiría de la misma manera: "...con excepción de los comercios dedicados a la venta de combustibles y aquellas operaciones relacionadas con el sector público nacional, provincial y/o municipal, entidades de bien público o fundaciones." Y el texto continuaría así: "Se entiende que pertenecen a un mismo rubro los comercios que intermedian la oferta y la demanda en iguales o similares productos o servicios, con independencia del volumen de facturación o cualquier otro parámetro de diferenciación que tienda a discriminar en perjuicio de los pequeños y medianos comerciantes o altere la defensa de la competencia en las expresiones de la ley 22.262.
"Sin perjuicio de lo dispuesto, el emisor no podrá en ningún caso efectuar descuentossuperiores a un 5 por ciento sobre las liquidaciones presentadas por el proveedor."
Deseo realizar una breve explicación sobre por qué aceptamos la incorporación del sector público nacional, provincial o municipal. El proceso de bancarización que está viviendo el país motiva que la dinámica de cumplimiento de los pagos de algunos servicios se realice a tasa cero. En consecuencia, el pago de retribuciones, tasas, impuestos y tributos en el ámbito del Estado nacional, provincial y/o municipal debe constituir una excepción, y coincidimos en ello. También estamos de acuerdo con lo referido a las entidades de bien público porque ese objetivo no es directamente comercial, y muchísimo menos en el caso de las fundaciones.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- Tiene la palabra el señor diputado por Catamarca.
Sr. FADEL.- Señor presidente: solicito a los diputados del oficialismo que reflexionen en este sentido para que no se siga cobrando a los pequeños comerciantes las comisiones abusivas que ya se han mencionado.
Este es uno de los problemas más graves que tienen los pequeños comerciantes, y en un mercado lleno de imperfecciones estamos agregando un elemento disparador más a la concentración económica de la República Argentina. Si en verdad se pretende favorecer al pequeño comerciante y al usuario, establezcamos un límite en términos internacionales.
No constituye irracionalidad alguna el límite que solicitamos del 5 por ciento, pues aquí se reconoció que en los países desarrollados y con estabilidad la tasa promedio ronda el 4,86 por ciento. Por esa razón pedimos a los miembros del bloque oficialista que reflexionen al respecto y acepten el texto propuesto por la Alianza.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- Tiene la palabra el señor diputado por la Capital.
Sr. ALSOGARAY.- Señor presidente: en la Argentina de hoy gozamos de libertad económica y está en aplicación un sistema de razonable economía de mercado. Dentro de este esquema los precios se mantienen automáticamente estables y no hay problemas que se reflejen en la inflación. En la actualidad tenemos una inflación medida en términos de índices de precios de menos del 2 por ciento anual, lo que se consigue con la libertad.
Durante cuarenta años se practicó la regimentación económica, precios máximos y todo tipo de controles, con lo cual siempre tuvimos inflación y precios en suba; con libertad completa, los precios están estables y también existe estabilidad monetaria.
En el marco de estas condiciones hoy estamos tratando en este recinto la imposición de un precio máximo, que está contenida en el artículo 16 del dictamen pero también en el 17, para el que asimismo valen estas observaciones. Por lo tanto, esta no es una cuestión incidental sino importante, porque estamos variando el procedimiento y alterando el ritmo de la libertad económica que rige en el país para comenzar a introducir nuevamente controles. De persistirse en ese camino ello nos conduciría a inaceptables retrocesos hacia el pasado.
Puede argumentarse –y algo de razón cabe- que no vale la pena preocuparse tanto por este control de precios que se está tratando de establecer hoy pues en realidad se trata de un hecho comparativamente aislado en medio de un régimen de libertad. Sin embargo, no es así, porque toda la experiencia mundial demuestra que cuando comienzan los controles, estos se tornan cada día más necesarios, más extensos y abarcan mayores rubros de actividades.
Permítanme contar una breve anécdota de lo que ocurrió en la Argentina. Hace años los verduleros visitaban casa por casa y tenían la costumbre de regalar un atado de verdurita al ama de casa. Pero cuando los precios comenzaron a subir y se impusieron controles también se fijó el precio del atado de verdurita, por lo cual el verdulero tuvo que recurrir a determinadas maniobras para venderlo al precio fijado. Fue así como decidió sacar la hoja de apio del atado, porque era lo que representaba el mayor costo. Como consecuencia de ello debió dictarse un nuevo decreto fijando que el atado de verdurita costaba un peso pero que debía contener, por lo menos, una hoja de apio. Si extendemos esta anécdota a todo el sistema económico recordaremos rápidamente qué ocurrió en la República Argentina.
Por otra parte, conviene tener presente que no se trata sólo de una experiencia argentina. Tengo en mi poder un pequeño libro que se llama "Cuatro mil años de controles de precios y salarios" de la editorial Atlántida, cuyos autores son los profesores Robert Schuettinger y Eamonn Butler, en el que examinan los controles a lo largo de cuatro mil años, empezando por el Código de Hammurabi, siguiendo con los edictos de Dioclesiano y la experiencia nacional socialista en Alemania.
Lo que ahora se propone no significa un peligro inmediato pero representa una mala tendencia y un retroceso intelectual inaceptable, ya que estaríamos repitiendo errores. Estos controles son inútiles y lo único que van a provocar es alterar el sistema de las tarjetas de crédito y la aparición de un mercado negro de tasas de interés, con lo cual el sistema fracasará de igual modo que todas las experiencias sobre controles de precios y salarios.
Además, debemos tener en cuenta que esta norma es inconstitucional, porque el artículo 28 de la Constitución prohibe al Congreso dictar por vía de reglamentación controles que alteren la libertad económica y los derechos y garantías establecidos en el artículo 14.
Por las razones expuestas debe eliminarse la fijación de precios máximos establecida en los artículos 16 y 17, dejando aquellos aspectos que proveen al consumidor una mayor información. Por ejemplo, se puede legislar a fin de que exista más transparencia y conocimiento así como se explique la letra chica de los contratos, pero no recurrir al absurdo de volver a los controles de precios y salarios.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. VICCHI.- Señor presidente: algunas cosas no puedo dejar pasar por alto. En primer lugar, cuando uno habla de libertad y liberalismo debe ser consecuente con ello.
El liberalismo es una concepción ideológica –también económica- que abarca todos los aspectos de la sociedad. Por ello no corresponde decirse liberal cuando en realidad se es conservador. Los conservadores son aquellos que nada dicen cuando se agreden los intereses del pueblo pero sí protestan cuando se agreden los intereses de algunas corporaciones.
No he escuchado al señor diputado preopinante atacar el contexto de la futura norma mediante la regulación de la figura de la tarjeta de crédito, pero sí escuché sostener que se eliminen los supuestos topes a precios y salarios. O sea que nos están mandando un mensaje que, a lo mejor, es el de las corporaciones, y éstas nunca han podido gobernar bien un país, sino que siempre lo hicieron a costa de la mayoría de la gente.
Otra cosa que quiero señalar es que no se está estableciendo un tope, sino una relación que no se fijó antes, pues si en este país se hubiera reglamentado -como en una de las cunas de la libertad, Francia- que un gran supermercado no puede estar ubicado a menos de 100 kilómetros de un centro urbano, los pequeños y medianos comerciantes sobrevivirían tranquilamente. Pero aquí no lo hicimos antes. Aquí, como han dicho algunos autores, todo es laissez faire, laissez passer, es decir, dejar hacer, dejar pasar. Esto significa que los lobos se comen a las gallinas del gallinero, a lo que también hizo referencia los otros días el señor diputado Fayad.
Por eso también es bueno recordar que lo que el verdulero regalaba no era un atado de verduritas, sino perejil, con el que atraía a la gente para venderle el resto de las cosas. En mi provincia esos verduleros prácticamente han desaparecido gracias a la existencia de los otros grandes. Eso es malo, pues implica la desaparición de una importante capa de la sociedad argentina, que fue la que construyó esta Nación. Mi viejo y mi abuelo fueron inmigrantes, empezaron de abajo, vinieron con una mano atrás y otra adelante y ayudaron a construir este país, con el pensamiento de que podían crecer y constituirse en clase media; hasta vinieron desconociendo lo que era la propiedad privada. Ahora nos encontramos en la situación inversa, en un juego distinto: hay que perjudicar a los de abajo y ayudar a los de arriba, lo que es malo.
Por lo tanto, es bueno que se haya blanqueado este debate: quienes sustentan que todo esto se mantenga en los términos del oficialismo y que no se elimine son los que defienden los intereses de los grandes bancos, que no son los de la clase media ni de la gente humilde de este país (Aplausos.)
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. FAYAD.- Señor presidente: en mi exposición había planteado lo que la Alianza entendía sobre la redacción de un artículo sobre las comisiones. Esto necesariamente nos introduce en una discusión de carácter ideológico.
