17ª REUNION - Continuación de la 8ª SESION ORDINARIA

Junio 10 de 1998


Presidencia del señor diputado Marcelo Eduardo López Arias

Secretarios: doctores Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo, Enrique Horacio Picado y Ariel Puebla

Prosecretarios: doctor Juan Estrada y señor Juan Carlos Stavale


Lista de oradores

Alessandro

Arias

Becerra

Cafferata Nores

Casella

Das Neves

Domínguez

Dumón

Estrada

Fadel

Fayad

Martínez Zuccardi

Passo

Polino

Rampi

Roggero

Stubrin

Vicchi

SUMARIO

  1. Manifestaciones relacionadas con la labor de la Honorable Cámara
  2. Moción de orden formulada por el señor diputado Cafferata Nores de que la Honorable Cámara se aparte de las prescripciones del reglamento y moción de que se trate sobre tablas el asunto al que se refiere el número 3 de este sumario. Se aprueban ambas proposiciones
  3. Consideración del dictamen de las comisiones de Legislación Penal y de Familia, Mujer y Minoridad en los proyectos de ley de los señores diputados Carrió y otros (398-D.-97), Caillet (489, 6.003-D.-97, 1.038, 1.041 y 1.044-D.-98), Schiaretti (1.158-D.-97), Sobrino (1.455-D.-97), Domínguez (D.C.) (2.405-D.-97), Bortolozzi de Bogado (4.282 y 5.687-D.-97), Godoy (4.747-D.-97), Alvarez (C.R.) (4.855-D.-97), Sat (5.323 y 6.509-D.-97), Fayad (5.347-D.-97), González Gaviola (6.318-D.-97), Corchuelo Blasco y otros (6.325-D.-97), Cafferata Nores (6.358-D.-97), Banzas de Moreau y otros (6.649-D.-97), Fernández Meijide y otros (51-D.-98), Camaño (G.) y Maqueda (86-D.-98), Martínez (S.V.) (155-D.-98), Drisaldi (425-D.-98), Cafiero (J.P.) (602-D.-98), Rubeo (842-D.-98) y Roy y Aramburu (920-D.-98), sobre modificación del Código Penal en materia de delitos contra la honestidad. Se sanciona con modificaciones
  4. Moción de orden formulada por el señor diputado Rampi de que la Honorable Cámara se aparte de las prescripciones del reglamento y moción de que se traten sobre tablas los asuntos a los que se refiere el número 5 de este sumario. Se aprueban ambas proposiciones
  5. Consideración de los dictámenes sin disidencias ni observaciones y de término vencido por los que se aconseja la sanción de proyectos de ley, de resolución y de declaración
    1. Dictamen de la Comisión de Previsión y Seguridad Social en el proyecto de ley del señor diputado Cruchaga y otros por el que se modifica el artículo 53 de la ley 24.241, de Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (158-D.-98).
    2. Dictamen de la Comisión de Legislación General en el proyecto de ley de la señora diputada Caillet por el que se modifica el artículo 9° de la ley 13.512, de propiedad horizontal(5.227-D.-97).
    3. Dictamen de la Comisión de Legislación General en los proyectos de ley de los señores diputados Vensentini y otros (6.710-D.-97), Piriz (36-D.-98) y Dumón y otros (695-D.-98) sobre creación del Registro Público Nacional de Contratos por Adhesión.
    4. Dictamen de las comisiones de Relaciones Exteriores y Culto, de Intereses Marítimos, Fluviales, Pesqueros y Portuarios y de Transportes en el proyecto de ley en revisión por el que se aprueba el Protocolo Modificatorio del Convenio sobre Transporte Marítimo entre la Argentina y China (53-S.-97). Se sanciona definitivamente (ley 24.990).
    5. Dictamen de las comisiones de Relaciones Exteriores y Culto y de Comunicaciones e Informática en el proyecto de ley en revisión por el que se aprueban las Enmiendas al Convenio Constitutivo de la Organización Internacional de Telecomunicaciones Marítimas por Satélite y el Acuerdo de Explotación de la organización Mundial de Telecomunicaciones Marítimas por Satélite, adoptadas en 1985 (106-S.-97). Se sanciona definitivamente (ley 24.491)
    6. Dictamen de las comisiones de Relaciones exteriores y Culto y de Comunicaciones e Informática en el proyecto de ley en revisión por el que se aprueban las Enmiendas al Convenio Constitutivo de la Organización Internacional de Telecomunicaciones Marítimas por Satélite (Inmarsat) y el Acuerdo de Explotación de la Organización Mundial de Telecomunicaciones Marítimas por Satélite (Inmarsat) adoptadas en 1989 (107-S.-97) Se sanciona definitivamente (Ley 24.992)
    7. Dictamen de las comisiones de Relaciones Exteriores y Culto, del Mercosur y de Cultura en el proyecto de ley en revisión por el que se aprueba el Protocolo de Integración Cultural del Mercosur. (118-S.-97) Se sanciona definitivamente. (Ley 24.993)
    8. Dictamen de las comisiones de Relaciones Exteriores y Culto y de Ciencia y Tecnología en el proyecto de ley en revisión por el que se aprueba el Acuerdo de Cooperación Científica y Técnica entre la República Argentina y la República de Trinidad y Tobago. (184-S.-97) Se sanciona definitivamente. (Ley 24.994)
    9. Dictamen de la Comisión de Transportes en el proyecto de declaración del señor diputado Gutiérrez (G.) y otros por el que se solicita al Poder Ejecutivo que disponga la prórroga del llamado a concurso público nacional para la adjudicación de los exámenes relacionados con la "Evaluación Psicofísica de los Conductores de Vehículos del Transporte Terrestre de Pasajeros, Cargas Generales y Mercaderías Peligrosas de Jurisdicción Nacional". (2.751-D.-98)
    10. Dictamen de las comisiones de Defensa Nacional, de Transportes y de Obras Públicas en el proyecto de resolución del señor diputado Etchevehere y otros por el que se expresa preocupación por el estado en que se encuentran los aeropuertos de Sauce Viejo, provincia de Santa Fe, y General Urquiza, de Paraná, provincia de Entre Ríos (1.626-D.-98)
    11. Dictamen de las comisiones de Cultura y de Comunicaciones e Informática en el proyecto de declaración de los señores diputados Abella y Leyba de Martí por el que se declara de interés parlamentario el "Primer Encuentro Internacional de Comunicación y Séptimo Congreso Nacional de Estudiantes de Comunicación Social" (1.449-D.-98). Se sanciona como resolución.
    12. Dictamen de las comisiones de Libertad de Expresión, de Derechos Humanos y Garantías y de Comunicaciones e Informática en el proyecto de declaración de la señora diputada Camaño (G.) por el que se expresa adhesión al Día Mundial de la Libertad de Expresión (2.594-D.-98).
    13. Dictamen de la comisión de Industria en el proyecto de declaración de la señora diputada Latorre y otros (2.712-D.-98) y en el proyecto de resolución de la señora diputada Tulio (2.762-D.-98) por los que se declaran de interés parlamentario la "Feria Internacional de la Alimentación Rosario 98" y la muestra "Mundo Lácteo". Se sanciona un proyecto de resolución.
    14. Dictamen de las comisiones de Acción social y Salud Pública y de Familia, Mujer y Minoridad en el proyecto de resolución de la señora diputada Curletti de Waisfeld y otros por el que se declara de interés parlamentario el I Congreso Internacional de Integración de Niños con Discapacidad en la Escuela Común (1.894-D.-98).
    15. Dictamen de las comisiones de Relaciones Exteriores y Culto y de Derechos Humanos y Garantías en el proyecto de declaración del señor diputado Estévez Boero y otros por el que se solicita al Poder Ejecutivo que demande ante la Organización de las Naciones Unidas el cese de las matanzas en Argelia (1.793-D.-98).
    16. Dictamen de las comisiones de Defensa Nacional y de Ciencia y Tecnología en el proyecto de declaración del señor diputado Etchevehere y otros por el que se solicita al Poder Ejecutivo la restitución de un inmueble en Paraná, provincia de Entre Ríos, que ocupara la Subintendencia de Ejército (1.312-D.-98)
    17. Dictamen de la Comisión de Educación en el proyecto de declaración del señor diputado Delich por el que se expresa preocupación por el cierre del profesorado de enseñanza primaria de la Escuela Normal N°4 "Domingo Faustino Sarmiento" en San Francisco del Monte de Oro, provincia de San Luis (435-D.-98). Se sanciona como resolución.
    18. Dictamen de la Comisión de Educación en los proyectos de declaración de las señoras diputadas Leyba de Martí (1.664-D.-98) y Latorre y otros (1.959-D.-98) por los que se declara de interés legislativo la Olimpíada Matemática Argentina (OMA). Se sanciona uno de resolución.
    19. Dictamen de la Comisión de Educación en el proyecto de resolución de la señora diputada Gómez de Marelli y otros por el que se adhiere al 80° aniversario de la constitución de la Federación Universitaria Argentina (FUA) (2.135-D-.98).
    20. Dictamen de las comisiones de Obras Públicas y de Intereses Marítimos, Fluviales, Pesqueros y Portuarios en el proyecto de declaración del señor diputado Gatti por el que se solicita al Poder Ejecutivo que evite los eventuales daños que ocasionaría el desborde del río Quinto en las poblaciones de la provincia de Buenos Aires (2.389-D.-98).
    21. Dictamen de las comisiones de Comunicaciones e Informática y de Educación en el proyecto de declaración del señor diputado Pascual por el que se solicita al Poder Ejecutivo que disponga la emisión de sellos postales en conmemoración del 80° aniversario de la reforma universitaria (698-D.-98).
    22. Dictamen de la Comisión de Tercera Edad en el proyecto de declaración de la señora diputada Guevara y del señor diputado Santín por el que se declara de interés parlamentario la I Olimpíada entre Centros de Jubilados y Pensionados de la Ciudad de Buenos Aires (2.812-D.-98). Se sanciona como resolución.
    23. Dictamen de la Comisión de Asuntos Cooperativos y Mutuales en el proyecto de declaración de los señores diputados Martínez Garbino y Zacarías por el que se solicita al Poder Ejecutivo que disponga que se declare a 1998 como el año del Centenario del Cooperativismo Argentino (2.543-D.-1998).
    24. Dictamen de la Comisión de Intereses Marítimos, Fluviales, Pesqueros y Portuarios en el proyecto de resolución del señor diputado Lafferriere por el que se solicita al Poder Ejecutivo que disponga declarar de interés nacional la obra de endicamiento abierto del Paraná Inferior, a la altura del Predelta de la costa entrerriana (2.218-D.-98). Se sanciona como declaración.
    25. Dictamen de la Comisión de Cultura en el proyecto de declaración de la señora diputada Tulio por el que se expresa beneplácito por la actuación del Coral de Cámara de Pergamino en la mencionada ciudad bonaerense (1.568-D.-98). Se sanciona como resolución.
    26. Dictamen de la Comisión de Cultura en el proyecto de declaración del señor diputado Cardesa y otros por el que se declaran de interés legislativo el "Congreso Nacional de Poesía" y el "Concurso Nacional de Poesía para Estudiantes Secundarios" (1.725-D.-98). Se sanciona como resolución.
    27. Dictamen de la Comisión de Cultura en el proyecto de resolución de la señora diputada Caillet y otros por el que se declara de interés parlamentario las actividades conmemorativas del 436 aniversario de la fundación de la ciudad de San Juan (1.786-D.-98).
    28. Dictamen de la Comisión de Cultura en el proyecto de resolución del señor diputado Allende y otros por el que se solicitan informes al Poder Ejecutivo sobre los recaudos tomados por la Comisión Nacional de Monumentos y Lugares Históricos respecto del inmueble donde funcionara la confitería "El Molino", en la ciudad de Buenos Aires (1.801-D.-98).
    29. Dictamen de la Comisión de Cultura en los proyectos de resolución del señor diputado Piriz (1.830-D.-98) y de la señora diputada Méndez de Medina Lareu (1.849-D.- 98), por los que se expresa beneplácito por el reconocimiento otorgado por la UNESCO al declarar patrimonio de la humanidad a los repositores virreinales del Río de la Plata atesorados en el Archivo General de la Nación. Se sanciona un proyecto de resolución y uno de declaración.
    30. Dictamen de la Comisión de Cultura en el proyecto de resolución de la señora diputada D’Errico por el que se declara de interés legislativo el proyecto de museo virtual desarrollado en el Museo de Bellas Artes Bonaerense (1.958-D.-98).
    31. Dictamen de la Comisión de Cultura en el proyecto de resolución del señor diputado Giustiniani y otros por el que se declara de interés legislativo el Primer Encuentro Internacional de Escritoras (2.042-D.-98).
    32. Dictamen de la Comisión de Cultura en el proyecto de declaración de la señora diputada Tulio por el que se expresa beneplácito por la actuación del grupo de teatro "No todo está perdido" en el XVIII Festival de la Cultura Caribeña "Fiesta del fuego" (2.228-D.-98). Se sanciona como resolución.
    33. Dictamen de la Comisión de Peticiones, Poderes y Reglamento en el proyecto de resolución del señor diputado Suárez y otros sobre modificación de los artículos 88 y 61 del Reglamento de la Honorable Cámara (2.520-D.-98).
    34. Dictamen de la Comisión de Ciencia y Tecnología en el proyecto de declaración de los señores diputados Natale y Caballero Martín por el que se solicita al Poder Ejecutivo que disponga declarar de interés nacional la IV Conferencia Internacional de Psiquiatría y Psicología Fenomenológica y Existencial (1.138-D.-98).
    35. Dictamen de las comisiones de Industria y de Presupuesto y Hacienda en el proyecto de ley del señor diputado Fernández sobre modificación del artículo 44 de la ley 24.331, de Zonas Francas (2.981-D.-98).
    36. Pronunciamiento de la Honorable Cámara sobre los asuntos a los que se refieren los números 5.I al 5.XXXV de este sumario.
  6. Continúa la consideración del dictamen de la Cámara constituida en comisión en el proyecto de ley del señor diputado Das Neves y otros sobre régimen legal del sistema de tarjetas de crédito (6.787-D-97). Se pasa a cuarto intermedio