Al escuchar al señor diputado Alsogaray sentí una gran alegría. Lo felicito porque su pensamiento es de una coherencia absoluta y es el que nos ha llevado a esta situación, porque cuando el señor diputado Alsogaray habla de la libertad de mercado en el país, yo le preguntaría si el Estado, como mínimo, no puede ser árbitro de las situaciones de desequilibrio que produce el libre mercado.
Incluso utilizo palabras de él cuando hago referencia a un país con una tasa de inflación nula, donde se cobran -como lo anunció oportunamente el diario "La Nación" el 21 de abril de 1998- tasas de interés que superan el 146 por ciento anual, si tomamos en cuenta los intereses punitorios.
¿Se puede hablar de libertad de mercado, cuando un sector dominante -lo señalaba bien el señor diputado Dumón- establece posiciones que imponen condiciones usurarias a prácticamente un 30 por ciento de la población argentina?
¿Esa es la concepción que se tiene en relación al rol del Estado? ¿Cuál es el tipo de país que queremos? Esto no ocurre ni siquiera en la ortodoxia liberal, donde el Estado no se aparta de sus obligaciones elementales. Aquí, en cambio, tenemos un Estado que participa en favor de los más fuertes y no de los sectores medios y más necesitados.
Existe una coincidencia del señor diputado Alsogaray con la posición de libre mercado que lleva adelante este gobierno. Hoy leía con satisfacción en el diario "Ambito Financiero" que el señor jefe de Gabinete aseveraba que el Poder Ejecutivo no iba a vetar -¡créase o no!- la norma que apruebe el Congreso sobre este tema, porque reconoce que el sector emisor tuvo la posibilidad de autorregulación durante cinco o seis años. Aquí cabe destacar la madurez de los partidos liberales de los países en los que el liberalismo va a de la mano tanto en lo económico como en lo político.
Aquí, en cambio, se es liberal en lo económico, pero autoritario en lo político, como quienes han hablado, los que no permiten reducir las injusticias y desigualdades que hoy existen en el país.
No quería pasar por alto algunas consideraciones sobre esta perversa doctrina de la libertad de mercado en estas condiciones. No corresponde que se cite a los países del Primer Mundo para señalar que allí no hay regulaciones, subsidios o promociones, pues ello es mentira. La Comunidad Europea subsidia, subvenciona y promociona sus productos. Estados Unidos regula las actividades económicas y no aplica una libertad de mercado tan ortodoxa como la llevada a cabo en este país, que ha provocado este tipo de injusticias.
Para no abundar más en un debate doctrinario y para posibilitar un rápido tratamiento de la norma que nos ocupa, insisto en la moción de que la Cámara vote el artículo tal como fue propuesto por el bloque de la Alianza. (Aplausos.)
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- Tiene la palabra el señor diputado por Córdoba.
Sr. DOMINA.- Señor presidente: vamos a mantener el texto del artículo 16, con el agregado en la última parte del 2° párrafo de: "...y entidades de bien público."
Sr. SAQUER.- Solicito que la votación se realice en forma nominal.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- La Presidencia desea saber si el pedido de votación nominal resulta suficientemente apoyado.
-Resulta suficientemente apoyado.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- Se va a votar en forma nominal.
-Se practica la votación nominal.
Sra. SECRETARIA (PEREZ PARDO).- Sobre 170 señores diputados presentes votaron 80 por la afirmativa y 80 por la negativa, registrándose además 5 abstenciones. No se ha registrado el voto de 4 señores diputados por no haber hecho uso de sus respectivas llaves.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- Las abstenciones pueden cambiar el sentido de la votación, de manera tal que deberemos votar nuevamente.
Sr. CORCHUELO BLASCO.- Vote usted, señor presidente. Su desempate será histórico.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- Reitero que las abstenciones modifican el resultado. Por lo tanto, quien vaya a abstenerse deberá solicitar autorización de la Cámara, porque es muy importante para el resultado de la votación. De lo contrario, tendré que nombrarlos.
Habiéndose registrado abstenciones no autorizadas que indudablemente modifican el resultado de la votación, corresponde votar nuevamente.
Se va a votar nominalmente el artículo 16.
- Se practica la votación nominal.
Sra. SECRETARIA (PEREZ PARDO).- Sobre 171 señores diputados presentes votaron 81 por la afirmativa y 78 por la negativa, registrándose además 7 abstenciones. No se ha registrado el voto de 4 señores diputados por no haber hecho uso de sus respectivas llaves.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- Nuevamente se han registrado abstenciones sin autorización.
Si queremos avanzar seriamente en la consideración de este asunto, la Presidencia solicita a los legisladores que desean abstenerse que lo hagan saber. De lo contrario, solicitaré el listado respectivo para dar a conocer sus nombres.
En razón de que el número de abstenciones registradas puede influir en el resultado de la votación, se procederá a votar nuevamente en forma nominal el artículo 16.
- Se practica la votación nominal.
Sra. SECRETARIA (PEREZ PARDO).- Sobre 169 señores diputados presentes votaron 84 por la afirmativa y 80 por la negativa. No se ha registrado el voto de 4 señores diputados por no haber hecho uso de sus respectivas llaves.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- Habiendo resultado afirmativa la votación, correspondería pasar a considerar el artículo 17.
- Varios señores diputados hablan a la vez.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- No se ha registrado el voto de cuatro señores diputados por no haber hecho uso de sus respectivas llaves, pero ello no modifica el resultado de la votación.
- Varios señores diputados hablan a la vez.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- Vamos a dar los nombres de los señores diputados que votaron sin llave.
El diputado Brandoni votó sin llave. Eso no quiere decir que no se haya registrado el voto, sino que no se registró a quién perteneció.
Sr. VENSENTINI.- Hay que aprender a sumar: 84 más 80 suman 164.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- El voto del señor diputado Robles no figuró con el número de su llave; lo mismo ocurrió con el voto de los señores diputados Giustiniani y Zapata Mercader.
- Varios señores diputados hablan a la vez.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- Corresponde que la Cámara pase a considerar el artículo 17.
- Varios señores diputados hablan a a la vez.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- Si es necesario votar diez veces, lo haremos, pero entiendo que el resultado no se modificará.
Los señores diputados Giustiniani, Robles, Brandoni y Zapata Mercader deberían cambiar de banca dado que en las que tienen asignadas no funciona el sistema electrónico de registro del voto.
Sr. BALTER.- Señor presidente: el señor diputado Zapata Mercader no se encuentra presente y figura sin hacer uso de su llave. Este es el error.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- En la computadora aparece entre los diputados presentes.
Sr. BALTER.- Eso era lo que quería señalar. No puede aparecer el voto de alguien que no está.
- Varios señores diputados hablan a la vez.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- Ruego al señor diputado Viaña que abandone su banca ya que no puede participar en la votación.
Se va a votar nuevamente el artículo 16.
- Se practica la votación nominal.
Sra. SECRETARIA (PEREZ PARDO).- Sobre 169 señores diputados presentes votaron 85 por la afirmativa y 82 por la negativa. No se ha registrado el voto de un señor diputado por no haber hecho uso de su llave.
- Varios señores diputados hablan a la vez.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- La Presidencia advierte que en estas condiciones no se puede proseguir sesionando y que, de persistirse en la misma tesitura, deberá levantar la sesión.
- Varios señores diputados hablan a la vez.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- La Presidencia reitera que no es posible continuar con la sesión en estas condiciones. Pareciera que se pretende jugar u obstruir su desarrollo; los diputados que en el momento de la votación estaban sentados ahora están de pie.
- Varios señores diputados hablan a la vez.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- Si se desea proceder a una nueva votación, lo haremos, pero la Presidencia aclara que esta es la última vez; de lo contrario, procederá a levantar la sesión.
Sra. GARRE.- Pido la palabra.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- Tiene la palabra la señora diputada por la Capital.
Sra. GARRE.- Señor presidente: creo que el sistema está demostrando que no es confiable pues en las sucesivas votaciones hemos detectado demasiados errores. Esta es una votación importante y sus resultados parecen ser ajustados. En consecuencia, considero que lo más confiable, transparente, serio y ordenado que podemos hacer –aunque nos lleve algo más de tiempo- es que cada uno emita su voto de viva voz.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- La Presidencia comparte absolutamente el criterio sustentado por la señora diputada por la Capital.
Se procederá a votar nominalmente de viva voz.
- Votan por la afirmativa los señores diputados Abán, Abasto, Acevedo, Aguirre, Alterach, Arias, Baladrón, Bianculli, Cafiero (M.A.H.), Caillet, Camaño (E.O.), Camaño (G.), Cardoso, Carrara, Castillo, Corchuelo Blasco, Chaya, Chica, D’Errico, Das Neves, De Sanctis, Dómina, Domínguez (D.C.), Dragicevic, Drisaldi, Estrada, Fernández (A.M.), Ferreyra, Frigeri, Gabrielli, Galmarini, García, Godoy, González (M.L.), González (O.F.), Gorvein, Gudiño, Gutiérrez (D.B.), Herrera, Herrera Arias, Irrazábal, Joga, Lamberto, Latorre, López, Maqueda, Martínez Garbino, Mayans, Merlo de Ruiz, Mondino, Mosso, Mouriño, Müller, Nicotra, Obarrio, Olima, Ortega, Pérez, Pezoa, Pichetto, Pinto Bruchmann, Pruyas, Quinzio, Rampi, Remes Lenicov, Rivadera, Robles, Rollano, Roy, Salto, Salvatori, Santander, Sat, Scioli, Sebastiani, Snopek, Soria (C.E.), Soria (E.V.), Speratti, Suárez, Tulio, Ubaldini, Valdovinos y Zacarías.
- Votan por la negativa los señores diputados Abella, Adaime, Alessandro, Allende, Alvarez, Aramburu, Aubia, Avelín, Balestra, Balter, Barberis, Baylac, Becerra, Bonino, Brandoni, Bravo (A.P.), Bravo (L.A.), Bussi, Caballero Martín, Cafiero (J.P.), Caputo, Cardesa, Carrió, Casella, Castro, Colombo, Colucigno, Conti, Cruchaga, Curletti, De Bariazarra, Díaz Colodrero, Dumón, Estévez Boero, Fadel, Fayad, Fernández de Combes, Flores, Fontanetto, Francos, García Decano, Garré, Giles, Giustiniani, González Cabañas, Guevara, Gutiérrez (G.E.), Herrera Páez, Illia, Isequilla, Leyba de Martí, Lissi, Marelli, Massei, Méndez de Medina Lareu, Moreno Ramírez, Musa, Natale, Nieva, Pando, Parentella, Pascual, Passo, Pereyra de Montenegro, Pernasetti, Pinchetti de Sierra Morales, Piñón Avila, Polino, Puiggrós, Raimundi, Recio, Rivas, Rodil, Romero, Saggese, Sánchez, Sáquer, Soñez, Stolbizer, Torres Molina, Vago, Vensentini, Vicchi y Volando.
Sra. SECRETARIA (PEREZ PARDO).- Sobre 169 señores diputados presentes votaron 84 por la afirmativa y 84 por la negativa.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- En virtud de que se ha producido un empate la Presidencia vota en el mismo sentido en que se pronunció el bloque Justicialista. Por lo tanto, la votación resulta afirmativa. (Aplausos prolongados)
- Varios señores diputados hablan a la vez.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- En consideración el artículo 17.
Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. FAYAD.- Señor presidente: el artículo en consideración habla del interés compensatorio o financiero.
Este es uno de los tantos artículos...
- Varios señores diputados hablan a la vez.
Sr. FAYAD.- Señor presidente: en estas condiciones me resulta imposible continuar con mi exposición.
Sr. PRESIDENTE (PIERRI).- La Presidencia solicita a los señores diputados que guarden el debido silencio.
Continúa en el uso de la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. FAYAD.- Señor presidente: el dictamen del oficialismo establece un sistema en el cual el límite de los intereses compensatorios o financieros que el emisor establezca para el titular no podrá superar en más del 30 por ciento la tasa promedio aplicada en las operaciones de créditos personales sin garantía real que publique el Banco Central de la República Argentina. Esta fórmula nos da un resultado que tratamos de ajustar a la fecha.
Si bien el Banco Central no ha concluido todavía con el trabajo de emitir mensualmente la tasa promedio para los créditos personales sin garantía real, vamos a tratar de ilustrar a la Honorable Cámara con los elementos que tenemos para la determinación de cuánto significa en términos numéricos.
En la página 3 del suplemento económico del diario "Ambito Financiero" de hoy se indica que los préstamos personales en pesos, a doce meses, tienen una tasa anual promedio de mercado del 19,20 por ciento; el Banco de la Nación Argentina cobra el 21,9 por ciento; el Banco de la Provincia de Buenos Aires el 22 por ciento; otros bancos provinciales el 24 por ciento; los bancos privados nacionales -los que quedan-, también cobran el 24 por ciento; y la mayoría de los bancos privados extranjeros cobran una tasa del 24 por ciento. Es decir que casi redondeamos un 20 por ciento. Pero se establece que el emisor no podrá superar la tasa del 30 por ciento. O sea que estamos autorizando a la entidad emisora a que ponga el techo que establece el dictamen del oficialismo.
Calculado ese 30 por ciento sobre el 20 por ciento, estaríamos cobrando alrededor del 27 por ciento en concepto de intereses. Además tenemos la necesidad imperiosa de vincular esto con los intereses punitorios pues el dictamen del oficialismo así lo determina. Si el límite que se establece en concepto de intereses punitorios es de hasta un 50 por ciento, estaremos en un 13,5 por ciento, que sumado al 27 por ciento nos da un 40,5 por ciento, por lo que con ello no hay una diferencia sustancial con las medidas de autorregulación propuestas por el sector.
Con la experiencia de la reciente votación, más estas tasas que se pretende establecer, queda en claro -aunque no estén las cámaras de televisión, especialmente para aquellos que, mientras trabajábamos concienzudamente en la redacción de este proyecto, afuera se rasgaban las vestiduras en defensa del usuario y del comerciante- que se va a terminar aprobando un proyecto que proseguirá perjudicando a la gente.
En consecuencia, voy a fundar el artículo que propone la Alianza con respecto a las tasas de interés compensatorio o financiero. Sostenemos que la tasa máxima de financiamiento podrá llegar hasta dos veces y media la tasa pasiva máxima para depósitos garantizados a un año por el Banco Central de la República Argentina. Siguiendo el mismo medio de información, en la actualidad dicha tasa es del 20,65 por ciento. Es decir que estamos partiendo de una diferencia de alrededor de 6 ó 6,5 por ciento con la posición del oficialismo.
Con respecto a los intereses punitorios, establecimos que no podrán superar el 50 por ciento de los intereses compensatorios pactados. Aun tomando el máximo, el total llegaría escasamente a un 30 por ciento. Es decir que, dados los intereses compensatorios del artículo -que está en consideración-, y los punitorios -contemplados en el artículo 20-, podemos concluir -que nuestra propuesta es coherente, seria, responsable y no mediática.
Espero que tanto la Secretaría como la oposición hayan tomado nota de nuestra proposición, a efectos de que el oficialismo pueda fundar por qué presenta una propuesta diferente a la nuestra y por qué su postura está muy cerca de las pretensiones de los entes emisores.
La moción concreta es la que he mencionado con respecto al artículo 17.
- Ocupa la Presidencia el señor vicepresidente 2° de la Honorable Cámara, don Rafael Manuel Pascual.
Sr. PRESIDENTE (PASCUAL).- Tiene la palabra el señor diputado por Santa Fe.
Sr. NATALE.- Señor presidente: las tasas de intereses compensatorios y punitorios que cobran los bancos emisores de tarjetas de crédito son realmente abusivas y escandalosas.
No es verdad, como dicen los bancos, que esas altísimas tasas sean consecuencia del alto grado de morosidad que ellos tienen en sus carteras. Aunque ello fuera así, el alto grado de morosidad estaría determinado por la grandísima discrecionalidad con que se han distribuido las tarjetas de crédito.
Estoy seguro de que ningún banco entregaría un crédito personal con la ligereza con que reparte tarjetas de crédito a cualquier persona que se le ocurra pasar por una calle en la que está instalada una mesa distribuidora de tarjetas de crédito.
El sistema se generalizó a causa de esa actitud de los componentes del sistema financiero. Como consecuencia de ello, las moras fueron muy grandes y, naturalmente, provocaron un encarecimiento en el costo del dinero, que quiere ser compensado por la vía de intereses realmente abusivos y escandalosos.
¿Cuál es la solución a este problema? La primera y la segunda minorías nos proponen regular las tasas de interés. El señor diputado Fayad ha señalado con precisión que las tasas de interés a las que llega el despacho del oficialismo son tan escandalosas como las que están cobrando actualmente los bancos. La propuesta de la segunda minoría es algo más severa, pero también llega a magnitudes importantes.
Parecería que el objetivo buscado no se logra; pero lo más grave es que nos están proponiendo volver a vivir una película que ya hemos visto, conocido y practicado. Creíamos que ello estaba agotado en la Argentina.
La política de las tasas de interés reguladas comenzó hace cincuenta años en nuestro país, y se creyó originariamente que ellas contribuirían a que los modestos tomadores de créditos pudieran disponer de él en mejores condiciones.