 

- En Buenos Aires, a los diez días del mes de junio de 1998, a la hora 16 y 40:

 

MANIFESTACIONES

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Santa Cruz.

 

Sr. FLORES.- Señor presidente: dado que los bloques estamos haciendo un gran esfuerzo para reunir en las bancas el número de diputados suficiente que nos permita sesionar, solicito a la Presidencia tenga a bien postergar el pase de lista por unos minutos más.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Atento a lo solicitado por el señor diputado, la Presidencia hace saber a la Cámara que a la hora 16 y 50 se pasará lista para ver si estamos en condiciones de continuar la sesión.

- Se continúa llamando.

 

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MOCION DE ORDEN Y MOCION DE SOBRE TABLAS

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Continúa la sesión.

Para una moción de orden tiene la palabra el señor diputado por Córdoba.

 

Sr. CAFFERATA NORES.- Señor presidente: solicito que la Cámara se aparte de las prescripciones del reglamento, de acuerdo con lo que se ha acordado entre todos los bloques, a fin de tratar sobre tablas el dictamen en el proyecto de ley contenido en el expediente 398-D.-97, sobre reformas al Código Penal en materia de los llamados delitos contra la honestidad.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia entiende que el acuerdo entre las distintas bancadas consiste en votar inmediatamente y sin realizar discursos, luego de que se haya aprobado su tratamiento sobre tablas, el proyecto que se acaba de mencionar, con las modificaciones que obran en Secretaría.

 

Sr. CAFFERATA NORES.- Así es, señor presidente.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Entonces, se va a votar la moción de apartamiento del reglamento.

Se requieren las tres cuartas partes de los votos que se emitan.

- Resulta afirmativa.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Queda aprobada la moción de apartamiento del reglamento.

En consideración la moción de tratamiento sobre tablas formulada por el señor diputado por Córdoba.

Se va a votar. Se requieren las dos terceras partes de los votos que se emitan.

- Resulta afirmativa.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Queda incorporado el mencionado asunto al orden del día de la presente sesión.

 

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DELITOS CONTRA LA HONESTIDAD

(Orden del Día N° 403)

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Corresponde considerar el dictamen en el proyecto de ley, contenido en el expediente 398-D.97, sobre reformas al Código Penal en materia de los denominados delitos contra la honestidad, cuyo tratamiento sobre tablas acaba de ser aprobado.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Por Secretaría se dará lectura de las modificaciones que las comisiones han acordado introducir al dictamen.

 

Sra. SECRETARIA (PEREZ PARDO).- Las modificaciones son las siguientes.

En el artículo 2°, el tercer párrafo del artículo 119 del Código Penal que se sustituye, debe decir: "La pena será de seis a quince años de reclusión o prisión cuando mediando las circunstancias del primer párrafo hubiere acceso carnal por cualquier vía."

El artículo 3° queda de la siguiente manera:

"Sustitúyese el artículo 120 del Código Penal, por el siguiente texto:

"Será reprimido con prisión o reclusión de tres a seis años el que realizare algunas de las acciones previstas en el segundo o en el tercer párrafo del artículo 119 con una persona menor de dieciséis años, aprovechándose de su inmadurez sexual, en razón de la mayoría de edad del autor, su relación de preeminencia respecto de la víctima, u otra circunstancia equivalente, siempre que no resultare un delito más severamente penado.

"La pena será de prisión o reclusión de seis a diez años si mediare alguna de las circunstancias previstas en los incisos a), b), c), e) o f) del cuarto párrafo del artículo 119."

El artículo 8° se modifica por el siguiente:

"Sustitúyese el artículo 127 del Código Penal, por el siguiente texto:

"Será reprimido con reclusión o prisión de tres a seis años, el que explotare económicamente el ejercicio de la prostitución de una persona, mediando engaño, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, de poder, violencia, amenaza o cualquier otro medio de intimidación o coerción."

En el artículo 9°, el primer párrafo del texto del artículo 128 del Código Penal que se sustituye, debe decir: "Será reprimido con prisión de seis meses a cuatro años el que produjere o publicare imágenes pornográficas en que se exhibieran menores de dieciocho años, al igual que el que organizare espectáculos en vivo con escenas pornográficas en que participaren dichos menores."

Se agregan los siguientes artículos:

Artículo 16: "Sustitúyese el artículo 127 bis por el siguiente:

"Artículo 127 bis.- El que promoviere o facilitare la entrada o salida del país de menores de 18 años para que ejerzan la prostitución, será reprimido con reclusión o prisión de cuatro a diez años. La pena será de seis a quince años de reclusión o prisión cuando la víctima fuere menor de trece años. Cualquiera que fuese la edad de la víctima, la pena será de prisión o reclusión de diez a quince años cuando mediare engaño, violencia, amenaza, abuso de autoridad o cualquier otro medio de intimidación o coerción, como también si el autor fuera ascendiente, cónyuge, hermano, tutor o persona conviviente o encargado de su educación o guarda.

"Artículo 17.- Incorpórase el artículo 127 ter.