Sin embargo, las cosas no fueron así. Hace cuarenta o cincuenta años siguieron gozando del crédito los grandes tomadores o los privilegiados, los amigos del sistema financiero, pero los tomadores corrientes desaparecieron y el crédito en la Argentina se extinguió, porque tasas que resultaban negativas en función de la inflación que se vivía llevaron a que el ahorro se escondiera en otras disponibilidades, se fuera al extranjero o se agotara en inversiones muchas veces innecesarias para el país.
Restablecimos el equilibrio de nuestra moneda. Conocimos la estabilidad monetaria, que para nuestra generación era un dato novedoso en nuestras vidas dado los años que llevábamos transitados sin ella. El crédito reapareció en el país. Las tasas de interés que hasta los años 92 y 93 eran altas y preocupantes comenzaron a descender, y finalmente hubo crédito para el consumo, para la vivienda y para otras demandas, a veces con tasas elevadas y en ocasiones con tasas accesibles. Ultimamente el crédito para la vivienda ha comenzado a expandirse en condiciones bastante similares a las de los mercados internacionales.
Sin embargo, por los abusos evidentes, ostensibles, notorios, en que ha incurrido el sistema financiero respecto del tema que nos ocupa se llega a que volvamos a ver una película conocida. Entonces, si hoy nos parece abusivo el interés -realmente lo es- y lo queremos regular, ¿por qué no regulamos el interés del sobregiro, por ejemplo? Todos sabemos que el interés sobre descubiertos asciende al 4 ó 5 por ciento mensual, circunstancia que representa un abuso en época de estabilidad. Sin embargo, hasta ahora a nadie se le ha ocurrido regularlo.
¿Cuál es el interés del crédito para consumo? ¿Alguna vez alguien se puso a contabilizar lo que cuesta un televisor, una heladera u otro bien de consumo durable o semidurable si se compra al contado o se paga en cuotas? Las tasas de interés en estos casos son altísimas.
Entonces, ¿por qué no regular las tasas de interés? Si regulamos el interés de las tarjetas de crédito también podemos regular el interés del descubierto, el interés de los créditos para consumo y, a fuerza de imaginación, podríamos regular así todas las líneas de créditos que se nos ocurrieran. Por supuesto, después habrá que pagar las consecuencias. Esa experiencia ya la vivimos: sabemos lo que es un país donde no hay crédito para nadie o lo hay sólo para los privilegiados, los amigos del gobierno, de los bancos o de las grandes empresas; para el pequeño productor o consumidor ese crédito se habrá extinguido. Hemos vivido durante cuarenta o cincuenta años sin que existiera el crédito y ahora estamos comenzando a recorrer el mismo camino que transitó la historia económica de la Argentina y que también siguió nuestra generación.
Muchas veces escuché decir a mi amigo y ex diputado Jorge Vanossi que el ser humano es el único animal que tropieza dos veces con la misma piedra, y me parece que estamos dando el ejemplo al que aludía Vanossi.
¿Cuál es la experiencia de los países europeos en esta materia? Porque no se ha hablado de este tema. Sabemos que existe la Unión Europea integrada por quince naciones con gobiernos de distinto color político. Tengo en mi poder legislación europea sobre este tema, que nos sirve como ejemplo para esta detallada discusión a la que estamos abocados. El 8 de diciembre de 1987 la Comisión Ejecutiva de la Comunidad Económica Europea dictó una recomendación denominada Código Europeo de Buena Conducta en Materia de Pago Electrónico que adopta todas las normas necesarias para que no se engañe al usuario del crédito, para que no se distorsione el contrato que firma y otra serie de disposiciones para que exista igualdad entre las partes contratantes. Pero no se les ocurrió introducir todas las regulaciones que nosotros pretendemos establecer en nuestro país. No se les ocurrió fijar tasas a los créditos de las tarjetas. Inclusive tienen una regulación del 30 de mayo de 1987 sobre liberación del tipo de interés, comisiones y normas de actuación de las entidades crediticias. Allá tienen liberadas las tasas de interés y las comisiones, aunque sí adoptan normas para asegurar un trato equitativo, que no haya engaños, etcétera. Este es el modelo europeo que siguen los liberales, los socialistas y la Unión Europea.
Hace un par de días estuve leyendo en "La Nación" un interesante reportaje que Germán Sopeña le hizo a Laurent Fabius, primer ministro socialista de Mitterand, hoy presidente de la Asamblea Nacional francesa. Cuando el periodista le pregunta cómo responde a los que dicen que el suyo es un gobierno de izquierda que hace una política económica de derecha, Fabius, que es un veterano socialista, dice lo siguiente: "No hay que hacer caso a esas definiciones; sea uno de derecha o de izquierda hay que actuar con responsabilidad y realismo en las cuestiones económicas."
El realismo y la responsabilidad en las cuestiones económicas nos dicen que si regulamos como dispone el despacho del justicialismo, o lo hacemos en los términos de la propuesta de la Alianza, en definitiva será pan para hoy y hambre para mañana, porque volveremos a la política del crédito regulado y esto ya lo conocemos los argentinos. Es la política que extinguió el crédito en el país, la que hizo que nadie tuviera la posibilidad de hacerse su casa o de comprarse la heladera en cuotas.
Por eso la política tiene que ser otra. Frente a las tasas realmente abusivas, frente a exacciones inadmisibles, el gobierno tiene la responsabilidad de educar al usuario, tiene que hacerle saber la tasa que está pagando. Todo esto que ha pasado en los últimos días, toda esta difusión de las tasas de interés ha abierto los ojos de muchos, y si esto se hiciera todos los meses muchísimos más ojos se abrirían y muchísima más gente se cuidaría de los compromisos, porque la tarjeta de crédito de la que hablamos implica un crédito muy corto que transcurre desde que se hace la compra hasta que se genera la obligación de pagar, es decir, escasos treinta días. Este es el crédito que funciona, aquí y en todo el mundo. Lo demás entra ya en el campo de la financiación. Cuando uno sabe que la financiación es cara, no la toma.
Cuando el crédito se restableció en la República Argentina y muchos seguían con el viejo esquema de que conseguir crédito era un privilegio, muchísima gente en forma indebida tomó crédito sin darse cuenta de que ese crédito que estaba tomando era la hipoteca que iba a terminar con su patrimonio.
- Ocupa la Presidencia el señor vicepresidente 1° de la Honorable Cámara, doctor Marcelo Eduardo López Arias.
Sr. NATALE.- Pasaron varios años. Hoy el ciudadano sabe que un descubierto cuesta muy caro y entonces no lo toma así porque sí. Hoy se fija en la tasa de interés que paga. Hoy se fija si un crédito para vivienda cuesta el 9, el 10 o el 11 por ciento de interés; además averigua cómo es la cuestión de la comisión, el seguro y los conceptos extras. Esto ha permitido que el ciudadano empezara a acostumbrarse a vivir en libertad para tomar sus propias decisiones e incluso las más favorables.
Si volvemos a la política de la regulación el crédito se va a extinguir en el país y los perjudicados no serán los poderosos sino los que menos acceso tienen al crédito. En definitiva, estaremos escribiendo una historia negra que ya vivimos. Por eso estoy en contra de estos artículos.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra la señora diputada por Corrientes.
Sra. PANDO.- Señor presidente: en los últimos días hemos asistido a la guerra periodística de los más fuertes contra los más débiles. Obviamente la batalla presentada es entre los que pretenden volver a un mercado regulado y los que defienden la libertad de mercado. Así se presenta hoy –a mi juicio erróneamente- el problema de las tasas de interés financieras o punitorias para las tarjetas de crédito.
Cuando analizamos esta cuestión no podemos obviar qué es lo que estamos adquiriendo por medio de una tarjeta de crédito. Generalmente se adquieren productos de consumo diario y familiar. Es difícil que el consumidor pueda elegir si toma o no el descubierto, porque las opciones y el producto son diferentes.
Entonces, estamos ante dos situaciones distintas. Por un lado, existe un mercado que vende y que es totalmente oligopólico y se ha constituido en colusorio en cuanto a las relaciones de comercio. Por otro lado nos encontramos con todos los consumidores que pueden elegir exclusivamente a 4 ó 5 clientes de la banca nacional e internacional que tienen cautivo el mercado.
No podemos engañar a la gente y plantear esta cuestión como libertad de mercado o regulación por parte del Estado. Creo que sería un poco más sensato de parte nuestra pensar que los dos integrantes de esta relación comercial –el consumidor y tomador de la tarjeta, y el que la ofrece o banco emisor- tienen posturas opuestas en sus posibilidades económicas y de elección. Cuando hay una diferencia muy importante en el mercado entre las dos partes contratantes para un mismo producto, no podemos permitir el libre juego de las reglas de mercado. La libertad de mercado únicamente funciona cuando hay igualdad de posibilidades, porque de lo contrario estaríamos beneficiando exclusivamente al sector más poderoso.
Como debemos analizar la legislación desde el punto de vista general, considerando a la totalidad de los actores –consumidores y emisores-, creo que estaríamos errando el camino si pretendiéramos confundir y expresar que la fijación de los intereses en el consumo de la tarjeta de crédito va a significar la vuelta a un mercado regulado. Ello no es así porque las situaciones no son iguales entre los 10 millones de clientes semicautivos en un mercado oligopólico y las cuatro o cinco empresas que concentran la emisión de las tarjetas.
Lo que pretendemos crear es igualdad de condiciones para situaciones económicas diferentes.
Tal como dice el señor diputado Natale, es cierto que hay que educar al soberano, al consumidor. Pero mientras tanto hay mayor exclusión y más desequilibrio social.
En este interregno no podemos ser más papistas que el Papa ni más liberales que los fundadores de la doctrina liberal; no podemos ser más liberales que Inglaterra, Francia o los Estados Unidos. Esos tres Estados cuidan que el mercado no se desfase. (Aplausos.)
Lo que estamos haciendo con actores de diferente posibilidad económica es beneficiar exclusivamente al que más tiene.
El Estado tiene que aparecer fuerte para equilibrar la relación económica de todos los habitantes y hacer realidad la propuesta del señor diputado Natale consistente en la culturización en la elección y uso de una tarjeta de crédito y en el rechazo de los intereses que no le son convenientes.
No establezcamos un interés que signifique una regulación, pero sí brindemos parámetros según los cuales no se puedan establecer porcentajes más allá de lo que los mismos bancos pagan a un jubilado o a un pequeño ahorrista cuando colocan su dinero. Establezcamos una relación entre la tasa que paga el banco y la que cobra a todos los argentinos.
Debemos formular una propuesta adecuada para todos: para el arco de la producción, para el arco empresario y financista, pero fundamentalmente para la mayoría, para los diez millones de argentinos que estamos en manos de un mercado oligopólico, ya que todos somos clientes cautivos.
Hasta tanto aparezca en el mercado una relación que signifique una paridad de fuerzas económicas, establezcamos parámetros que no impliquen una regulación sino una metodología que halle relación de tasas teniendo en cuenta la que pagan los mismos bancos.
Por ello fijamos nuestra posición como representantes del partido Liberal. Pero para nosotros Liberal significa libertad, igualdad de condiciones y, fundamentalmente, igualar a todos los argentinos en sus posibilidades teniendo en cuenta la ley de la oferta y al demanda. (Aplausos.)
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por la Capital.
Sr. POLINO.- Señor presidente: cuando solicité el uso de la palabra lo hice para observar una cuestión de forma y otra de fondo en relación con el artículo 17.
La cuestión de forma se vincula con el hecho de que en el artículo 17 se establece que el límite de los intereses compensatorios o financieros que el emisor aplique al titular no podrá superar en más del treinta por ciento a la tasa promedio.
A mi juicio no es el límite lo que no puede superar el treinta por ciento, sino que son los intereses los que no pueden superar ese porcentaje. Se trata de un problema de redacción, ya que la elegida no es muy feliz.
La cuestión de fondo sería la metodología para establecer la tasa. Coincido con lo que ha dicho el señor diputado Fayad: el despacho de mayoría no favorece los derechos ni los intereses de los usuarios. Es mucho más conveniente a los intereses de los sectores medios de la sociedad la redacción propuesta en nombre de la Alianza por el señor diputado Fayad.
Tengo sobre mi banca una información suministrada por la Secretaría de Industria, Comercio y Minería correspondiente al mes de abril de este año, que ha enviado a las distintas entidades de defensa del consumidor, iniciando una práctica que a mi juicio es bastante positiva: la difusión de la información requerida y aportada por los bancos y por las tarjetas de crédito. Si bien dice que dicha información no comprende a la totalidad de las entidades bancarias -sesenta y tres se encuentran en mora-, me parece que el hecho de dar a conocer a la Cámara estos datos es muy importante, sobre todo por partir de un organismo oficial.
El informe dice que la tasa nominal anual en dólares, referida a las tasas máximas de intereses punitorios, varía entre el 5,5 por ciento y el 36,6 por ciento. El Banco de la Provincia de Buenos Aires es el que tiene la tasa de interés más baja; en cambio, American Express es la que tiene la tasa más alta.
En cuanto a las tasas máximas de intereses punitorios en pesos, establece para el Banco de la Provincia de Buenos Aires el 5,5 por ciento, ascendiendo luego hasta llegar a la astronómica cifra de 148,76 por ciento.
La tasa máxima para adelantos en efectivo en dólares es del 24,2 por ciento la mínima y del 36,5 por ciento la máxima. En lo que se refiere a la tasa máxima para adelantos en efectivo en pesos, la mínima -que corresponde al Banco de la Ciudad de Buenos Aires- es del 38,9 por ciento, y la máxima -la del Citibank-, del 68,9 por ciento. La tasa máxima de financiamiento en pesos va del 18 por ciento al 144,8 por ciento, y la tasa máxima de financiamiento en dólares va del 12,2 por ciento al 60,8 por ciento.
Es decir que estamos ante tasas realmente usurarias que dejan en una situación de total indefensión y desprotección a los usuarios y consumidores. De modo que el Estado no puede permanecer indiferente frente a esta situación, aunque debe aclararse que la regulación que hoy discute este cuerpo no significa volver al dirigismo de otras épocas sino que trata de poner límites a tantos abusos que a diario se cometen contra tanta gente.
Para terminar, reitero la observación de forma y pongo el acento en la de fondo. La fórmula propuesta por la Alianza, por las razones ya explicadas por el señor diputado que las fundó, es a todas luces más equitativa y responde a la actual situación económica y financiera del país, en la que urge evitar estos abusos.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por La Pampa.
Sr. SUAREZ.- Señor presidente: es una misión realmente complicada poderse ubicar en este tema, entre una posición desde la que nos critican porque nos hemos quedado cortos en la determinación de los topes de la tasa, y otra posición que señala que en virtud del dogma liberal hay que dejar que la gente se embrome porque la cuestión es salvar el dogma. Pero aquí hay una sola verdad, que es la realidad.
Todos han oído, han aceptado y reconocido que estamos frente a un abuso, que en cifras va del 50 a más del ciento por ciento. Eso significa que en esta economía de mercado, como en cualquier otra, cuando no funciona la competencia tampoco funciona el mercado, y cuando hay abusos el Estado no puede renunciar a su responsabilidad de intervenir para equilibrar y armonizar los intereses de la sociedad, del Estado y de los individuos. Eso es lo que estamos intentando hacer ante un abuso que ha sido reconocido y donde, como respuesta a un tema que ha repercutido en este Congreso de la Nación, los propios autores del abuso lo han admitido públicamente, empezando a hablar de autorregulación, señalando que en un plazo no muy largo podrían llegar a disminuir la tasa de intereses punitorios a un 30 por ciento.
Esta misma gente ha estado reconociendo que no han funcionado las reglas del mercado y de la sana competencia y, por lo tanto, es legítimo que el Congreso intervenga como está intentando hacerlo.
Hay películas más nuevas y otras más viejas. Si vamos a hablar de películas puedo recordar algunas de hace cincuenta o sesenta años, donde había tanta libertad que ningún trabajador tenía derechos y debía trabajar de sol a sol. Entonces estaba bien protegido el dogma liberal, porque el Estado no intervenía para nada, era un Estado ausente. Hoy mismo se critica que en algunos sectores el Estado sigue ausente, cuando debería aplicar algún tipo de regulaciones en los casos en que no funciona la competencia y en los que algunos sectores dominantes gozan de privilegios, apropiándose de la transferencia de ingresos que se está produciendo.
En mi opinión se confunde el interés compensatorio con el interés punitorio. Resulta claro que el interés por financiamiento es el interés compensatorio. En ese sentido, un diputado dijo en este debate que si aplicaba un 30 por ciento sobre el 20 por ciento le daba como resultado 27 –a mí me da 26-, pero resulta que además sostenía que el punitorio representaba la mitad, o sea, 13, y sumaba 50 en lugar de 40. Tal vez se trató de un error o quizá de una picardía, pero lo cierto es que los números no son esos.
Mezclando los intereses compensatorios, que son los generados por financiamiento a quien decide con libertad hacer uso de él, tendríamos una tasa sensiblemente inferior al 30 por ciento, cuando hasta hace muy poco tiempo nadie se rasgaba las vestiduras porque se cobraba desde un 50 hasta más de un ciento por ciento.