"El que promoviere o facilitare la entrada o salida del país de una persona mayor de 18 años para que ejerza la prostitución mediando engaño, violencia, amenaza, abuso de autoridad o cualquier otro medio de intimidación o coerción, será reprimido con reclusión o prisión de tres a seis años."

El artículo de forma pasa a ser el 18.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En consecuencia, está en consideración el dictamen que contiene las modificaciones de las que acaba de darse lectura por Secretaría.

Tiene la palabra el señor diputado por Córdoba.

 

Sr. CAFFERATA NORES.- Señor presidente: hemos acordado efectuar una breve fundamentación respecto de la iniciativa que nos ocupa haciendo hincapié en el procedimiento parlamentario que se ha desarrollado en el último año y medio con el propósito de lograr la sanción de una normativa que concita la opinión de la mayoría de los señores diputados.

Conviene destacar la intensa tarea que han llevado a cabo no sólo los señores diputados sino especialmente las señoras diputadas con el propósito de acercar posiciones acerca de un tema muy polémico.

El proyecto en análisis es una muestra del consenso al que podemos llegar no sólo los legisladores sino todos los argentinos cuando nos ponemos a trabajar en las cuestiones que interesan al pueblo.

No quiero concluir esta breve exposición sin hacer un especial reconocimiento a todas las señoras diputadas que desde distintas vertientes políticas han trabajado infatigablemente sobre todos los aspectos relacionados con la vida de las personas a fin de alcanzar este producto cultural tan trascendente. En este sentido, quiero rendir un homenaje a las mujeres de esta Cámara que han puesto todo su empeño durante un año y medio en la redacción de esta norma. (Aplausos).

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia hace saber que mediante una sola votación se va a autorizar la inserción de todos los discursos que los señores diputados deseen incorporar en relación con el tema en debate, aclarando que la inserción del señor diputado Cafferata Nores ha sido solicitada para agregar a la altura de su exposición.

Se va a votar si se autorizan las inserciones requeridas.

- Resulta afirmativa.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Salta.

 

Sr. ESTRADA.- Señor presidente: he pedido la palabra simplemente para dejar constancia de mi solicitud de inserción de un texto conteniendo mi disidencia parcial en relación con el dictamen en consideración.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se harán las inserciones correspondientes.

En una sola votación se va a votar en general y en particular el proyecto de ley en consideración con las modificaciones propuestas y aceptadas.

- Resulta afirmativa.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Queda sancionado el proyecto de ley. (Aplausos.)

Se comunicará al Honorable Senado.

Si hubiere asentimiento de la Honorable Cámara, las sanciones se remitirán al Honorable Senado a medida que se vayan produciendo, es decir, sin esperar a que termine la sesión.

- Asentimiento.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se procederá en la forma indicada.

 

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MOCION DE ORDEN Y MOCION DE SOBRE TABLAS

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.

 

Sr. RAMPI.- Señor presidente: hago moción de que la Cámara se aparte de las prescripciones del reglamento a los efectos de tratar sobre tablas los dictámenes sin disidencias ni observaciones que obran en Secretaría.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Por Secretaría se enunciarán los dictámenes a los que acaba de hacer referencia el señor diputado por Buenos Aires.

 

Sra. SECRETARIA (PEREZ PARDO).- Se trata de los dictámenes contenidos en los Ordenes del Día 207, 215, 218, 314, 322, 323, 324, 325 y el recaído en el proyecto de ley contenido en el expediente 2.981-D.-98 -cuyo término no ha vencido-, y los proyectos de resolución y de declaración correspondientes a los Ordenes del Día 306, 307, 308, 310, 311, 312, 313, 315, 316, 317, 318, 319, 320, 321, 326, 327, 328, 329, 330, 331, 332, 334, 335, 336, 337 y 338.

"Véase el enunciado de los dictámenes precedentemente enunciados en el Sumario"

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia deja constancia de que este listado es producto de un acuerdo entre las distintas bancadas.

Tiene la palabra el señor diputado por Córdoba.

 

Sr. BECERRA.- Señor presidente: quisiera que se me informe el tema al que se refiere el dictamen en el proyecto de ley contenido en el expediente 2.981-D.-98, que se ha enunciado por Secretaría, ya que no figura en nuestro listado.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tengo entendido que las diversas bancadas decidieron la inclusión de este dictamen en el proyecto de ley del señor diputado Fernández referido a la modificación del artículo 44 de la ley 24.331, de zonas francas.

Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.

 

Sr. VICCHI.- Señor presidente: ¿no se ha incluido el Orden del Día N° 217?

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- No, señor diputado.

Se va a votar la moción de apartamiento del reglamento formulada por el señor diputado por Buenos Aires. Se requieren las tres cuartas partes de los votos que se emitan.

- Resulta afirmativa.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Queda aprobada la moción.

En consideración la moción de tratamiento sobre tablas formulada por el señor diputado por Buenos Aires.

Se va a votar. Se requieren los dos tercios de los votos que se emitan.

- Resulta afirmativa.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se procederá en consecuencia.

 

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DICTAMENES SIN DISIDENCIAS NI OBSERVACIONES

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Conforme a lo resuelto por la Honorable Cámara, corresponde que a continuación el cuerpo se pronuncie sobre los dictámenes sin disidencias ni observaciones y de término vencido por los que se aconseja la sanción de los proyectos de ley, de resolución y de declaración contenidos en los Ordenes del Día enunciados por Secretaría, debiéndose agregar el dictamen en el proyecto de ley contenido en el expediente 2.981-D.-98.

Hago presente que la Honorable Cámara se deberá expedir mediante una sola votación respecto de esos dictámenes, en el entendimiento de que el pronunciamiento favorable importará la aprobación en general y en particular –cuando correspondiere- de cada uno de los proyectos cuya sanción aconsejan las respectivas comisiones, quedando por consiguiente facultada la Presidencia para efectuar las comunicaciones pertinentes.

Pronunciamiento

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se va a votar si se aprueban –en general y en particular- los proyectos cuya consideración conjunta ha dispuesto la Honorable Cámara.

- Resulta afirmativa.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Quedan sancionados los respectivos proyectos de ley, de resolución y de declaración.

Se harán las comunicaciones correspondientes.

"Véase el enunciado de los proyectos precedentemente aprobados en el Sumario"

 

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REGIMEN DEL SISTEMA DE TARJETAS DE CREDITO
(Continuación)

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Continúa la consideración en particular del dictamen de la Cámara constituida en comisión recaído en el proyecto de ley sobre régimen legal del sistema de tarjetas de crédito (expediente 6.787-D.-97).

En consideración el artículo 18.

Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.

 

Sr. DUMON.- Señor presidente: habíamos propuesto a la bancada mayoritaria transcribir en este artículo el texto de los artículos 41 y 42 del proyecto de minoría.

Los artículos 41 y 42 de la propuesta de minoría recogen las normas que en 1968 comenzaron a regir en los Estados Unidos en materia de publicidad a partir de las Consumers Credit Protection Acts, que tienden a evitar los fraudes y los engaños. Posteriormente muchas de estas disposiciones fueron incluidas en resoluciones del Banco Central, aunque por supuesto carecen de fuerza de ley, y debemos saludar con nuestra aprobación que algunas de ellas hayan sido puestas en marcha por la Secretaría de Comercio al publicar el ranking de las tasas de interés y el modo de cobrarlas.

Es sabido que la propaganda alrededor de esto induce permanentemente a equívocos y engaños que muchas veces están vinculados con el interés que finalmente se cobra, que a simple vista difiere del que se menciona.

Frecuentemente se ofrece en las publicidades un tipo de interés, y cuando el usuario recibe el resumen observa que lo cobrado y los servicios anexos son superiores. Incluso en la actualidad se han presentado novedades en relación con las cuentas corrientes que publicitan premios a pesar de que ello está prohibido por la ley de defensa de la competencia. Sin embargo se han puesto en marcha con una profusa propaganda, y generalmente sus adherentes terminan pagando más por el mantenimiento de esas cuentas que el beneficio que le podría significar la participación en un sorteo común.

El objetivo de estas disposiciones contenidas en la propuesta de minoría que propiciamos incluir en el artículo en consideración es el de transparentar la oferta en materia de tarjetas de crédito. El texto que proponemos es el siguiente: "En toda comunicación o publicidad deberá explicarse en forma comprensible, con letra o locución equivalente a la que se utilice en el resto del texto, detalle de todos los servicios que se ofrezcan y el precio de cada uno, en forma discriminada, incluyendo los adicionales, tales como costo por extracción, franqueos, comisiones, emisión de resúmenes o comprobantes, boletines, derechos de emisión y renovación y todo cargo asociado que se pretenda cobrar, incluyendo los impuestos que graven la operación.

"Se entiende por precio el monto que se fije por todo concepto que importe una erogación presente o diferida para el usuario. Deberá expresarse el interés compensatorio y el punitorio, si lo hubiere, la tasa efectiva mensual y la tasa nominal anual, indicando claramente el comienzo de la exigibilidad del pago y si la tasa es fija o variable, indicando, en este caso, el índice de cambio y su periodicidad.

"Se establecerá el momento de iniciación del cómputo de los intereses en relación con la extracción de fondos o a la efectivización de consumos o adquisición de bienes o servicios y todo otro dato que evidencie la buena fe del proveedor.

"Para facilitar la lectura y comprensión de la oferta, el valor de todos los cargos fijos deberá ser expresado en porcentajes para su uso mensual del crédito de cien pesos o dólares, y se le deberá sumar los costos variables calculados para el mismo valor, sin perjuicio de la presentación desagregada de la base del cálculo.