La realidad es más fuerte que muchos argumentos y es lo que da legitimidad a nuestra actitud. Por otra parte, estamos interviniendo con cierta sensatez, pues en definitiva tampoco estamos determinando un precio fijo sino estableciendo referencias, que por supuesto pueden incrementarse o disminuir, porque eso tampoco está prohibido.
Nuestra propuesta –a la que seguidamente se dará lectura- es lo posible dentro de un marco en el que, a pesar de la estabilidad, las tasas de interés de todo el sistema financiero son en verdad muy altas. Sería un milagro que todas las demás sigan siendo muy altas y las de este sistema resultaran, por ejemplo, inferiores a las de un descubierto bancario.
Como lo expresé al comienzo de mi intervención, nos estamos debatiendo entre dos posiciones –palos por la izquierda y palos por la derecha-, cuando sólo estamos tratando de hallar el justo equilibrio en el convencimiento de que la peor ley es aquella que nunca se sanciona. Creemos que debemos tratar de aprobar algo porque corresponde intervenir cuando hay abuso. No funciona el mercado –no embromemos-, no hay competencia en este sector. La reacción de autorregulación ha sido tardía y consecuencia de este debate que se ha producido en el Congreso de la Nación.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Catamarca.
Sr. FADEL.- Señor presidente: es indudable que estamos pasando por momentos bastante difíciles en un debate en el que quienes hacen fundamentalismo del mercado pretenden empujarnos hacia el otro extremo, haciéndonos aparecer como los grandes reguladores. Estas actitudes dogmáticas crean una falsa antinomia entre libertad de mercado y regulación. Pero a los que hacen fundamentalismo de mercado no los escuché cuestionar la falta de transparencia del mercado financiero argentino.
Hablar de mercado implica también hacer referencia a la competencia, es decir, a la libertad de elegir, que está directamente ligada a la información y formación de los usuarios y consumidores.
Cuando la Honorable Cámara comenzó a debatir el proyecto de ley que regula el sistema de tarjetas de crédito, la Secretaría de Industria y Comercio publicó el ranking de las tasas de interés que cobran los bancos, actitud que debería haber tomado mucho tiempo antes.
Ahora los bancos alegremente dicen que en cuatro o cinco meses la tasa promedio del 55 por ciento será reducida a un 38 por ciento. ¿Qué cambió para que ahora digan que se van a autoregular? Por supuesto, ello fue consecuencia de la actitud tomada por la Secretaría de Industria y Comercio, que se vio presionada por el Congreso al decidir –primero fue un leve intento y ahora una decisión concreta- considerar un proyecto de ley que regule las tasas de interés de las tarjetas de crédito a fin de que el sistema sea más transparente.
Una vez más nos encontramos con que a la gente se la sorprende en su buena fe, porque cualquiera podría pensar que los grandes bancos son los que cobran las tasas de interés más bajas del mercado y que , por el contrario, las entidades más chicas aplican altas tasas; pero la realidad nos indica lo contrario.
En los últimos tiempos los grandes bancos ampliaron su universo de manera compulsiva, a tal punto que han otorgado alrededor de 12 millones de tarjetas de crédito, cuyo 80 por ciento está concentrado en dos de ellas. Estas entidades argumentan que se ven obligadas a cobrar las tasas que todos conocemos debido a la gran cantidad de tarjetas a la que muchos argentinos pudieron acceder y a la elevación de los índices de incobrabilidad.
Está bien que quieran ampliar el mercado y, por ende, sus ganancias, pero los riesgos no son asumidos por estas entidades sino que los transfieren automáticamente a las tasas de interés y perjudican a quienes cumplen. Esta es una de las imperfecciones más graves que tiene el mercado financiero argentino.
A quienes dicen que queremos volver al pasado porque pretendemos fijar regulaciones, no los escuché criticar a la Secretaría de Industria y Comercio por no haber actuado como autoridad de aplicación de la ley de defensa del consumidor. Digo esto porque hace mucho tiempo que se tendrían que haber publicado las distintas tasas de interés existentes en el mercado a fin de que los usuarios conocieran la usura en la incurren los grandes bancos, ya que las pequeñas entidades cobran tasas que ascienden al 23 por ciento contra el 60 por ciento de los primeros. Ello significa que el sistema es rentable con tasas del 23 por ciento para un pequeño banco que tiene un número más reducido de tarjetas de crédito emitidas. Por eso no decimos que queremos regular el sistema porque no estamos de acuerdo con la libertad del mercado. Hoy estamos sentados en nuestras bancas coincidiendo con el bloque oficialista en que hay que fijar una tasa de referencia, y que por debajo de ella puedan competir.
Esa coincidencia lleva implícito el reconocimiento de un mercado al cual le falta transparencia, y de un Estado que no cumple con su función de informar -y de formar- al usuario y al consumidor.
Estoy de acuerdo en cuanto a que la mejor manera de poner freno a esta situación es formando al usuario para que se sepa defender y elegir. Para eso están los organismos del Estado, a fin de garantizar la posibilidad de elección. Y la forma de garantizar esa posibilidad de elección es informando.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia informa al señor diputado que ha concluido su tiempo, por lo que le pide que redondee su exposición.
Sr. FADEL.- Ya concluyo, señor presidente.
No queremos pasar por alto estos cuestionamientos de liberales con minúscula, porque cuando hablaron los liberales con mayúscula hemos coincidido. Pero no nos vamos a dejar correr por estos liberales con minúscula que defienden los intereses de las grandes corporaciones y no del grupo económico más importante que existe: el de los consumidores. Ellos tienen menos capacidad de organización y, por ende, de defensa. Para protegerlos estamos nosotros y el Estado. Por eso pedimos al bloque del oficialismo que, si no acepta la redacción propuesta por el señor diputado Fayad en nombre de la Alianza, al menos acepte una modificación en la redacción original y, en lugar de considerar los créditos personales sin garantía real, considere los que sí la tienen, a efectos de bajar las tasas del 26 por ciento para los intereses compensatorios -que nos sigue pareciendo abusiva- y del 40 por ciento para los punitorios.
Si varios pequeños bancos están cobrando tasas del 23 por ciento, esto quiere decir que los grandes bancos tienen más margen para manejarse con tasas inferiores.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por San Juan.
Sr. BRAVO (L.A.).- Señor presidente: luego de escuchar a los señores diputados preopinantes uno llega a la conclusión de que no existe una razón absoluta en este tema.
Sin duda que los señores diputados Pando y Natale han sido lo suficientemente claros en cuanto a cómo interpretar dentro de un mercado libre el tema de la responsabilidad. Pero pareciera que los únicos responsables tenemos que ser nosotros cuando vamos a legislar de alguna forma.
En definitiva, si hay voluntad política debemos apoyar el proyecto de la Alianza por una simple razón: es el más duro contra los banqueros. Y esto lo digo porque ellos, que son los que deberían interpretar de mejor manera el liberalismo económico que vivimos en la Argentina, acuden a un capitalismo salvaje en donde los que tienen un poco más de poder se quedan absolutamente con todo.
Es lamentable que el presidente Menem haya dicho tan rápidamente que iba a vetar esta norma en caso de que fuese aprobada por el Congreso. La verdad es que los banqueros se empezaron a asustar cuando se dieron cuenta de que algo íbamos a hacer.
No habían pasado más de diez días desde que empezamos a hablar de un proyecto que regulara las tasas de interés, cuando ya los banqueros comenzaron a decir -porque tenían miedo de perder un poco de plata- que no hiciéramos nada, porque ellos iban a reducir sus tasas de interés. Nos estaban dando la razón. Decían: es verdad que la financiación está un poco cara; por ello la vamos a bajar solitos; no es necesario que ustedes intervengan.
Mientras tanto, observábamos a la pobre gente, a los millones de usuarios de tarjetas de crédito, que pertenecen a las clases media y baja, ya que cuando los bancos entregan las tarjetas de crédito no se fijan ni formulan preguntas. Saben que después pueden llegar a tener algunos problemas, pero si varias personas dejan de pagar, a quienes abonen les cobrarán intereses altísimos. Por lo tanto, la situación está siempre compensada a favor de los bancos.
Yo no soy un especialista en temas económicos, por lo que he escuchado con atención a los que saben de la materia. Los diputados de la Alianza dicen que los intereses deberían calcularse en función de una tasa de interés equivalente al doble de la pasiva, mientras que los intereses punitorios deberían surgir de una tasa de interés tres veces superior a la pasiva.
El justicialismo dice algo distinto. Señala que la tasa de interés no puede superar más de un 30 por ciento a la tasa de interés que cobran los bancos para sus créditos personales sin garantía real, que en este momento es del 25 por ciento.
Cuando contamos todo esto a la gente, la empezamos a confundir. Es necesario decir con claridad que aquí existen dos proyectos que tienden a un objetivo similar: regular las tasas de interés que la gente paga en este país. Sin embargo, una de las iniciativas regula mucho más, y está bien que ello sea así. Estamos regulando más porque los bancos han cobrado intereses excesivos durante mucho tiempo.
Si es verdad que esta globalización nos lleva a una libertad de comercio donde la tasa se fija entre quien presta dinero y quien lo recibe, si los banqueros aprenden su lección, en el futuro siempre será posible derogar esta norma. Los diputados se vuelven a juntar, dicen que los banqueros han aprendido a trabajar mejor y que los ciudadanos también comprendieron que no deben endeudarse en demasía, y eliminan esta legislación. Cuando ello ocurra, se demostrará que existe adultez entre todos los que componen la sociedad argentina.
Hoy no existe esa adultez, que sí encontramos en las sociedades de la Comunidad Económica Europea o en los Estados Unidos, y que sirve para defender a sus ciudadanos, como decía la señora diputada Pando.
De modo que no está mal que en este tema digamos claramente que hemos sido obligados por las circunstancias, pues los diputados no habíamos pensado en regular esta cuestión. Es necesario recordar que al Congreso concurrieron la Liga de Consumidores y los comerciantes a plantear un problema real a sus representantes. Así señalaron que las tasas de interés de las tarjetas de crédito eran muy altas. Cuando uno se atrasa, ya no puede pagar más. Si se demora dos o tres meses, ya se tiene que pensar en vender el auto.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia señala al señor diputado que ha vencido su tiempo.
Sr. BRAVO (L.A.).- Ya termino, señor presidente.
Hay que decir con todas las letras que vamos a regular a los bancos para que aprendan y para que les duela, porque ellos han obtenido muchas ventajas en el país.
Cuando todos aprendamos en la Argentina vamos a derogar esta regulación pero, hasta que llegue ese momento, es necesario apoyar el proyecto de la Alianza, que es el más duro de los dos.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. VICCHI.- Señor presidente: los artículos 17 y 20 del dictamen, que se refieren al tema de los intereses, conjuntamente con el recientemente aprobado artículo 16, autorizan a sostener un argumento que entiendo es valedero y fundamental en esta discusión.
No advierto que la ley del cheque o la de los títulos de crédito regulen los intereses de los pagarés, de los cheques o de la cuenta corriente bancaria, porque cuando se regula un instituto jurídico nada tienen que hacer en esa regulación cláusulas que son de absoluta transitoriedad, como sucede con los intereses.
En pocas palabras, estamos incorporando a una legislación de fondo un conjunto de artículos que no tienen envergadura para figurar en ella, y desgraciadamente éste va a ser el argumento que se va a utilizar para vetar la ley. Espero que no me echen la culpa por haber expuesto el justificativo dado que ya lo anticipó el presidente Menem, según lo manifestó el señor diputado Leopoldo Bravo.
Por distintas razones nunca se ha dado una discusión a fondo sobre el tema de los intereses en el seno de esta Cámara que amerite tal envergadura y calidad de sus miembros que alguna vez se disponga un razonamiento lineal, sustancial, profundo, sobre por qué en un país que ha trazado un modelo económico que no nace de la libertad -como me lo refrescaron recientemente- sino de una ley de equivalencias de uno a uno con el dólar para recién después jugar en el ámbito de la libertad, nadie ha hecho alusión a uno de los temas más trascendentes, que es la deuda que tiene este gobierno con el pueblo; porque en su momento también el señor diputado Cavallo lo integró y se comprometió a encarar una reforma financiera que nunca llevó a cabo.
Ahora me referiré al tema de los intereses, que es el que nos atañe. ¿Alguna vez se han preguntado por qué en un país con moneda dura como la República Argentina, con una ley de equivalencia de uno a uno con el dólar, donde el peso se equipara con una moneda estabilizada, fuerte y solidificada en el mundo entero, sin embargo cuando se lleva el capital a trabajar cambia sustancialmente el juego de los intereses? Esto tiene que tener una respuesta y el hombre común seguramente se debe formular ese interrogante. ¿Cómo se puede explicar que la Argentina siga jugando dentro de este sistema financiero con moneda dura y semejante barbaridad en las tasas de interés? Y aquí viene el otro problema: porque la Argentina no supo ni quiso en este tiempo sancionar las normas que tenía que sancionar, que eran las leyes regulatorias.
Todos saben que yo no quería la reforma constitucional. Voté en contra. Pero de esa Constitución nacieron un montón de obligaciones para este Congreso, en cuanto al dictado de leyes que no se sancionan. Este Congreso tiene la falencia de no haber legislado durante estos nuevos tiempos sobre una figura jurídica penal que es trascendente en este país del primer mundo.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Su tiempo ha concluido, señor diputado.
Sr. VICCHI.- Ya termino, señor presidente.
Me refiero a la figura de la usura. Nadie se ha puesto a pensar en cómo legislar contra la usura, porque si hubiéramos legislado sobre ella no haría falta poner en una ley de fondo artículos que son de absoluta relatividad.
Si tuviéramos una ley contra la usura, con un Banco Central que supiese delimitarla, el Congreso de la Nación no estaría sometido a las presiones de los lobbies de ningún sector, fundamentalmente del financiero, que buscan condicionar la imposición de una tasa de interés.
Pero lo que es mucho más preocupante no es el condicionamiento que le puedan hacer a este Congreso sino el que le pueda hacer a mi presidente el mismo lobby.
En este sentido, creo que el tema de la tasa de interés es una aberración. Hoy se estafa a la gente. Le tienen miedo a la regulación. Pero es un círculo vicioso, porque quieren que no los regulemos para dentro de un tiempo seguir cobrando la misma tasa de interés que vienen cobrando hasta ahora.
Mientras no dictemos la ley de fondo vamos a tener muchos problemas. Sé que no es lo más conveniente lo que estamos proponiendo, pero es mucho mejor que lo que plantea el oficialismo; y lo digo a cara descubierta y con absoluta seriedad y responsabilidad: ¿saben qué hace falta? Legislar sobre la usura. Alguien tiene que definir en este país cuál es la figura que delimita lo ilícito de lo legal en la tasa de interés. Cuando tengamos eso delimitado no habrá presión que valga de ningún sector; no en la tarjeta de crédito, sino en las tasas de interés de las cuentas corrientes, en los descubiertos de los cheques, en el descubierto de los pagarés, en los créditos hipotecarios y en lo que se les dé la gana, porque eso será un país en serio. (Aplausos.)
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.
Sr. BALTER.- Señor presidente: seré muy breve en mi exposición habida cuenta de que durante la discusión en general el señor diputado Gutiérrez –en representación de nuestra bancada- fijó con claridad y precisión nuestra postura respecto de esta iniciativa.
En relación con este artículo en particular, y después de las muy buenas exposiciones de los señores diputados Natale y Pando, creo que es poco lo que podemos agregar para enriquecer este debate. Simplemente deseo expresar que los problemas no se solucionan sólo con fines altruistas ni con buenos objetivos. Todos estamos preocupados por las excesivas tasas que cobran las tarjetas de crédito. Nadie podría estar sensatamente en contra de ello. Sin embargo, adviértase cuántas buenas intenciones ha tenido este Congreso al legislar para lograr ese objetivo. En este sentido, no hace mucho tiempo se sancionó casi por unanimidad –creo que fue sólo con dos votos en contra- el régimen de la factura de crédito. Basta leer los Diarios de Sesiones para recordar que uno de sus objetivos fue precisamente disminuir la tasa de interés para las pequeñas y medianas empresas. ¿Cuál fue el resultado? ¿Bajaron las tasas o se obligó a muchos pequeños y medianos comerciantes a pasar a la clandestinidad o a la marginalidad en sus operaciones? Nadie dudaba entonces del claro objetivo que se perseguía.
Aquí no se trata de hacer liberalismo con minúscula, como alguien pudo haber expresado con alguna ligereza, ni de desproteger al ciudadano. Cuando los liberales –que son uno solo, con minúscula y con mayúscula- tienen que intervenir, lo hacen, y lo han hecho en nuestro país no hace cincuenta años sino hace ochenta o noventa. Siempre lo hicieron con inteligencia, claridad y realismo. Si bien hoy hay algunos que están en contra, en su momento Carlos Pellegrini creó el Banco de la Nación Argentina para dar respuesta y protección cuando se vislumbraba la necesaria actuación del Estado.