"Los emisores que ofrezcan premios o estímulos en dinero efectivo o en especie para la captación de titulares de tarjetas o para la utilización de la tarjeta, deberán informar, con el alcance de los artículos anteriores, la incidencia de los costos o cualquier otro cargo asociado en relación con el monto mínimo de compra o extracción que otorgue derecho a participar del concurso."

El artículo que se halla a continuación –que es muy similar al que ha emitido la Cámara constituida en comisión-, dice así: "Las entidades emisoras deberán enviar la información mensual de sus ofertas –en los términos establecidos en el presente capítulo- a la Secretaría de Industria, Comercio y Minería, la que deberá publicar en el mismo período, el listado completo de esa información en espacios destacados de los medios de prensa de amplia circulación.

"El Banco Central de la República Argentina deberá controlar el cumplimiento del presente capítulo, estableciendo las sanciones en caso de incumplimiento."

Quiero aclarar que la obligatoriedad de que las entidades emisoras envíen a la Secretaría de Industria, Comercio y Minería la información mensual de sus ofertas obedece a la previsión que fuera informada por el señor secretario Alieto Guadagni en ocasión de su concurrencia a una reunión de comisión. El nos comentó acerca de las dificultades que a veces tenían para que las entidades emisoras informaran sobre los intereses y la forma de cobrarlos y, en consecuencia, para poder brindar esa información al público usuario.

Esta es la propuesta que formulamos en nombre de la Alianza.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Dado que para la consideración del conjunto de los artículos se hallaban anotados para hacer uso de la palabra los señores diputados Dumón, Pernasetti y Vicchi, por la Unión Cívica Radical, y Vensentini, Fadel y Flores, por el Frepaso, la Presidencia desea saber si, además del señor diputado Dumón, desea hacer uso de la palabra algún otro diputado del bloque radical.

 

Sr. FAYAD.- Si me permite, señor presidente, a los efectos del ordenamiento de los artículos habíamos pensado que correspondía un capítulo especial referido a la publicidad que, como bien señalara el señor diputado Dumón, a veces resulta engañosa o no del todo clara de parte del emisor. El artículo 18 habla de la publicación, y en el caso de la tasa tope será la aplicada a las operaciones de créditos personales que publique mensualmente el Banco Central de la República Argentina.

El artículo que estamos considerando está estrechamente vinculado con el 17 y con el 20, es decir, con la normativa que venimos tratando. El artículo 17 establece una base para cuya aplicación se requiere información del Banco Central. En tal sentido y en virtud de la redacción del artículo 18, que dice que el Banco Central publicará mensualmente la tasa promedio de préstamos personales sin garantía real del conjunto del sistema, quiero decir que se está tomando un parámetro que queda sujeto a una publicación del Banco Central.

Por tal motivo, proponemos para el artículo 18 el siguiente texto: "El Banco Central de la República Argentina publicará del 1° al 5 de cada mes..." -quiere decir que queda suprimida la palabra "mensualmente"- "...la tasa promedio de préstamos personales sin garantía real del conjunto del sistema."

Cuando hablemos de la publicidad que deben observar los emisores en la difusión de sus operaciones de oferta al público, vamos a ratificar lo expuesto por el señor diputado Dumón.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.

 

Sr. ARIAS.- Señor presidente: el artículo 18 trata una situación específica y concreta que corresponde a la segunda parte del artículo 17. Estamos hablando de la publicación por parte del Banco Central de la tasa promedio de préstamos personales sin garantía real para los casos de emisores no bancarios exclusivamente. Por eso mantendremos el del artículo en debate tal como está.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En consecuencia, la mayoría no acepta la modificación propuesta.

 

Sr. PASSO.- Solicito que la votación del artículo 18 se realice en forma mecánica.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se va a votar el artículo 18.

- Resulta afirmativa de 74 votos; votan 140 señores diputados sobre 157 presentes.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En razón de que el número de abstenciones registradas puede influir en el resultado de la votación, se procederá a votar nuevamente.

- Resulta afirmativa de 80 votos; votan 156 señores diputados sobre 163 presentes.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Teniendo en cuenta que el número de abstenciones registradas puede influir en el resultado de la votación, se procederá a votar nuevamente.

- Resulta afirmativa de 81 votos; votan 160 señores diputados sobre 165 presentes.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Para que no queden dudas, vamos a votar nuevamente el artículo 18.

- Resulta afirmativa de 81 votos; votan 159 señores diputados sobre 165 presentes.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En razón de que el número de abstenciones registradas puede influir en el resultado de la votación, se procederá a votar nuevamente en forma nominal.

 

Sr. VICCHI.- Pido la palabra.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.

 

Sr. VICCHI.- Señor presidente: según lo que surge de la versión taquigráfica, el artículo 17 quedó redactado de la siguiente manera: "...al promedio de tasas del sistema para operaciones de préstamos personales publicados del día 1 al 5 de cada mes por el Banco Central de la República Argentina." En consecuencia, el artículo en consideración ya está contenido en la norma mencionada, razón por la cual debería eliminarse.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.

 

Sr. FAYAD.- Señor presidente: la propuesta que hemos formulado no altera sustancialmente lo establecido en el artículo en consideración, porque lo único que pretendemos es que el Banco Central publique del 1 al 5 de cada mes la tasa promedio que el propio proyecto de ley le está indicando, a efectos de que los emisores puedan tomarla como referencia en tiempo y forma.

El artículo que estamos considerando dice que esa publicación deberá hacerse mensualmente, pero no precisa el día; por lo tanto, solicitamos que se determine que tal publicación deberá hacerse del 1 al 5 de cada mes, lo cual no le causaría ningún inconveniente operacional al Banco Central de la República Argentina.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- ¿Acepta la mayoría?

 

Sr. ARIAS.- Señor presidente: requerimos del señor diputado Vicchi que concrete la propuesta que formulara, porque aceptaríamos su indicación en caso de que sugiera la supresión del artículo 18 por entender que hay una evidente tautología.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.

 

Sr. VICCHI.- Señor presidente: en primer término, aclaro que la propuesta que formulo es distinta a la moción realizada por el señor diputado Fayad.

Mi indicación consiste en suprimir el artículo 18 porque se encuentra contenido en el artículo 17.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.

 

Sr. ARIAS.- Señor presidente: aceptamos la propuesta formulada por el señor diputado Vicchi.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se va a votar si se elimina el artículo 18 conforme a la propuesta formulada por el señor diputado Vicchi.

- Resulta afirmativa.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Queda eliminado el artículo 18.

En consideración el artículo 19 del proyecto aprobado en general.

Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.

 

Sr. FAYAD.- Señor presidente: me cuesta mucho seguir la numeración de los artículos luego de las eliminaciones dispuestas. Sé que la Presidencia está autorizada para establecer la correlación numérica.

Me referiré al artículo 19 del proyecto en consideración, que dice: "Sanciones. El BCRA sancionará a las entidades que no cumplan con la obligación de informar o, en su caso, no observen las disposiciones relativas al nivel de las tasas a aplicar."

La objeción del bloque de la Alianza consiste en que estamos sancionando una norma penal en blanco. No establecemos qué tipo de penalidad aplicará el Banco Central a las entidades que no informen adecuadamente.

Por lo tanto, sugerimos que se modifique la redacción incorporando algún tipo de penalidad para de ese modo poder votar afirmativamente en conjunto los integrantes de la primera minoría y el resto de los legisladores.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.

 

Sr. ARIAS.- Señor presidente: mantenemos el texto tal como se encuentra redactado, pero en atención a lo señalado por el señor diputado Fayad, deseo aclarar que en cuanto a la aplicación en concreto de las sanciones nos remitimos a la normativa de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- ¿Eso significa introducir un agregado al artículo?

 

Sr. ARIAS.- No es necesario, señor presidente.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.

 

Sr. FAYAD.- Señor presidente: reitero que no podemos sancionar una norma penal en blanco.

Si vamos a remitirnos a las sanciones del Banco Central por aplicación de la ley de entidades financieras, introduzcamos aquí la aclaración: "de acuerdo con lo establecido por la ley de entidades financieras." Es simplemente un agregado.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.

 

Sr. ARIAS.- Señor presidente: para demostrar nuestra buena voluntad ante la colaboración que nos brindan los legisladores de la Unión Cívica Radical, aceptamos la inclusión solicitada.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- ¿El agregado debe hacer referencia a la ley de entidades financieras o a la Carta Orgánica del Banco Central?

 

Sr. ARIAS.- A la Carta Orgánica del Banco Central.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.

 

Sr. DUMON.- Señor presidente: se debe hacer la consulta al presidente de la Comisión de Finanzas.

La Carta Orgánica del Banco Central es parte de la ley de entidades financieras.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La posición de la mayoría ha quedado suficientemente aclarada.

Con las modificaciones aceptadas por la mayoría, se va a votar el artículo 19 del proyecto aprobado en general.

- Resulta afirmativa.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En consideración el artículo 20.

Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.

 

Sr. FAYAD.- Señor presidente: durante el tratamiento en general, y en relación con lo establecido en este artículo, objetamos la determinación de los intereses punitorios.

En esa oportunidad propusimos la utilización de otro mecanismo, cuya aplicación generará una diferencia de casi diez puntos en relación con los intereses punitorios calculados según el sistema que prevé el proyecto en consideración.

Si tomamos los indicadores previstos en el artículo 17 -con el límite corregido del 25 por ciento-, veremos que estamos aproximadamente en el 24 por ciento. Si aplicamos el 50 por ciento llegaremos al 36 por ciento, monto que nos parece excesivo.

La Alianza propone que la tasa máxima de financiamiento no supere en dos veces y media la tasa pasiva. Incluso para los intereses punitorios también fijamos como tope un 50 por ciento. Se llega a una tasa de aproximadamente del 26 o 27 por ciento.

El artículo 22 dice que "independientemente de lo dispuesto por las leyes de fondo, los intereses de punitorios no serán capitalizables."

Sostenemos que este artículo 22 es innecesario si lo agregamos al final del artículo 20.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por la Capital.

 

Sr. POLINO.- Señor presidente hay tarjetas que recargan con un 10 por ciento los excesos en el límite de compra y luego sobre eso aplican los intereses punitorios.

Para salvar esta situación, proponemos la siguiente redacción: "No podrán imponerse cargos fijos o porcentuales por excesos en el límite de compra o de crédito, u otros conceptos que sustituyan a los intereses punitorios establecidos."

Reitero que hay algunas tarjetas de crédito que establecen esos cargos, lo que implica una doble imposición. Con la redacción propuesta evitaríamos el problema.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Tucumán.

 

Sr. MARTINEZ ZUCCARDI.- Señor presidente: apoyamos la propuesta efectuada por el señor diputado Fayad y creemos interesante la sugerencia que realiza el señor diputado Polino, porque en este tema del encarecimiento de la rentabilidad, a partir de aspectos accesorios y secundarios, hay una fina y sutil especialización en el manejo que realizan los emisores de tarjetas de crédito.

Consecuentemente, la incorporación de estos temas debe ser analizada detenidamente, y las propuestas efectuadas por ambos legisladores cuentan con nuestro apoyo.

A su vez, creemos que es conveniente agregar que los intereses compensatorios tampoco pueden ser capitalizables. No sólo los intereses punitorios no pueden ser capitalizables, según la propuesta del señor diputado Fayad, sino que tampoco pueden serlo los propios intereses compensatorios.

La imposibilidad de capitalizar los intereses surge de las pautas del Código Civil. En este sentido, el régimen operativo y funcional de las tarjetas de crédito ha sido lesivo del Código Civil.

Por lo tanto, compartiendo las modificaciones propuestas, agregamos que no son capitalizables tanto los intereses compensatorios como los punitorios.

Por otra parte, a fin de que este tema quede dilucidado, proponemos el agregado de un último párrafo a este artículo, mediante el que se incorporaría el contenido de lo que era el artículo 21 del proyecto de la Alianza, que dice: "En la suma de intereses compensatorios, punitorios, costas y gastos, si los hubiere, no podrá superarse el máximo establecido en el artículo 622 in fine del Código Civil."

Estas son nuestras dos propuestas de complementación para el artículo en discusión.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.

 

Sr. VICCHI.- Señor presidente: la propuesta del señor diputado Polino tendría que figurar como un inciso -que sería el k)- en el artículo 7°, que se refiere a la nulidad de las cláusulas.

Quiero resaltar lo expresado por el señor diputado Martínez Zuccardi, a los fines de que conste en el Diario de Sesiones el pensamiento de los legisladores del bloque de la minoría.

Reiteradamente, la Justicia ha puesto coto a la suma de distintos tipos de interés, por considerar que configuran cláusulas leoninas. A su vez, en esa suma, se encuadra un juego para extraer al deudor una mayor cifra, lo que genera un grave perjuicio y un enriquecimiento indebido al acreedor.

Por eso, todas las cláusulas que fijen intereses punitorios deben ser tomadas en forma absolutamente restrictivas, por lo menos, en la concepción del juez.

 

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.

 

Sr. ARIAS.- Señor presidente: aceptamos el desplazamiento del artículo 22 en el sentido de que aparezca como segunda parte del artículo 20, pero no el resto de las propuestas formuladas.

En consecuencia, el texto del artículo en consideración sería el siguiente: "El límite de los intereses punitorios que el emisor aplique al titular no podrá superar en más del cincuenta por ciento (50%) a la efectivamente aplicada por la institución financiera o bancaria emisora en concepto de interés compensatorio o financiero. Independientemente de lo dispuesto por las leyes de fondo, los intereses punitorios no serán capitalizables."

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se va a votar por el sistema mecánico.

- Resulta afirmativa de 74 votos, votan 143 señores diputados sobre 157 presentes.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Teniendo en cuenta que se han registrado trece abstenciones, se va a votar nuevamente.

- Resulta afirmativa de 81 votos, votan 161 señores diputados sobre 166 presentes.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Nuevamente se han registrado cuatro abstenciones que modifican el resultado del pronunciamiento.

Por lo tanto, se va a votar nuevamente en forma mecánica.

- Resulta empate de 85 votos, votan 170 señores diputados sobre 173 presentes.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Habiéndose registrado otra vez abstenciones, la nueva votación se hará en forma nominal.

- Se practica la votación nominal.

 

Sra. SECRETARIA (PEREZ PARDO).- Sobre 181 señores diputados presentes en el recinto, han votado 91 señores diputados por la afirmativa y 85 por la negativa. No se ha registrado el voto de 4 señores diputados por no haber hecho uso de sus respectivas llaves.

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En consideración el artículo 21.

Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.

 

Sr. FAYAD.- Señor presidente: no objetamos la redacción del artículo en consideración.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se va a votar.

- Resulta afirmativa.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- El artículo 22 está incluido dentro del artículo 20.

En consideración el artículo 23.

Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.

 

Sr. FAYAD.- Señor presidente: el artículo en consideración está contenido en el capítulo VIII sobre el cómputo de los intereses, y trata en particular sobre los compensatorios o financieros. Su texto comienza del siguiente modo: "Los intereses compensatorios o financieros se computarán: a) sobre los saldos financiados entre la fecha de vencimiento del resumen mensual actual o de cada operación y la del primer resumen mensual anterior donde surgiera el saldo adeudado...". Al respecto nuestra propuesta es la siguiente: "Las partes contratantes podrán pactar intereses compensatorios o financieros para la financiación total o parcial de la adquisición de bienes y servicios u obras, los que se aplicarán a los saldos adeudados,..." -y a partir de aquí surge la diferencia esencial- "...desde el vencimiento de la obligación de pago consignado en el último resumen emitido, hasta la fecha de cancelación del mismo."

Me veo en la obligación de aclarar que en otra parte de nuestra propuesta contemplamos las situaciones en las que se autorizan las extracciones dinerarias. En ese punto coincidimos en que se deben computar desde el momento en que se realiza la operación de extracción dineraria en el banco. Así, el artículo 19 del texto que propiciamos dice así: "Los intereses generados por el retiro de dinero se computarán a partir de su extracción hasta la fecha del vencimiento de la obligación de pago." Deseamos saber si la mayoría acepta que en el inciso a) se elimine la expresión "o de cada operación" y se agregue el texto que proponemos.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Catamarca.

 

Sr. FADEL.- Señor presidente: en el entendimiento de que los incisos a), c) y d) son confusos apoyamos la propuesta formulada por el señor diputado por Mendoza.

Consideramos que es correcta la redacción propuesta por el señor diputado Fayad para el inciso b) y que se podría agregar a continuación el siguiente texto: "Para el caso de anticipo dinerario, desde la fecha de extracción hasta la fecha de vencimiento del pago del resumen mensual." En nuestra opinión, de este modo la redacción resulta más clara.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.

 

Sr. ARIAS.- Señor presidente: la mayoría ha decidido mantener el texto del artículo en consideración tal como fue aprobado en general.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La mayoría no acepta las modificaciones propuestas.

Se va a votar.

- Resulta afirmativa.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En consideración el artículo 24.

Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.

 

Sr. FAYAD.- Señor presidente: quiero aclarar que acabamos de aprobar un artículo que contiene incisos, algunos de ellos con defectos de redacción. Si bien el señor diputado por la Capital tiene derecho a no aceptar nuestras propuestas, por lo menos debe permitírsenos la posibilidad de considerar cada inciso y formular sugerencias tanto en lo formal como en su contenido. Por ejemplo, nos quedan dudas sobre el inciso c), que no entendemos a qué se refiere.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Señor diputado: el artículo 23 ya ha sido discutido; su bloque formuló una propuesta, la mayoría no la aceptó y luego se votó. En consecuencia, corresponde seguir con la consideración del artículo 24.

Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.

 

Sr. DUMON.- Señor presidente: deseo formular una pregunta a nuestros pares. ¿Saben lo que estamos votando? ¿Tienen idea de lo que estamos haciendo, de la ley que estamos sancionando?

Dos o tres integrantes de la Alianza han formulado objeciones, pero el señor diputado que responde en nombre de la mayoría no puede escucharlos porque otros legisladores le hablan al mismo tiempo. En consecuencia, naturalmente, después dice que se mantiene el texto.

En algunos casos, como acaba de señalar mi "alumno", el señor diputado Fayad, se han considerado a la vez dos incisos de un artículo y luego se ha cerrado la discusión sin que haya terminado el tratamiento de ese artículo.

Por ello, el proyecto de ley que habremos de sancionar será un verdadero mamarracho. Si no logramos mantener el orden ni escucharnos ni tener en cuenta los aportes que se hacen -o por lo menos prestarles atención-, el resultado de nuestro trabajo será muy malo.

Por lo tanto, solicito el ordenamiento de este debate; de lo contrario, tendremos que buscar otro mecanismo o tratar de armonizar las propuestas de la mayoría y la minoría, pues no podemos seguir por el camino que hemos adoptado. Si lo hacemos, en el Senado o en el Poder Ejecutivo –o cuando la ley entre en vigencia-, será muy difícil entender esta normativa.