Aquellas eran respuestas inteligentes y sensatas; no se pretendía modificar la ley de gravedad. Hoy hay quienes desean modificar los elementos que componen la ley de gravedad para que la caída sea más suave. Eso no es posible, porque si lo intentáramos estaríamos confundiendo los objetivos. Lo que queremos es bajar la tasa, y para ello hay elementos. No es por la presión o por el miedo que imponía este Congreso que los banqueros comenzaron a bajar las tasas -y en esto disiento con la opinión de un amigo- sino por la transparencia de la información y de las comunicaciones. Cuando se puso en conocimiento de los consumidores cuánto cobraba cada una de las tarjetas, inmediatamente comenzaron a bajar las tasas de interés. Esto es lo que ocurrió, por ejemplo, en el caso de los créditos hipotecarios. No hizo falta una ley de este Congreso sino simplemente una resolución por la cual se obligaba a las distintas entidades financieras a publicar el ranking de las tasas que se cobraban. Por esta operatoria los bancos cobraban tasas del 40 al 60 por ciento y no había créditos. Luego de que se obligara a hacer transparente el mercado se empezaron a conseguir créditos a 15 y 20 años con tasas del 9 y 10 por ciento. Era necesario proteger al consumidor y se logró con la transparencia en la información.
¿Qué ha pasado con el financiamiento en el mercado automotor? Según algunos avisos, con una mínima parte de contado se financia a tasa cero el resto de la operación a determinado plazo.
Hay que ver los avisos de las distintas automotrices para ver cómo funciona un mercado transparente y de competencia.
No voy a abundar en otros ejemplos que han tenido lugar en la vida de la República y que demuestran cómo, potenciando la competencia y siempre tratando de proteger la libertad del consumidor, se obtienen mejores resultados.
Escuché atentamente la exposición de quien me antecedió en el uso de la palabra. Utilizó un argumento de peso que sirve para estar más convencido que nunca de que esta ley no va a ser buena. Según ese razonamiento vamos a llegar a la sanción de esta ley y corremos el riesgo de que se produzca un veto parcial, dejando más desprotegidos que nunca a los consumidores, porque existirá el instrumento de la ejecutividad de la deuda pero no habremos logrado resolver el problema que se buscaba salvar con la sanción de esta ley.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. ARIAS.- Señor presidente: era natural que en el tratamiento de este artículo escuchásemos las intervenciones más vehementes y apasionadas, porque constituye la columna vertebral de todo el proyecto.
En este artículo se instrumenta normativamente la protección para la gente, para el conjunto de los usuarios de tarjetas de crédito, que en su gran mayoría son cautivos del sistema. La sociedad contemporánea obliga al uso de este sistema y una vez que se entra en su mecánica es muy difícil salir de él.
Escuchaba con mucha atención intervenciones vehementes pero incoherentes. Advertía de pronto la incoherencia política de la coincidencia del liberalismo ortodoxo apoyando propuestas de la izquierda intervencionista y haciendo suyos proyectos proteccionistas. Fue una sorpresa.
¿Cómo vamos a desconocer las ventajas de la economía de mercado y del juego de la oferta y la demanda en este terreno? Tenemos experiencia y tenemos memoria. No en balde transcurrieron para nosotros los últimos veinte años con su cuota de marcada intervencionismo en el ámbito financiero.
Fue una política iniciada por la dictadura sanguinaria, y preservada y conservada por el primer gobierno democrático. Fuimos nosotros quienes a través de distintas medidas financieras desactivamos esos mecanismos perversos que ocasionaron gravísimos perjuicios al conjunto de la sociedad argentina.
¿O es que los señores diputados no recuerdan la cuenta de regulación monetaria? ¿No tienen presente quién tenía la titularidad de los depósitos bancarios y quiénes percibían cuantiosas retribuciones del Tesoro nacional precisamente por maniobrar y especular con los depósitos de los ahorristas que estaban en las instituciones financieras, muchos de los cuales estaban destinados a las mesas de dinero que actuaban como cuevas subsidiarias de los grandes entes financieros?
Esto significó para la República, en los diez años que nos precedieron, un daño del orden de los cien mil millones de pesos, tomando al peso como equivalente al dólar; o sea que fueron cien mil millones de dólares transferidos por el Estado nacional a los sectores financieros. Esta política -reitero- fue también aplicada por quienes tuvieron el manejo de las finanzas luego de superada la etapa de la dictadura.
Nosotros tenemos memoria y muy en claro cuáles fueron estos mecanismos perversos que debimos desactivar, que estuvieron legitimados no solamente a través de la legislación sino también de las circulares que dictaba el propio Banco Central.
El camino de las acciones judiciales estaba cerrado porque toda esta maniobra se consumaba precisamente a partir de normativas emanadas de la autoridad competente. Pero nosotros entendimos que el camino que se había transitado estaba equivocado. Ese camino nos había conducido a la hiperinflación y prácticamente al borde de la disgregación nacional. Por ello fue que comenzamos con el dictado de la ley de convertibilidad y continuamos con la ley de reforma del Estado; y esto es mérito exclusivo, -al igual que el conjunto de normas con particular incidencia en el área financiera- del Partido Justicialista.
Por lo expuesto, nos sentimos orgullosos de toda la política desarrollada por el gobierno del presidente Menem, y en particular de ésta, que nos permitió no solamente dejar atrás la dolorosa experiencia de la hiperinflación sino también afrontar exitosamente la crisis del efecto "tequila" y la que fue producto de la situación económico financiera que se vivió hace muy poco en el sudeste asiático.
Hoy exhibimos con mayor orgullo aún una situación financiera sumamente floreciente. Podemos decir con gran satisfacción que el sistema financiero argentino está fuerte, robusto y consolidado, y como un elemento para exteriorizar estos logros puede tomarse en cuenta solamente que la plaza financiera argentina tiene más de 70 mil millones de dólares en depósitos. O sea que no solamente recuperamos aquellos que nos abandonaron frente a los vaivenes de la situación económico financiera producto de estas crisis en el mundo globalizado sino que hemos ido en permanente crecimiento y hoy tenemos estos logros que exhibimos -repito- con inmenso orgullo.
En consecuencia, nuestro proyecto tiende en lo posible a mantener la regulación del mercado en el ámbito propio de los préstamos personales, de acuerdo con la ley de la oferta y la demanda.
Por ello es que decimos que el préstamo de las tarjetas de crédito no constituye más que una modalidad dentro del género préstamos personales y les permitimos que sea cada institución bancaria la que fije la base y el punto de referencia a fin de establecer límites que combatan la usura y que también imposibiliten los abusos, que son del conocimiento del conjunto de la sociedad y, en particular, de los integrantes de esta Cámara, porque no tengo ninguna duda de que la mayoría tiene cuatro o cinco tarjetas de crédito, es decir que están sometidos a los rigores y los vaivenes que se producen en los mecanismos que se aplican con la moneda plástica.
Sobre esta base, hemos fijado como límite máximo el del 25 por ciento respecto, precisamente, de estos intereses que se aplican en cada una de las entidades bancarias para los préstamos personales.
Para aquellas instituciones o empresas de tarjetas de crédito que no pertenecen al sistema bancario, tomamos como referencia el promedio de tasas del sistema para operaciones de préstamos personales publicado mensualmente por el Banco Central de la República Argentina.
Entendemos que de esta manera estamos conciliando dos situaciones que queremos preservar: el funcionamiento de la economía de mercado en el ámbito financiero, y el combate a los abusos para evitar situaciones de usura.
Por eso, antes de concluir voy a proceder a dar lectura del artículo respectivo para que tengamos en cuenta las modificaciones que hemos introducido al texto original.
Dice así: "Artículo 17.- Interés compensatorio o financiero. El límite de los intereses compensatorios o financieros que el emisor aplique al titular no podrá superar en más del veinticinco por ciento (25 %) a la tasa que el emisor aplique a las operaciones de préstamos en moneda corriente para clientes.
"En caso de emisores no bancarios, el límite de los intereses compensatorios o financieros aplicados al titular no podrá superar en más del veinticinco por ciento (25 %) al promedio de tasas del sistema para operaciones de préstamos personales publicados del día 1 al 5 de cada mes por el Banco Central de la República Argentina.
"La entidad emisora deberá obligatoriamente exhibir al público en todos los locales la tasa de financiación aplicada al sistema de tarjeta de crédito."
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se va a votar el artículo 17 tal como ha sido leído por el señor diputado Arias.
- Resulta afirmativa de 85 votos; votan 152 señores diputados sobre 157 presentes.
Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia informa que ha recibido la inquietud de los distintos bloques para pasar a cuarto intermedio hasta el próximo miércoles. En ese sentido, y en virtud de las facultades que el artículo 171 del Reglamento le acuerda, invito a la Honorable Cámara a pasar a cuarto intermedio hasta el próximo miércoles a las 15.
- Es la hora 23 y 45.
"A la continuación de este debate en la Reunión 17, Punto 6"
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