Aquí se acaba de decir que no a la propuesta formulada respecto de los incisos a) y b). ¿Sabe cuántos incisos contiene el artículo 23, señor presidente? Cuatro.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Señor diputado: mientras el cuerpo no resuelva lo contrario seguiremos votando por artículo, pues así corresponde reglamentariamente. En caso de que usted proponga la votación por inciso o por palabra, someteremos su pedido a consideración del cuerpo; pero mientras ello no ocurra, continuaremos votando por artículo.

 

Sr. DUMON.- Señor presidente: en forma muy amable estoy solicitando que ponga orden en esta sesión porque ésta no es la forma de sancionar una norma tan importante.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia reconoce que el señor diputado Dumón tiene razón cuando dice que no estamos trabajando en un clima ideal ante una norma tan compleja en lo técnico como ésta, y en ese sentido exhorta a los señores diputados a evitar las conversaciones paralelas y a escuchar al orador, para cumplir acabadamente con el objetivo de esta sesión.

Continúa en el uso de la palabra el señor diputado por Mendoza.

 

Sr. FAYAD.- Señor presidente: me voy a referir al artículo que usted señala, pero aclaro que el artículo 23 autoriza a los emisores a cobrar intereses desde el momento en que el cliente o el usuario efectúa la compra, ya que así lo establece su inciso a).

Vamos a tratar de seguir haciendo aportes a esta norma para que no nos avergoncemos como cuerpo de haber sancionado un verdadero mamarracho, como señaló acertadamente el señor diputado Dumón.

El artículo 24, que se refiere a los intereses punitorios, señala que procederán sobre los saldos impagos mínimos -aquí debe haber un error de redacción porque los adjetivos debieron haber estado invertidos- del resumen mensual o de las cuotas vencidas impagas desde la fecha de la mora si no existiera refinanciación pactada.

No nos resulta clara la redacción: no sabemos a qué cuotas se refiere, pero de todas maneras, vamos a proponer la siguiente redacción: "Los intereses punitorios se aplicarán a partir del incumplimiento del pago del saldo mínimo y de la falta de pago en término del crédito otorgado."

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Tucumán.

 

Sr. MARTINEZ ZUCCARDI.- Señor presidente: deseo insistir en que el régimen de tarjetas de crédito que estamos produciendo genera condiciones mucho más favorables para los emisores de las tarjetas y limita las defensas administrativas y judiciales que tienen los usuarios. Al permitir la capitalización de los intereses, que acaba de votarse, así como que los intereses corran desde cada operación, y también la acumulación de intereses sobre intereses, no sólo se está violando el Código Civil sino que se cercenan los derechos que los sistemas de tarjetas de crédito actualmente otorgan a los usuarios.

En cuanto a la tasa de interés, si se mantuviera el actual sistema, se aplicaría al usuario la tasa de interés del Banco Nación, pero con la propuesta que se pretende aprobar, la tasa que finalmente deberá pagar el usuario será mucho más gravosa.

Consecuentemente, en los artículos que se han aprobado, salvo en lo respectivo a la tipificación contractual de las tarjetas de crédito, las disposiciones son favorables para los emisores de las tarjetas y contrarias a los intereses de los usuarios.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.

 

Sr. VICCHI.- Señor presidente: voy a solicitar la reconsideración del artículo 23, y en ese sentido deseo dar un pequeño ejemplo para que se pueda discernir con claridad qué tendríamos que corregir.

Supongamos que una persona compra un televisor el día 15 de enero, la tarjeta cierra el 7 de febrero y el vencimiento del resumen que contiene el costo de dicha operación se produce el 20 de febrero. Esta persona no paga el televisor en ese momento porque no tiene el dinero disponible y decide hacerlo cinco días después. En el próximo resumen figuran debitados los intereses desde el día 15 de enero -fecha en la cual el banco no pagó la operación al emisor-, en lugar de figurar desde el 20 de febrero, por los cinco días que se atrasó en el pago. En otras palabras, el banco o financista interviniente no entregó el dinero al comerciante en la fecha de compra. Por lo tanto, habría un enriquecimiento ilícito, para decirlo de alguna manera. Creo que en una norma de la envergadura de la que estamos considerando, no puede incluirse una cláusula que permita generar un enriquecimiento ilícito.

Por lo expuesto, sugiero que se modifique la redacción del inciso a) del artículo 23, para lo cual formulo moción de reconsideración.

Respecto del artículo 24 me remito a lo expresado por los legisladores de la Alianza.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Corresponde considerar la moción de reconsideración formulada por el señor diputado por Mendoza.

Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.

 

Sr. ARIAS.- Señor presidente: a los fines de unificar criterios, solicito un cuarto intermedio de quince minutos en las bancas.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Invito a la Honorable Cámara a pasar a un breve cuarto intermedio permaneciendo los señores diputados en sus respectivas bancas.

- Se pasa a cuarto intermedio a la hora 18 y 8.

- A la hora 18 y 50:

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Continúa la sesión.

Se va a votar la moción de reconsideración formulada por el señor diputado por Mendoza. Se requieren los dos tercios de los votos que se emitan.

- Resulta afirmativa.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Queda aprobada la moción.

Corresponde considerar nuevamente el artículo 23.

Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.

 

Sr. ARIAS.- Señor presidente: en primer término destacamos que las dificultades que se nos presentan son lógicas, por cuanto no sólo procuramos acercar posiciones de los distintos bloques sino porque además hay intereses que naturalmente pueden sentirse afectados por el tratamiento de una ley de estas características.

Las modificaciones a introducir en este artículo 23 son: en el inciso a) se suprimen las palabras "o de cada operación".

En el inciso b), luego del término "de" y antes de "extracción", se agrega el artículo "la" y se suprime la expresión "del anticipo".

La redacción del inciso b) quedaría de la siguiente manera: "...entre la fecha de la extracción dineraria y la fecha de vencimiento del pago del resumen mensual."

En el inciso c) se cambia la palabra "préstamo" por "crédito".

Estas son las modificaciones a introducir.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Con las modificaciones propuestas y aceptadas por la mayoría, se va a votar el artículo 23.

- Resulta afirmativa.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En consideración el artículo 24 del proyecto en consideración.

Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.

 

Sr. ARIAS.- Proponemos un nuevo texto para este artículo 24.

Dice así: "Punitorios. Procederán cuando no se abone el pago mínimo del resumen y sobre el monto exigible."

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se va a votar el artículo 24.

- Resulta afirmativa.

 

Sr. DAS NEVES.- Pido la palabra.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Chubut.

 

Sr. DAS NEVES.- Señor presidente: formulo moción de reconsideración del artículo 16 aprobado en la reunión anterior -aquel cuya votación original terminó empatada-, a los efectos de que se me permita introducir un agregado en su texto.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Como estas mociones no se discuten, señor diputado, sería conveniente que previamente ilustre a la Cámara acerca de su propuesta concreta. Luego votaríamos el pedido de reconsideración formulado.

 

Sr. DAS NEVES.- Señor presidente: el segundo párrafo del artículo 16 dice que "el emisor no podrá cobrar comisiones que difieran en más de 4 puntos entre comercios que pertenezcan a un mismo rubro o con relación a iguales o similares productos o servicios..."

Nos reunimos con la gente de la Secretaría de Industria y Comercio, e incluso con el contador Garrigan, que es el subsecretario del área, y tomamos conocimiento de que los rubros censados son 213, aproximadamente. Nos expresaron la dificultad que existe en poder fiscalizar este tema de los 4 puntos, por lo cual nosotros proponemos agregar, a continuación de este párrafo: "En ningún caso la comisión podrá superar el 5 por ciento."

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se va a votar la moción de reconsideración. Se requieren las dos terceras partes de los votos que se emitan.

- Resulta afirmativa.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Queda aprobada la moción.

Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.

 

Sr. DUMON.- Señor presidente: nos alegramos enormemente de este cambio de posición del bloque mayoritario.

Como se recordará, la semana pasada decíamos que era imposible velar por la libre competencia si las tarjetas seguían teniendo la predilección de cobrar mucho a los comercios chicos y nada a los grandes. Incluso, consideramos que es una equivocación hablar de cuatro puntos, ya que la diferencia no debería ser superior a tres.

De todos modos, lo que se votó en aquella oportunidad -tal vez llevados por un debate no encauzado, situación que ahora estamos tratando de superar- fueron cuatro puntos de diferencia.

Era necesario que existiese un máximo del 5 por ciento, porque de lo contrario sería imposible poner en práctica el artículo. La Alianza no quiere realizar ahora un discurso, pero el tema lo habíamos estudiado profundamente y nos habíamos conectado con los sectores involucrados. De todos modos, el mérito es tanto de quien lo propone como de quien se rectifica, por lo que felicitamos al bloque Justicialista.

Sin este tope máximo del 5 por ciento, esa diferencia de tres o cuatro puntos -a nuestro juicio, debería ser de tres- habría sido imposible de poner en práctica.

De manera que nosotros avalamos absolutamente la propuesta, que coincide con el artículo 31 de nuestra iniciativa. Estamos de acuerdo totalmente con el techo del 5 por ciento, y propongo a la bancada Justicialista que se anime a lo menos -ya que se animó a lo más-, adoptando una diferencia que no sea mayor a tres puntos.

Así dejo planteado nuestro apoyo a la modificación propuesta.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Catamarca.

 

Sr. FADEL.- Señor presidente: simplemente quiero congratularme por el hecho de que se haya aceptado poner el tope del 5 por ciento. Ello es mucho más operativo que hablar de diferencias.

A partir del fundamento que brindó el señor diputado Das Neves, creo que habría que reconsiderar reducir los cuatro puntos a tres, como señalaba el señor diputado preopinante, ya que una diferencia de cuatro puntos resultaría poco práctica con un techo del 5 por ciento.

Sabemos que la tasa mínima que se está cobrando a los grandes hipermercados es del 1 por ciento. En consecuencia, si colocamos un tope del 5 por ciento, los cuatro puntos de diferencia perderían sentido, sobre todo cuando se argumenta -para aceptar dicho techo- que es muy difícil el control entre los distintos rubros, dada la cantidad de rubros que existen y los rubros cruzados que se presentan en los distintos comercios en la Argentina.

Propongo una redacción simple, sencilla y operativa, que indique que el emisor no podrá descontar más de cinco puntos sobre las liquidaciones presentadas por el proveedor.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.

 

Sr. FAYAD.- Señor presidente: teniendo en cuenta lo expuesto por los señores diputados Das Neves, Dumón y Fadel voy a sugerir una nueva redacción para el artículo referido a las comisiones, que dice lo siguiente: "El emisor no podrá fijar aranceles que diferencien en más de tres puntos en concepto de comisión entre comercios que pertenezcan a un mismo rubro o con relación a iguales o similares productos o servicios. Se entiende que pertenecen a un mismo rubro los comercios que intermedian la oferta y demanda en iguales o similares productos o servicios con independencia del volumen de facturación o cualquier otro parámetro de diferenciación que tienda a discriminar en perjuicio de los pequeños y medianos comerciantes o altere las condiciones de competencia en los términos de la ley 22.262. Sin perjuicio de lo dispuesto, el emisor no podrá en ningún caso efectuar descuentos superiores a un cinco por ciento sobre las liquidaciones presentadas por el proveedor."

Entiendo que esta redacción es más apropiada a los efectos que se persiguen, y por eso propongo que sustituya a la oportunamente aprobada.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.

 

Sr. ARIAS.- Señor presidente: solicito que se postergue el análisis y la votación del artículo sometido a reconsideración a fin de efectuar una evaluación del tema, dado que no hay criterio unificado.

Mientras tanto, podemos continuar con la discusión de los restantes artículos del proyecto de ley.

 

Sr. FAYAD.- ¿Hasta cuándo sería la postergación? Porque ya se ha postergado la consideración de otro artículo.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.

 

Sr. DUMON.- Señor presidente: estimo que todos los señores diputados nos sentimos impresionados y presionados por una situación que contiene dos o tres aspectos que son agresivos para la comunidad.

En primer lugar, cabe mencionar los excesos y abusos que se cometen con las tarjetas de crédito en perjuicio de los usuarios. En segundo término, la discriminación a que son sometidos los pequeños comerciantes por parte de las emisoras y las entidades bancarias.

Por lo tanto, cualquier postergación que se decida debe estar dirigida a proteger los intereses de los usuarios de las tarjetas y de los pequeños comerciantes.

Por eso propongo que se vote la propuesta realizada por el señor diputado Das Neves, se fije un tope del cinco por ciento y pasemos a un cuarto intermedio a fin de consensuar una redacción que beneficie a los pequeños comerciantes. Pero, dado que la bancada mayoritaria se ha brectificado, no pasemos por alto esta oportunidad de que el cuerpo se pronuncie. De lo contrario, la lectura volverá a ser equivocada, como ha pasado tantas veces en este lamentable episodio de la elaboración de la ley de tarjeta de crédito.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Como observo la necesidad de postergar la votación de este tema, continuaremos con la consideración del artículo 25. Pido a los señores represenatntes de los distintos bloques que procuren acordar el texto definitivo del artículo 16, el que será sometido a votación en cuanto los señores diputados lo dispongan.

En consideración el artículo 25.

Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.

 

Sr. DUMON.- Señor presidente: con toda amabilidad y cordialidad quiero decirle que la postergación que ha solicitado el señor diputado Arias debe ser sometida a votación. Esto es algo que usted no puede decidir.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia estaba intentando actuar sobre la base del consenso o del asentimiento pero, habida cuenta de que no lo hay, someterá a votación la petición del señor diputado por Buenos Aires.

Se va a votar la moción formulada por el señor diputado por Buenos Aires, de diferir la reconsideración del artículo 16.

 

Sr. DUMON.- Solicito que la votación se practique en forma mecánica, señor presidente.

- Varios señores diputados hablan a la vez.

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- No observo que el pedido de votación mecánica esté suficientemente avalado.

Se va a votar la moción formulada por el señor diputado por Buenos Aires.

- Resulta afirmativa.

- Varios señores diputados hablan a la vez.

 

Sr. DUMON.- ¡Pedí que la votación fuera mecánica, señor presidente!

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se hubiera practicado de ese modo si el pedido hubiese estado suficientemente avalado, pero el único que formuló esa solicitud fue usted, señor diputado.

- Varios señores diputados hablan a la vez.

 

Sr. DUMON.- ¡Está avalado por la Alianza!

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- No hubo manifestaciones en tal sentido. En consecuencia, la votación es válida.

 

Sr. DUMON.- ¡No puede hacer eso, señor presidente!

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia no tiene dudas sobre el particular.

- Varios señores diputados hablan a la vez.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Parece que el señor diputado Dumón quiere introducir el voto ponderado además del que se hace por signos.

- Varios señores diputados hablan a la vez.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Está en consideración el artículo 25.

Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.

 

Sr. FAYAD.- Señor presidente: no corresponde que nos manejemos así. Por una parte estamos buscando el consenso; por otra, nos estamos peleando, y finalmente estamos interpretando mal el reglamento.

La solicitud del señor diputado Dumón en el sentido de que se votara mecánicamente expresaba la voluntad del bloque de la Alianza y estaba suficientemente avalada. Usted no puede negarse a practicar una votación en forma mecánica acerca de si se posterga o no el tratamiento de ese artículo.

Más allá de que se haya puesto en consideración el artículo 25, le pido que recapacite y que se vote nuevamente esa moción en la forma que indicara el señor diputado Dumón en nombre del bloque de la Alianza.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia no va a discutir esta cuestión. La versión taquigráfica de esta sesión reflejará el modo de obrar de la Presidencia y el hecho de que nadie avaló la propuesta del señor diputado Dumón.

En consecuencia, salvo que se formule una moción de reconsideración de la moción formulada por el señor diputado por Buenos Aires, continuaremos con el desarrollo de la presente sesión.

Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.

 

Sr. FAYAD.- Señor presidente: pido entonces que se reconsidere la moción formulada por el señor diputado por Buenos Aires y que la votación se practique en forma mecánica. ¿Ahora hay avales?

 

VARIOS SEÑORES DIPUTADOS.- ¡Sí!

- Varios señores diputados hablan a la vez.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Se va a votar nuevamente en forma mecánica la moción formulada por el señor diputado Arias. Se requieren dos tercios de los votos que se emitan.

- Resulta negativa de 57 votos; votan 137 señores diputados sobre 153 presentes.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- En consideración el artículo 25.

- Varios señores diputados hablan a la vez.

 

Sr. DUMON.- ¡Esa es la trampa que usted ha hecho! ¡Estábamos ganando!

- Varios señores diputados hablan a la vez.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia recuerda a los señores diputados que, de acuerdo con las prescripciones del reglamento, las reconsideraciones no se pueden plantear más de una vez en una misma sesión.

- Varios señores diputados hablan a la vez.

 

Sr. DUMON.- ¡Yo no me hago cómplice de esta situación!

 

Sr. STUBRIN.- ¡Así no se procede, señor presidente, nada le cuesta el consenso! Más allá de la vergüenza por el modo en que se está llevando adelante este debate...

- Varios señores diputados hablan a la vez.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- De proseguir este desorden la Presidencia se verá obligada a pasar a cuarto intermedio. Se acaba de votar una moción de reconsideración y el resultado fue negativo.

Tiene la palabra el señor diputado por Mendoza.

 

Sr. FAYAD.- Señor presidente: en realidad cuesta mucho tratar de hilvanar alguna idea con este clima.

En verdad no entiendo la lógica del bloque de la mayoría, que solicita la reconsideración de un artículo con el objeto de incluir una modificación sustancial propuesta por la Alianza, y luego por medio de un artilugio reglamentario hace caer la proposición. No sé si se está actuando para la Cámara, para algún sectorcito que está en el palco bandeja o para no sé quién, pero lo cierto es que no se está procediendo como corresponde.

- Varios señores diputados hablan a la vez.

 

Sr. FAYAD.- Si no hay otra alternativa continuaremos debatiendo esto, pero quiero desnudar esta maniobra. La oposición acompañó una reconsideración sobre un artículo en especial que introducía mejoras sustanciales, que ya habíamos propuesto, y que por tozudez no se aceptó. Ahora, que nosotros lo apoyamos, desandan el camino y dejan caer la modificación sustancial que habíamos aprobado y que el señor diputado Das Neves ha impulsado y reconocido como favorable para la norma.

De todos modos, no vamos a rehuir la consideración artículo por artículo, motivo por el cual seguidamente me abocaré al artículo 25 que se ha puesto en consideración, y que se refiere al contenido del resumen.

- Varios señores diputados hablan a la vez.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia entiende que corresponde aclarar que lo que se ha votado es la postergación del tratamiento de un tema. En consecuencia, la discusión del artículo 16 queda abierta y no hubo maniobra alguna. En la primera votación se expidieron por la afirmativa los señores diputados del bloque Justicialista y la mayoría de los legisladores provinciales; si más tarde algunos de ellos modificaron su voto, es otra historia. Esto queda abierto para la discusión; no se está cerrando el debate en relación con el artículo 16.

Continúa en el uso de la palabra el señor diputado por Mendoza.

 

Sr. FAYAD.- Señor presidente: el artículo 25, que se refiere al contenido del resumen mensual del emisor, de acuerdo con la técnica legislativa se halla mal ubicado, pues a continuación, en el artículo 26, se establece que el emisor deberá confeccionar ese resumen mensual de operaciones. En consecuencia, el artículo 26 debería estar antes del 25.

Por otro lado, solicito que el artículo 26 –que en razón de nuestro pedido pasaría a ser artículo 25- quede redactado de la siguiente manera: "Resumen mensual de operaciones. El emisor deberá confeccionar y enviar mensualmente un resumen detallado de las operaciones realizadas por el titular o sus autorizados." De esta manera se suprimen las palabras "bajo su responsabilidad", que son sobreabundantes, pues eso ya está incluido dentro de las obligaciones del emisor.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.

 

Sr. ARIAS.- Señor presidente: en primer lugar deseo solicitar al señor diputado Fayad que no presuponga. Lo único que nosotros pedimos fue la postergación de la reconsideración del artículo 16 a los fines de unificar criterios al respecto, porque ello se estaba produciendo en pleno debate. Entonces, para no improvisar, pretendimos tomarnos cierto tiempo para analizar ese artículo mientras continuábamos con la discusión en particular del proyecto.

No advierto el motivo de tanto nerviosismo y de tanta vehemencia. No había ninguna razón para presumir o sacar conclusiones que, en verdad, no encontraban justificativo. Digo esto para tranquilidad no sólo del señor diputado preopinante sino también del resto de los legisladores que integran el bloque de la Unión Cívica Radical, a quienes escuchamos con mucha atención y les agradecemos todos los aportes que realizan. Ello, porque nuestro objetivo es sancionar una ley que sirva a los fines que buscamos y que contenga la menor cantidad de defectos posible.

En segundo lugar, aceptamos la propuesta formulada en el sentido de que el artículo 26 pase a ser 25, de acuerdo con su texto actual. En razón de esa modificación, el artículo 25 del dictamen pasaría a ser 26, pero lo consideraríamos con posterioridad.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Corresponde votar el artículo 26 del dictamen, que pasaría a estar ubicado antes del artículo 25.

Tiene la palabra el señor diputado por Santa Fe.

 

Sr. DOMINGUEZ.- Señor presidente: no sé si usted advirtió lo que sucedió recién, pero una persona ubicada en el palco bandeja profirió insultos intolerables –que agravian a la totalidad del cuerpo- hacia quien en este momento ejerce la Presidencia de la Cámara. Por lo tanto, pido que se investigue la identidad de esa persona y en qué carácter ocupa ese lugar.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Señor diputado: esta Presidencia escuchó las agresiones, y creo que provinieron del señor Cornide. Pero como quiero ayudar a que esta ley sea sancionada, hice caso omiso de ello a pesar de que realmente agredió al cuerpo, porque lo que deseo es que esta norma sea sancionada lo mejor posible, más allá de los intereses que puede haber en juego.

En este sentido la Presidencia aprovecha la oportunidad para reiterar que la discusión sobre el artículo 16 no ha sido cerrada sino que sigue abierta y se va a concretar con toda profundidad. La Presidencia va a posibilitar su discusión en tal sentido.

Tiene la palabra el señor diputado por Córdoba.

 

Sr. ROGGERO.- Señor presidente: ante las agresiones que estamos recibiendo en una situación insólita durante todos estos años que llevo transitando en esta Cámara, entendemos que es imposible seguir tratando este proyecto de ley.

Por un lado, no quise formular una cuestión de privilegio frente a las agresiones de algún legislador, y por otra parte tampoco quise aludir a la agresión que se produjo desde el palco bandeja.

Nosotros proponemos, como moción de orden, que el cuerpo pase a cuarto intermedio, ya que en estas condiciones resulta imposible seguir considerando una norma tan importante.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Tiene la palabra el señor diputado por Córdoba.

 

Sr. BECERRA.- Señor presidente: pensamos de la misma forma y somos conscientes de que se está tratando un proyecto de mucha trascendencia. Sabemos que los ánimos han sido alterados, ha habido imputaciones, debates fuertes, puntos de vista encontrados, pero la bancada de la Alianza recuerda que en varias oportunidades planteó la posibilidad de que efectivamente avanzáramos en la cuestión, ya sea en el recinto analizando a fondo los artículos con el mecanismo que se ha venido utilizando hasta ahora, o bien que las redacciones las trajéramos al plenario con un texto madurado, acorde con la importancia del proyecto que estamos discutiendo. El pedido llevaba como propósito el de avanzar con la mayor tranquilidad posible, una vez que estuvieran transparentadas las distintas posiciones.

Es cierto que la Presidencia fue agraviada, y también hubo agresiones desde el palco bandeja a esta bancada, pero pensamos que la Cámara puede seguir considerando un tema tan importante, manteniendo nuestras posiciones pero fundamentalmente atendiendo a las necesidades de la gente a la que representamos.

Si estamos realmente decididos a alcanzar fórmulas de consenso, si las discrepancias se realizan con la altura que debemos formularlas y si la mayoría, tal como lo expresó nuestra bancada, se aviene a tomar conocimiento de las propuestas de mejoramiento realizadas en los distintos artículos, podremos llegar a un texto final depurado, que se ajuste a las necesidades y a las expectativas, al margen de las diferencias que tengamos y de las opiniones personales y no personales que se han expresado a través de los distintos medios de comunicación, que según mi punto de vista resultan contradictorias.

Pese al desorden que se ha observado durante esta reunión y en el curso de las anteriores, nuestra bancada cree posible seguir debatiendo una norma tan importante. Si se decide pasar a un nuevo cuarto intermedio, seguramente la semana próxima se volverán a protagonizar los problemas que hoy hemos vivido.

 

Sr. STUBRIN.- Pido la palabra para una aclaración.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Corresponde votar la moción de orden formulada por el señor diputado Roggero.

 

Sr. ALESSANDRO.- Señor presidente: solicito que se vote nominalmente.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia desea saber si el pedido de votación nominal está suficientemente apoyado.

- Resulta suficientemente apoyado.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia desea dejar expresa constancia de que todo lo actuado en esta sesión será objeto de una presentación ante la Comisión de Asuntos Constitucionales y posteriormente sometida a consideración de la Cámara. Tal decisión se funda en el hecho que no deben quedar dudas respecto del tratamiento de esta iniciativa que evidentemente encierra pasiones e intereses.

Para una aclaración tiene la palabra el señor diputado por la Capital.

 

Sr. STUBRIN.- Señor presidente: ¿sabe cuál fue el origen de este error? Usted no respetó el reglamento en el momento en que se discutió la reconsideración de un artículo ya votado. En realidad, se trataba de una rectificación, y la Presidencia debió haber aplicado el artículo 195 del reglamento, que establece dicho mecanismo para el caso en que se suscitaren dudas respecto del resultado de una votación, lo que requiere simple mayoría. Cabe aclarar que este procedimiento fue aplicado correctamente en la primera oportunidad que se manifestó duda respecto de una votación.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- La Presidencia desea aclarar al señor diputado que se sometió a votación la moción de reconsideración formulada por el señor diputado Fayad.

 

Sr. STUBRIN.- Insisto en que el error surgió a raíz de que la Presidencia sometió a votación una moción de reconsideración, cuando en realidad se trataba de una rectificación de una votación, porque su resultado generó dudas. Lo establecido en los artículos 135 y 195 del reglamento -que se presumen conocidos- me eximen de mayores comentarios al respecto.

Este fue el origen de la enojosa situación que nos llevó a votar por dos tercios una cuestión que requiere simple mayoría, como es la rectificación de una votación. Si bien es tarde, esta aclaración resulta oportuna a los efectos de la futura presentación que hará la Presidencia ante la Comisión de Asuntos Constitucionales.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Insisto en que esta Presidencia sometió a votación la moción de reconsideración planteada por un compañero de bancada del señor diputado Stubrin.

Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.

 

Sr. CASELLA.- Señor presidente: considero que, aun cuando el señor diputado Fayad hubiera propuesto la reconsideración de un asunto cuando en realidad debió haber pedido la rectificación de la votación, equivocado el término desde el punto de vista jurídico, una de las obligaciones de la Presidencia consiste en aplicar la norma de igual manera que lo hace un juez; es decir, no debe ampararse en la designación equivocada que una de las partes puede efectuar en una presentación sino aplicar el principio iura novit curia.

En segundo lugar, la Presidencia debe informar debidamente a la Cámara acerca del resultado de una votación, pero en este caso el señor presidente manifestó: por la afirmativa a mano alzada. Me hubiera gustado saber cuál era el resultado concreto de esa votación porque creo que ni siquiera tuvo tiempo de contar los votos.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- A fin de que no queden dudas la Presidencia informa a la Honorable Cámara que votaron por la afirmativa los señores diputados integrantes del bloque Justicialista así como la mayoría de los legisladores pertenecientes a partidos provinciales. Si luego alguien cambió el sentido del voto no es responsabilidad de la Presidencia.

Se va a votar nominalmente la moción formulada por el señor diputado Roggero.

- Se practica la votación nominal.

 

Sra. SECRETARIA (PEREZ PARDO).- Sobre 160 señores diputados presentes votaron 87 por la afirmativa y 68 por la negativa, registrándose además una abstención. No se ha registrado el voto de 3 señores diputados por no haber hecho uso de sus respectivas llaves.

 

Sr. PRESIDENTE (LOPEZ ARIAS).- Queda aprobada la moción.

Invito a la Honorable Cámara a pasar a cuarto intermedio hasta el próximo miércoles a la hora 15.

"A la continuación de este debate: Reunión 23; punto 4"

- Es la hora 19 y 32.

 

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